El Comité Plural por la Libertad de Ernesto Ruffo Appel emitió un pronunciamiento público el 2 de septiembre, exigiendo el cese de lo que consideran un castigo anticipado contra el político de 74 años, tanto por las acciones de la Fiscalía General de la República (FGR) como por los aspectos procesales que le mantienen privado de la libertad en una prisión federal de máxima seguridad en Almoloya de Juárez, Estado de México, tras dictarse un auto de vinculación a proceso en su contra el pasado mes de julio por los delitos de delincuencia organizada y contrabando de combustible.
Mientras la fiscalía resalta el progreso del expediente, el entorno del exmandatario acusa un manejo político del caso y una obstrucción para recabar pruebas que desvirtúen la acusación ministerial. La controversia legal y de opinión pública nacional ha tomado fuerza tras la captura de Ruffo, marcando el inicio de un proceso penal que la FGR califica como emblemático en el sector aduanal, de manera que la defensa insiste en la existencia de motivaciones políticas en el actuar de la autoridad.
La dependencia federal, bajo la conducción de su titular, Ernestina Godoy Ramos, emitió un mensaje oficial el 26 de agosto para difundir los avances de la investigación criminal sobre una red de contrabando de hidrocarburos por vía férrea en la que señala como presunto líder al exgobernador de Baja California, Ernesto Ruffo Appel. Frente a esta postura del órgano de procuración de justicia, que sostiene poseer abundantes elementos contables de evasión tributaria a través de la firma Ingemar, la defensa legal y agrupaciones civiles han manifestado un rechazo absoluto a la imputación.
El abogado defensor Juan Marcos Gutiérrez calificó como imprecisiones las afirmaciones de la fiscal general, argumentando que las acusaciones gubernamentales carecen de sustento documental directo que vincule a su cliente con conductas ilícitas particulares. Por su parte, el Comité Plural por la Libertad de Ernesto Ruffo Appel emitió un pronunciamiento público exigiendo el cese de lo que consideran un castigo anticipado en contra del político ensenadense.
Este grupo civil destacó que mantener a un ciudadano de edad avanzada en un centro de reclusión de máxima seguridad sin que medie una sentencia condenatoria constituye una vulneración directa a la presunción de inocencia y al debido proceso legal. La representación de la defensa y el referido comité coinciden en que la fiscalía federal sustenta toda su imputación en el único hecho de que Ruffo figura como socio fundador y secretario del consejo de administración de la compañía Ingemar -bajo investigación-, sin que exista un documento, instrucción o firma que acredite una participación activa en actos delictivos.

EMBESTIDA DE LA FGR
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La Fiscalía General de la República desplegó una serie de actuaciones ministeriales encaminadas a consolidar la acusación penal en contra de la red de contrabando de combustibles. La titular de la institución, Ernestina Godoy Ramos, emitió un reporte público el miércoles 26 de agosto para exponer los progresos logrados por la Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada (FEMDO). La funcionaria federal informó que, previa autorización de un juez de control, agentes federales y peritos ministeriales realizaron el cateo de dos bodegas ubicadas en un inmueble de la alcaldía Miguel Hidalgo, en la Ciudad de México.
De acuerdo con el informe oficial, en ese sitio las fuerzas federales aseguraron abundante documentación que se encontraba oculta, la cual incluye contratos de carácter comercial, actas de asamblea de socios y pedimentos de importación aduanal. La fiscal general sostuvo que estos materiales asegurados aportan indicios sobre las operaciones de comercio exterior de la empresa Ingemar, evidenciando actos de simulación mercantil dirigidos a internar combustibles sin cubrir las contribuciones fiscales de ley.
Godoy Ramos señaló que la indagatoria penal involucra a un grupo de 24 personas relacionadas con el exgobernador Ruffo Appel dentro del mismo expediente de la causa, de las cuales nueve ya se encuentran bajo arresto de la autoridad federal. La representante de la institución ministerial subrayó que las actuaciones se apegan a los principios de debido proceso y presunción de inocencia, indicando que el procesado cuenta con las facilidades legales para formular su defensa ante el juzgado correspondiente.
No obstante, la titular de la fiscalía aclaró que, hasta el momento de emitir su reporte, el órgano acusador no había recibido ninguna notificación oficial concerniente a trámites promovidos por la defensa para modificar la prisión preventiva oficiosa por un régimen de prisión domiciliaria, precisando que las condiciones de salud y de atención médica para el imputado se encuentran garantizadas al interior del penal del Altiplano.
El reporte de la fiscalía enfatiza que las evidencias confiscadas en la alcaldía Miguel Hidalgo son analizadas detalladamente por especialistas en auditoría fiscal, con la finalidad de establecer la trazabilidad y el destino final de los recursos financieros generados por el contrabando ferroviario de combustibles, así como determinar la presunta participación de otros agentes aduaneros, distribuidores y operadores logísticos de la red comercial adscrita a la compañía Ingemar. La fiscalía general del país recalcó que este operativo de cateo, realizado con apoyo de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, forma parte de una macroinvestigación federal que busca neutralizar estructuras aduaneras dedicadas al contrabando de energéticos.
En este contexto, el Ministerio Público Federal continúa con el procesamiento de toda la información recabada en el inmueble intervenido de la alcaldía capitalina, donde además del material de la firma Ingemar, las autoridades aduaneras reportaron el hallazgo de registros documentales vinculados a otros esquemas delictivos adicionales que amplían el expediente penal originario. La representación social de la federación continúa con la recopilación de testimonios y análisis contables aduaneros para justificar el perjuicio hacendario ocasionado.

A FAVOR DE RUFFO
En respuesta directa a las afirmaciones de la Fiscalía General de la República, el abogado defensor Juan Marcos Gutiérrez rechazó los señalamientos en una entrevista exclusiva concedida al Semanario ZETA. El litigante contradijo categóricamente a la fiscal general del país, calificando de falsas las aseveraciones respecto a que la defensa no había promovido el cambio de medida cautelar para Ernesto Ruffo Appel. Gutiérrez aseguró que consta detalladamente en la versión estenográfica de la audiencia inicial de vinculación a proceso que, frente a la solicitud del Ministerio Público Federal de aplicar la prisión preventiva de forma oficiosa, la defensa planteó de manera formal la sustitución de dicha medida por la prisión domiciliaria.
Al ser denegada esta petición por la jueza de control de la causa, el equipo de abogados interpuso un juicio de amparo que actualmente se desahoga ante el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal en la zona del Altiplano, en Almoloya de Juárez, con el propósito de combatir dicha negativa. Respecto al aseguramiento de documentos reportado en la alcaldía Miguel Hidalgo, el defensor sostuvo que las famosas nuevas pruebas difundidas por la fiscalía federal constituyen más de lo mismo y no aportan elementos novedosos a la imputación. Gutiérrez precisó que el inmueble que fue cateado por la autoridad federal ya había sido señalado con anterioridad como fuente de documentación dentro del expediente penal.
El abogado penalista enfatizó que en las bodegas inspeccionadas por la autoridad investigadora no existe un solo documento, orden, comunicación electrónica, correo o acuerdo que contenga algún acto atribuible de forma directa a Ernesto Ruffo Appel, reiterando que la única base del Ministerio Público para sostener la acusación es la sola participación de su representado como accionista con el 30 por ciento del capital social y su desempeño en calidad de secretario del consejo de administración de la firma Ingemar S.A. de C.V.
El equipo de defensa precisó que actualmente se encuentran vigentes dos juicios de amparo esenciales que atacan los puntos fundamentales del proceso: uno promovido contra el auto de vinculación a proceso del 23 de julio, y el segundo enderezado contra la negativa de autorizar el resguardo en domicilio. El abogado Juan Marcos Gutiérrez detalló que la estrategia para lograr la sustitución de la prisión preventiva se sustenta en que el exgobernador Ruffo cuenta con 74 años cumplidos y padece de apnea del sueño, una afección respiratoria grave que puede originar complicaciones severas para la salud, particularmente en personas de edad avanzada que se encuentran bajo condiciones de internamiento en una cárcel federal de alta seguridad.
El abogado expresó su confianza en que existen magistrados y jueces en el Poder Judicial de la Federación comprometidos con la tutela efectiva de los derechos humanos que valorarán con imparcialidad estas pruebas médicas, las cuales serán revisadas formalmente durante la audiencia incidental programada en fecha próxima. Además, Gutiérrez aclaró que las cuentas bancarias personales del exgobernador no han sufrido bloqueos, sino que la afectación incidió sobre su hija, tema que ya se está aclarando ante la autoridad.
Al referir los antecedentes de la detención de Ruffo Appel efectuada en Ensenada, recordó que promovieron un amparo inicial por incomunicación y tratos crueles, logrando el cese de los malos tratos y la tortura judicial. Sobre el amparo por resguardo domiciliario, la defensa detalló que el juez de distrito negó la suspensión provisional debido a que no contaba con los informes de la jueza de control. No obstante, para la audiencia incidental, a celebrarse pronto, “el juzgador contará con las pruebas y registros de ambas partes, bastando con acreditar la edad del imputado y sus enfermedades para otorgarle la suspensión definitiva”.
Asimismo, el defensor criticó que la fiscalía litigue el caso en los medios informativos, difundiendo de manera selectiva la información que le es favorable para generar una opinión pública adversa, mientras se opone a que las audiencias se lleven a cabo de forma abierta y pública. Por tal motivo, la defensa y el propio exgobernador exigen formalmente que todas las comparecencias y debates del proceso penal se lleven a cabo con carácter abierto, respetando el principio constitucional de publicidad que rige el sistema acusatorio del país.
QUEJA FALLIDA
La Fiscalía General de la República, por conducto de la representación social adscrita al Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal, interpuso un recurso de queja en contra de la suspensión provisional decretada a favor de Ernesto Ruffo Appel en el juicio de amparo interpuesto en contra del auto de vinculación a proceso. El Ministerio Público de la Federación argumentó que paralizar el proceso afectaba el interés social y contravenía el orden público, señalando que la medida causaba perjuicio a la administración de justicia. Sin embargo, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito resolvió declarar infundado el recurso ministerial, confirmando la suspensión otorgada por el juzgado federal.

El cuerpo colegiado, integrado por los magistrados Jorge Mario Montellano Iturralde, Yuriko Delgado Cháirez y María del Socorro Castillo Sánchez, precisó que la suspensión del acto reclamado no interrumpe la investigación penal ni incide en la libertad del quejoso. Al respecto, el abogado Juan Marcos Gutiérrez calificó como un absurdo la decisión de la fiscalía federal de agotar este recurso ordinario, señalando que la suspensión provisional no posee actualmente un efecto práctico inmediato.
El litigante defensor explicó que la medida cautelar únicamente establece que el proceso penal no debe avanzar más allá de la etapa intermedia, impidiendo la apertura del juicio oral hasta que se resuelva el amparo de fondo. El defensor puntualizó que esta protección es normal dentro de los juicios de amparo promovidos contra un auto de vinculación a proceso, ya que si se llegara a abrir la etapa de juicio, ocurriría un cambio en la situación jurídica del imputado que dejaría sin materia el juicio de garantías. Gutiérrez también aclaró que la suspensión no interrumpe el procedimiento de origen, de manera que la fiscalía federal puede continuar con el desahogo de las diligencias de investigación complementaria durante el plazo de seis meses fijado por el juez de control.
El defensor señaló que las partes pueden celebrar la audiencia intermedia y proceder a la depuración de las pruebas, operando la restricción judicial únicamente en el momento en que se deba dictar el auto de apertura a juicio oral, etapa en la cual el juez de control responsable está obligado a suspender las actuaciones. El abogado atribuyó la interposición de la queja a una conducta instintiva de impugnación por parte del Ministerio Público, que busca evitar la concesión de cualquier clase de suspensión. El tribunal colegiado determinó que el interés público no se ve afectado con la medida cautelar, desestimando los agravios de la fiscalía.
La resolución fue dictada en sesión extraordinaria virtual del 1 de septiembre, donde el órgano colegiado aplicó el rigor del principio de estricto derecho para desestimar los agravios formulados por la fiscalía federal. El tribunal determinó que la jurisprudencia obligatoria de la Suprema Corte de Justicia de la Nación avala suspender los efectos del auto de vinculación debido a que este acto procesal define la situación jurídica del imputado, pero no incide de manera directa en su libertad personal, haciendo procedente la medida para conservar viva la materia de estudio del juicio constitucional de amparo.
La resolución de la queja judicial fija un balance provisional en el proceso penal que enfrenta Ernesto Ruffo Appel junto a un grupo de coimputados, acusados de integrar una red de contrabando de combustibles e incurrir en delincuencia organizada. La imputación federal, sustentada en la presunta alteración aduanal de embarques ferroviarios de la firma Ingemar para evadir el pago de impuestos federales por un monto de cuatro mil millones de pesos, mantiene bajo reclusión preventiva a los socios implicados. Entre los detenidos destaca Guadalupe Hernández Hinojosa, identificada por la fiscalía federal como apoderada legal y pieza administrativa central de la compañía, quien fue capturada el 8 de agosto en la capital del país y vinculada a proceso bajo la medida de prisión preventiva oficiosa en Nezahualcóyotl Sur.
Con la determinación del tribunal de alzada de declarar infundada la queja de la fiscalía, el caso se mantendrá bajo estudio constitucional en los juzgados de amparo mientras el proceso penal continúa su desarrollo ordinario, postergándose la apertura del juicio oral hasta el esclarecimiento de la legalidad de los datos de prueba presentados. Este litigio penal definirá las pautas operativas del debido proceso legal en la persecución de delitos de carácter federal.






