El 23 de julio de 2026, el Gobierno de Estados Unidos impuso aranceles definitivos a 60 economías, entre ellas México, por no haber aplicado eficazmente prohibiciones a la importación de bienes producidos con trabajo forzoso. La medida, adoptada por el embajador Jamieson Greer, titular de la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR, por sus siglas en inglés), siguiendo instrucciones del presidente Donald Trump, se sustentó en la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974.
Según el anuncio de la USTR, México quedó en el grupo de economías sujetas a una tasa de 10 por ciento, junto con Argentina, Bangladesh, Camboya, Canadá, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, India, Indonesia, Jordania, Malasia, Pakistán, Sri Lanka, Trinidad y Tobago y el Reino Unido, por tratarse de países que ya imponen una prohibición a la importación de bienes elaborados con trabajo forzoso, se comprometieron a hacerlo mediante un acuerdo de comercio recíproco o cuentan con un régimen parcial en la materia. Para ciertos productos de la Unión Europea, Taiwán, Japón, Corea y Suiza, la tasa se fijó en 10 o 12.5 por ciento, neta de la tarifa de Nación Más Favorecida (NMF), mientras que para el resto de las economías investigadas el arancel quedó en 12.5 por ciento.
“El presidente Trump reconoce que décadas de persuasión moral no han erradicado el trabajo forzoso de las cadenas de suministro globales. Estados Unidos mantiene una prohibición de importación de productos elaborados con trabajo forzoso desde hace casi un siglo y la aplica rigurosamente; ya es hora de que nuestros socios comerciales hagan lo mismo”, declaró Greer. El funcionario estadounidense agregó que la medida corregirá “una violación de los derechos humanos y una práctica comercial distorsionadora”.
La decisión culminó un proceso iniciado el 12 de marzo de 2026, cuando la USTR abrió 60 investigaciones por orden expresa del mandatario estadounidense. Los días 28 y 29 de abril del mismo año se celebraron audiencias públicas, y la dependencia sostuvo consultas con más de 45 gobiernos. El 2 de junio de 2026, la USTR determinó que las prácticas de las 60 economías eran irrazonables y restringían el comercio estadounidense, por lo que propuso medidas correctivas y recibió más de mil 600 comentarios por escrito. Del 7 al 9 de julio de 2026 se realizaron nuevas audiencias en las que más de 100 testigos rindieron testimonio; en total, el proceso acumuló más de dos mil 100 comentarios del público.
La resolución contempló exenciones para materias primas cuya tarificación podría provocar desabasto interno en EE.UU., productos que causarían perturbaciones económicas generalizadas, bienes que no pueden producirse en cantidades suficientes o a precios razonables en territorio estadounidense, así como ciertos productos de economías —entre ellas Argentina, la Unión Europea y el Reino Unido— cuya exención incentivaría el cumplimiento de compromisos respecto a las prohibiciones de importación vinculadas al trabajo forzoso.
En el caso mexicano, la Secretaría de Economía (SE) informó, tras consultas directas con la USTR, que las mercancías nacionales que cumplen con las reglas de origen del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) quedarían exentas del arancel adicional de 10 por ciento, lo que ampara alrededor de 85 por ciento del volumen de las exportaciones mexicanas hacia el mercado estadounidense. Durante las audiencias de julio, Ernesto Acevedo Fernández, subsecretario de la SE, afirmó que “los aranceles propuestos por la USTR contra México son injustificados, ya que no hay evidencia de importaciones realizadas con trabajo forzoso que entren a Estados Unidos a través de México”, y advirtió que el gravamen castigaría injustamente a miles de empresas mexicanas que cumplen la ley.
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El sector privado mexicano también se pronunció en contra de la medida. El Consejo Coordinador Empresarial (CCE), la Confederación de Cámaras Industriales (CONCAMIN) y el Consejo Nacional de la Industria Maquiladora y Manufacturera de Exportación (INDEX) solicitaron a la USTR, mediante una carta fechada el 6 de julio de 2026, excluir a México de cualquier arancel derivado de la Sección 301, al considerarlo injustificado y desproporcionado; los organismos estimaron que la aplicación del gravamen equivaldría a siete mil 500 millones de dólares anuales sobre productos sin relación documentada con el trabajo forzoso.
Los nuevos aranceles se inscribieron en un contexto de reconfiguración de la política comercial estadounidense. Los gravámenes fueron vistos ampliamente como un mecanismo para reemplazar el arancel temporal de 10 por ciento impuesto en febrero de 2026, después de que la Corte Suprema de EE.UU. anuló los aranceles globales que el presidente Trump aplicó al amparo de una ley de emergencia; ese recargo temporal vencerá el 24 de julio de 2026. Un grupo de 22 fiscales generales de estados demócratas presentó objeciones a las tarifas por trabajo forzoso, al calificarlas de un intento de encubrir aranceles generalizados que constituye un abuso de la autoridad de la Sección 301. La medida coincidió, además, con la revisión conjunta del T-MEC, cuyas negociaciones bilaterales entre México y EE.UU. continuarán en la Ciudad de México durante una tercera ronda encabezada por el propio Greer.





