22.6 C
Tijuana
jueves, noviembre 21, 2024
Publicidad

Leyzaola contra las cuerdas

Aunque desde el 13 de septiembre próximo pasado se desahogó la audiencia constitucional en el juicio de amparo promovido por el ex secretario de Seguridad Pública de Tijuana, Julián Leyzaola Pérez, contra una orden de aprehensión por el delito de tortura, a la fecha un Juez de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales de Baja California no ha dictado sentencia del juicio de garantías porque la firma de la demanda se encuentra en duda de autoría.

Para aclarar el punto, descartar falsedad o no de parte del quejoso, y resolver el reclamo de derechos fundamentales, la autoridad judicial ha citado en varias ocasiones al Teniente Coronel en retiro para que se lleve a cabo la prueba pericial en materia de grafoscopía, pero dos de las veces, el amparista no se presentó, por lo que el juzgador giró un nuevo citatorio a quien fuera dos veces candidato a la alcaldía de Tijuana y pretendiera competir en el pasado periodo electoral por la gubernatura del Estado de Baja California.

Leyzaola Pérez presentó la demanda de amparo el 30 de junio de 2020, luego que el Juez Tercero de lo Penal con residencia en Tijuana dictara orden de aprehensión en su contra el 1 de junio previo dentro del proceso 6/2020, y cuatro días después de ello, se ejecutó el mandamiento judicial a su coacusado, el Capitán en retiro Gustavo Huerta Martínez, ex director y ex secretario de Seguridad Pública en esta frontera por su probable responsabilidad en la comisión del delito de tortura.

Debido a la pandemia y las restricciones presenciales en los tribunales, el asunto se fue rezagando. En tanto, Julián Leyzaola, quien desesperadamente pretendía competir por la candidatura a alcalde de Tijuana y gobernador por el Partido Encuentro Solidario (PES), presentó una nueva demanda de amparo el 8 de abril de 2021, en un intento de participar en las elecciones que se realizaron el 6 de junio de ese año, pero ni las suspensiones obtenidas le alcanzaban para mostrarse públicamente, pues la tortura se encuentra dentro del catálogo de delitos considerados como graves en términos del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California en el sistema de justicia penal tradicional mixto, donde se lleva la causa criminal.

El último de los juicios de amparo terminó por acumularse al primero en un solo Juzgado federal el 11 de noviembre de 2021; sin embargo, con el paso de los meses, en junio del año en curso,  a través de un escrito formulado ante notario público, Julián Leyzaola se desistió de los actos reclamados en el amparo acumulado, dejando a salvo la solicitud de protección contra la orden de captura.

Publicidad

Anuncio

__

Como solo puede desistirse y ratificar directamente el quejoso, Julián otorgó un poder a una de sus hijas como su apoderada legal para finiquitar el trámite.

El asunto del juicio de amparo primario continuó hasta desahogarse la audiencia constitucional, previa a sentencia el pasado 13 de septiembre, pero para entonces, la Agente del Ministerio Público del Fuero Común, adscrita a la Fiscalía Especializada en la Investigación del Delito de Tortura, de la Fiscalía General del Estado de Baja California, Unidad Tijuana en su carácter de tercero interesado, ya había ofrecido una prueba pericial en materia de grafoscopía y caligrafía para probar que el quejoso había falseado una de las firmas de uno de sus varios escritos.

El dictado de la sentencia se aplazó hasta que se pruebe el incidente de falsedad de firma y existe el riesgo de que el ex funcionario no sólo no sea obsequiado con el amparo, sino que se le ejercite acción penal por falsedad ante una autoridad judicial en ejercicio de sus funciones. Mientras que el juzgado batalló para encontrar un perito, función que fue delegada en el profesionista Arturo R., adscrito a la Coordinación Estatal de Servicios Periciales de la Fiscalía General de la República (FGR); Leyzaola propuso como su perito particular a Yuri D.

El juez de amparo, en preparación a la pericial ofrecida, citó al quejoso indiciado y a los peritos referidos para desarrollar la diligencia de estampado de firma a las 12:00 horas del 27 de octubre. Ahí se pretendía, por parte del perito oficial, que Leyzaola Pérez elaborara y plasmara, en presencia de la autoridad correspondiente, un mínimo de veinte firmas. Sin embargo, el militar en retiro no se presentó, a pesar de que se le apercibió que de no comparecer sin justa causa a la cita, se entendería que los hechos que se pretende probar -de falsedad de firma- con ciertos.

Luego de “plantar” a las autoridades, se giró un nuevo citatorio al ex jefe policial y los profesionistas para presentarse a las 12:00 horas del 11 de noviembre, pero ni Leyzaola ni el perito oficial (que tuvo audiencia en diversa carpeta de investigación), comparecieron a la diligencia.

En una tercera oportunidad, el juzgador ha citado otra vez a los involucrados para el desahogo de la pericial, a efecto de que comparezcan ante el órgano jurisdiccional y se desarrolle la audiencia de estampado de firma el próximo 28 de noviembre. Se les apercibe al quejoso y peritos que de no presentarse, serán multados con el equivalente a 50 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Es evidente que el Teniente Coronel no asistirá, ya que en dicha audiencia sería detenido por la consideración de la gravedad del delito imputado, pero al no hacerlo, se aceptaría tácitamente que la firma cuestionada no es de su autoría y, por tanto, incurriría en la comisión del diverso delito de falsedad, lo que agravaría la situación legal del que también se desempeñó como secretario de Seguridad Pública Municipal de Ciudad Juárez, Chihuahua entre mayo de 2011 y octubre de 2013, entidad donde sobrevivió a un atentado que le postró a una silla de ruedas en mayo de 2015.

LA IMPUTACIÓN

En marzo de 2009, más de veinte elementos de la Policía Municipal de Tijuana fueron detenidos ilegalmente bajo señalamientos de servir a los intereses del Cártel Arellano Félix (CAF). No había flagrancia en sus presuntas conductas ni órdenes de aprehensión para privarles de la libertad; sin embargo, denunciaron que fueron torturados en instalaciones militares por diversos individuos, entre ellos por Julián Leyzaola Pérez, del que presuntamente reconocieron su voz.

Algunas de las víctimas aseguran que, mediante tortura, sus captores pretendían que se incriminaran de haber colaborado con los jefes de células del CAF, entre ellos Teodoro García Simental “El Teo”, por lo que después fueron arraigados hasta por 40 días a disposición del Ministerio Público federal en instalaciones de la entonces Procuraduría General de la República (PGR). En mayo de ese año fueron cumplimentadas 18 órdenes de captura dictadas por un juez de Distrito para trasladar a los imputados por delincuencia organizada al Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso) Número 4, donde permanecieron hasta 2015, sin que resultaran responsables de delito.

Los ex policías afectados física o psicológicamente y que recuperaron su libertad tras su permanencia en el penal federal de El Rincón, cerca de Tepic, Nayarit, fueron José Roberto C, Víctor Manuel M., Maximino G, Artemio D., Jaime Alberto A., José Carlos A., Víctor Manuel G., José Alfredo C., Jorge S., Salvador B., Samuel Alonso U., Ricardo Omar M.; Omar M., Manuel G., Raúl D., Jorge Ernesto P., Luis Alberto T. y Carlos C., quienes ya no pudieron reincorporarse a las labores de seguridad pública por el marco legal actual, ni fueron resarcidos económicamente por la responsabilidad patrimonial del Estado.

Una de las víctimas, José Roberto C., declaró que luego que el Capitán Gustavo Huerta los entregó al Ejército, los metieron en un cuarto pequeño, donde los hincaron y les pusieron algodones en los ojos, atados con cinta adhesiva; también les sujetaron de las muñecas y, ante las preguntas de qué sucedía, comenzaron a golpearlos en la espalda, en los costados y en las costillas con la culata de los rifles. La tortura duro varios días, lo que incluyó que no les proporcionaran alimento alguno, para posteriormente remitirlos a la PGR para el arraigo de 40 días.

El testimonio de Roberto, quien ahora comparece al juicio de amparo de Leyzaola como tercer interesado, coincide con el de otros de sus ex compañeros, pero es reforzado por la declaración que en su momento rindió, al ser apresado en junio de 2020, el Capitán Huerta, quien entre otras cosas admitió que en 2009 recibió un oficio de la PGR solicitando la presentación de varios elementos de su corporación, pero dichos policías eran “entrevistados” previamente por el secretario de Seguridad Pública en “La Ocho” y en instalaciones militares.

Huerta declaró que, al llegar los elementos, Leyzaola los ofendía de palabra y en ocasiones con golpes “como cachetadas, puñetazos, y patadas en diversas partes del cuerpo, retirándome a distancia al no estar de acuerdo en tales acciones y aclarando que nunca participé directa ni indirectamente en las mencionadas agresiones”. Según el jefe policial, observaba que cuando el secretario no obtenía la respuesta que deseaba, su enojo crecía, propinándoles agresiones mayores como asfixia por medio de una bolsa, ahogamiento con trapos y agua, así como descargas eléctricas.

En su defensa, Huerta Martínez asegura que “en ocasiones le hice saber (a Leyzaola) no estar de acuerdo en la forma de conducirse y obtener resultados, lo cual con enojo me contestaba que él era mi superior y en consecuencia que él tomaba las decisiones y mi trabajo era acatar dichas órdenes, consistiendo mi labor en ubicar a los elementos y trasladarlos a las instalaciones de la II Zona Militar, era sólo presentarlos físicamente sin ningún documento de traslado, presentación o puesta a disposición, retirándome por lo general del lugar a menos que el secretario Leyzaola me indicara que permaneciera en él”.

El 11 de enero de 2021, tras siete meses de reclusión en el Centro de Readaptación Social El Hongo, el Capitán en retiro Gustavo Huerta Martínez, ex director y ex secretario de seguridad Pública de Tijuana, obtuvo su liberación, al modificarse la medida cautelar que le mantenía privado de la libertad por una diversa, pues la defensa del ex funcionario hizo valer una jurisprudencia reciente en la que se indica que el delito de tortura no es de prisión preventiva oficiosa y exhibió una garantía por 350 mil pesos.

- Publicidad -

Autor(a)

Luis Carlos Sáinz
Luis Carlos Sáinz
Reportero desde 1989 en W Radio, Promomedios Radio, TV Azteca, Canal Ocho, Grupo ACIR, Ocho Columnas, Associated Press y ZETA; Consejero Editorial en Mural 2010-2011. Autor del libro Rejas Rotas.
- Publicidad -spot_img

Puede interesarte

-Publicidad -

Notas recientes

-Publicidad -

Destacadas

-Publicidad -