Lo importante es que el médico no desempeñe su profesión de forma leal y ética, siendo precisamente esta última circunstancia, una de las de mayor impacto y trascendencia para los profesionales de la salud, y en entonces cuando se ven comprometidos en una situación jurídica derivada de una negligencia, impericia u omisión, y consecuentemente es cuando el médico es denunciado por su presunta responsabilidad profesional...
Además de que el propio Código Penal para la ciudad de México establece: “Los profesionistas, artistas o técnicos y sus auxiliares serán responsable de los delitos que comentan en el ejercicio de su profesión sin perjuicio de las prevenciones contenidas en la Ley General de Salud”.
El artículo 4 de la Constitución Federal dice que: “Toda persona tiene derecho a la protección a la salud, la ley definirá las bases y modalidades de acceso a los servicios de salud…”
México cuenta con un marco preventivo y correctivo amplio en materia de violencia contra las mujeres. La Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia ya contempla mecanismos de coordinación, medidas preventivas, acciones de procuración e impartición de justicia y la Alerta de Violencia de Género para contextos de Violencia Feminicida.
La verdad es que contemplada así este proyecto legislativo parece producir mayor coherencia formal, pero no equivale a construir una efectiva y cierta prevención real, una auténtica policía “científica, robusta y con gran capacidad de investigación de alta calidad”.
En un juicio ordinario civil o en una carpeta de investigación en materia penal, todos mienten, absolutamente todos. Desde el escrito inicial de demanda y ya no digamos el escrito en donde se produce la contestación, se oponen excepciones y defensas y se da lugar al escrito de reconvención, pasando absolutamente todos los actores por una serie de datos ajenos a la verdad y a tratar de construir ficciones que realmente se alejan de la verdad.
Decíamos en otro espacio que la Fiscalía pidió una ayuda a Interpol a fin de emitir una ficha roja y lograr la detención del imputado de apellido Botas; incluso se ofreció una recompensa de $250,000.00 pesos ($13,500.00 dólares) para la persona que informara sobre el paradero del feminicida que se buscaba.
La “Ley Monse” que había sido aprobada previamente en otras entidades, debe su peculiar nombre al homicidio de Monserrat Bendimes en el Estado de Veracruz a manos de su pareja sentimental, quien fue auxiliado por sus padres para darse a la fuga.
La discusión sobre el debate de despenalizar y regular la eutanasia (la acción deliberada de un médico para poner fin a la vida del paciente) y el suicidio asistido (el médico le proporciona los medios, pero es el paciente quien ejecuta la acción) plantea una pregunta fundamental sobre la intervención del Estado para prolongar la vida del paciente, a pesar de su voluntad y no obstante el sufrimiento que implique la enfermedad que padezca.