La Fiscalía General de la República (FGR) atrajo el 1 de mayo de 2026 el caso relacionado con la solicitud estadounidense de detención y eventual extradición de 10 funcionarios y exfuncionarios del estado de Sinaloa, acusados por la Fiscalía del Distrito Sur de Nueva York de presuntos vínculos con el Cártel de Sinaloa, y determinó que la documentación remitida por el gobierno de EE.UU. carece de elementos probatorios suficientes para proceder a la detención provisional.
Ulises Lara López, vocero y fiscal especial en Asuntos Relevantes de la FGR, explicó en conferencia de prensa que la institución ya recibió la solicitud de detención provisional con fines de extradición formulada por las autoridades estadounidenses, y subrayó que cualquier acción dependerá estrictamente del cumplimiento de los procedimientos legales vigentes en México. “Debemos cumplir todos y cada uno de los protocolos establecidos en la normatividad”, declaró Lara López.
El funcionario aclaró que el alcance de la petición de Washington es más acotado de lo que podría interpretarse públicamente: no se trata de un proceso de extradición formal, sino de la solicitud de una medida cautelar —específicamente, la detención provisional de las personas reclamadas— con fines de extradición, amparada en el artículo 11 del Tratado de Extradición bilateral entre México y EE.UU., así como en el artículo 17 de la Ley de Extradición Internacional. Lara López precisó que este tipo de medidas constituye una restricción a los derechos humanos y que la urgencia de la detención debe acreditarse más allá de toda duda razonable.
Los hechos que desembocaron en la postura de la FGR se remontan al 28 de abril de 2026, cuando la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) recibió, a las 18 horas, las solicitudes de detención provisional remitidas por la Embajada de EE.UU. en México. Según un comunicado de la SRE, los documentos enviados por la representación diplomática estadounidense no cuentan con elementos de prueba suficientes para determinar la responsabilidad de las personas señaladas, por lo que el expediente fue turnado de inmediato a la FGR para su evaluación conforme al marco jurídico nacional.
Los cargos presentados ante la corte del Distrito Sur de Nueva York el 29 de abril de 2026 involucran al gobernador de Sinaloa, Rubén Rocha Moya, junto con otras nueve personas entre funcionarios en activo y exservidores públicos de esa entidad. Entre los señalados en activo se encuentran el senador de la república Enrique Inzunza; el vicefiscal estatal Dámaso Castro Zaavedra; y el alcalde de Culiacán de Rosales, Juan de Dios Gámez Mendívil. A todos ellos se les atribuyen tres tipos de cargos: conspiración para la importación de narcóticos; posesión de ametralladoras y artefactos explosivos; y conspiración para poseer ametralladoras y dispositivos destructivos. Según el Departamento de Justicia de EE.UU., los acusados habrían actuado en beneficio de la facción conocida como “Los Chapitos”, encabezada por hijos del narcotraficante Joaquín, alias “El Chapo” Guzmán Loera.
Los casos de Rocha Moya y de Inzunza presentan un obstáculo adicional de índole constitucional: ambos cuentan con inmunidad procesal —conocida como fuero— que impide su detención directa y que únicamente podría ser removida mediante un proceso ante el Senado de la República, actualmente dominado por Morena. Rocha Moya, quien permanecía en funciones sin cargos penales en territorio mexicano al 30 de abril de 2026, rechazó “categórica y absolutamente” los señalamientos formulados en su contra y los calificó como “una perversa estrategia para violentar el orden constitucional y la soberanía nacional”.
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La postura de la FGR y de la SRE generó cuestionamientos de especialistas en derecho internacional. El despacho León Barrena Rodríguez & Partners advirtió que las dos dependencias mexicanas estarían incurriendo en una obstrucción del Tratado de Extradición, al exigir pruebas que el propio artículo 11 del instrumento no contempla; dicho artículo únicamente requiere la existencia de una acusación formal y el compromiso de entregar documentación adicional en un plazo de 60 días. Según esa firma internacional, la exigencia de evidencia constituye un obstáculo político, no una necesidad jurídica.
La FGR anunció que abrirá una investigación paralela en territorio nacional para determinar si existen elementos que permitan ejercer acción penal en México respecto a los hechos señalados por las autoridades de EE.UU. Lara López subrayó que la institución actúa con fundamento en la Constitución Política, la Ley de Extradición Internacional y los tratados bilaterales y multilaterales vigentes, con el compromiso de proteger a los ciudadanos mexicanos sin distinciones.
La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo señaló, durante la conferencia matutina del 1 de mayo de 2026, que en caso de que la FGR reciba pruebas claras y contundentes de EE.UU. contra el gobernador de Sinaloa y los demás señalados, se abrirán investigaciones y se procederá conforme a derecho en México. El proceso se mantiene en una etapa estrictamente preliminar, con la FGR como instancia central para determinar si los elementos aportados por Washington cumplen los estándares del sistema jurídico mexicano antes de que cualquier medida pueda ejecutarse.





