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viernes, febrero 16, 2024
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Tribunal de amparo rechaza pruebas de CNDH en favor de Mario Aburto 

Magistrados admiten del Ombudsperson una serie de manifestaciones contra la condena de 45 años de prisión del homicida de Colosio, pero no admitió pruebas porque “no es parte” en el juicio

 


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Un Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito rechazó pruebas ofrecidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en favor de Mario Aburto Martínez, asesino material del candidato presidencial Luis Donaldo Colosio, dentro de un juicio de amparo directo en contra de la condena dictada hace más de dos décadas.

Los magistrados del órgano de justicia recordaron a la CNDH que “no le asiste calidad de parte dentro de los autos” que integran el juicio de garantías y que el acto reclamado se apreciará tal como aparezca probado ante la autoridad responsable.

La defensa legal de Mario Aburto presentó demanda de amparo directo en contra de la sentencia condenatoria de 45 años de prisión impuesta en segunda instancia por un Tribunal Unitario con residencia en Toluca el 22 de diciembre de 1994.


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La condena original dictada el 31 de octubre de 1994 por el Juzgado Primero de Distrito en Materia Penal del Estado de México era de 42 años, por lo que la pena fue incrementada en cinco años.

En el juicio de amparo que ya se encuentra turnado a la ponencia del magistrado Jorge Arturo Sánchez Jiménez, desde el 11 de agosto de 2021, en espera de sentencia, la Comisión Nacional de Derechos Humanos realizó diversas manifestaciones que refiere considera “pertinentes y adecuadas” para la resolución del expediente constitucional.

El tribunal Colegiado admitió las expresiones del Ombudsperson “mismas que se tienen por vertidas y si el Magistrado ponente lo considera, serán tomadas en consideración al momento de resolver el amparo directo en que se actúa”, detalla el acuerdo.

En cuanto a las probanzas que pretendía aportar la CNDH, el tribunal determinó “que no se admitirán ni se tomarán en consideración las pruebas que no se hayan rendido ante dicha autoridad para comprobar los hechos que motivaron o fueron objeto de la resolución reclamada”.

“De admitirlas, implicaría una variación de situaciones jurídicas no planteadas en el juicio ordinario y respecto de las cuales, la emisora del acto no estuvo en aptitud de valorar”, detalla la denegación de las pruebas.

Como se recordará la CNDH ha asesorado durante los últimos dos años a Mario Aburto Martínez, condenado por el homicidio de Luis Donaldo Colosio Murrieta, candidato a la Presidencia de la República por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), el 23 de marzo de 1994.

A pesar de que las investigaciones del crimen duraron más de una década, el señalado autor material fue condenado apenas 221 días después de los hechos y la pena aumentada a menos de dos meses de resuelta la primera instancia, en un caso que no dejó satisfechas a las víctimas indirectas, al sentenciado, ni a la sociedad en general.

El amparo directo promovido en favor de Aburto podría resolverse en los próximos días o semanas.

Autor(a)

Luis Carlos Sáinz
Luis Carlos Sáinz
Reportero desde 1989 en W Radio, Promomedios Radio, TV Azteca, Canal Ocho, Grupo ACIR, Ocho Columnas, Associated Press y ZETA; Consejero Editorial en Mural 2010-2011. Autor del libro Rejas Rotas.
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