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jueves, mayo 28, 2026
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Denuncia irregularidades de servidores públicos

Lic. Iván Barbosa Gutiérrez

Titular de Jueces Cívicos de Ensenada, B.C.

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José de Jesús Márquez Pérez, mayor de 74 años, con domicilio para recibir notificaciones en calle Ignacio Zaragoza No. 176 del fraccionamiento Buenaventura de Ensenada, B.C., con teléfono (646) 176-10-53.

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Asunto: Presenté solicitud fuera citado un imputado, se cometieron irregularidades; me citó la juez Karla Anaí Zazueta López, que no asistió. En su ausencia llevó la diligencia irregular la juez Natalia Margarita Guevara Franco.

Fui muy claro en la solicitud que fuera sancionado económicamente o con cárcel, ya que la ley no es juego de niños.

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1.- 30 marzo 2026 solicité ante jueces cívicos fuera citado Francisco Aldana Cuña, por provocaciones, incitar a la violencia, causas de molestias, faltar al respeto a una persona mayor de 74 años, contemplados en el Bando de Policía de Ensenada, proporcionándoles toda clase de hechos ocurridos al día 18 abril de 2026. Recibí una citación irregular (que en mi ausencia recibió y firmó mi esposa). Transcribo el primer párrafo del citatorio:

“Por medio de este conducto se le hace de su conocimiento que deberá presentarse puntualmente a las diez horas con treinta minutos del día veinticuatro (24) de abril de dos mil veintiséis, en las oficinas de la Dirección de Seguridad Pública Municipal, ante ciudadano juez cívico del XXV Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, situada en calle Novena y Espinoza número 930 de la Colonia Obrera de esta ciudad  de Ensenada, Baja California, para llevar a cabo una diligencia por presuntos procedimiento por queja, lo anterior con fundamento en los artículos 15, 16, 18, 22, 25 y demás relativos y aplicables del Bando de Policía y Gobierno para el Municipio de Ensenada, B.C. 2º párrafo, apercibiéndome de incumplimiento de acudir será sancionado con tres mil 519.30 pesos”.

2.- Me citan irregular, no sabía en qué calidad era: de agraviado o imputado. El día 22 acudí ante Derechos Humanos presentando copia del reglamento de jueces de los artículos mencionados con anterioridad. Cerca de las tres de la tarde me acompañó un abogado de Derechos Humanos ante las oficinas de jueces cívicos para tratar de hablar con el director de jueces; no estaba. Un juez se comunicó con la jueza Karla Anaí, la cual le dijo que el citatorio era en calidad de agraviado.

3.- Día 24 llegué a las 10:15 h al nuevo edificio de calle 9ª Espinoza; no había nadie, ni en recepción. A los 25 minutos tomé video evidencia; una puerta abierta que conduce a un pasillo largo (ese día acababan de acribillar a un patriota de la fiscalía). Pensé: qué exceso de confianza tienen. Alcé la voz y salió un juez que se comunicó con la jueza que me citó, ya que no asistió a trabajar; el juez llamó enseguida a las antiguas oficinas de jueces, luego vi que entró como Juan por su casa el imputado Francisco Aldana Cuña, quien sin preguntar nada se introdujo a dicho pasillo, lo pasaron a la sala de audiencia (dijeron que era para que no estuviéramos juntos en recepción), luego llegó la jueza Natalia Margarita Guevara Franco, quien fue la que llevó la audiencia. Estuvo presente también un abogado, al parecer de oficio, defensor del imputado; nunca supe ni su nombre, y en la hoja de comparecencia sólo está una rúbrica de firma. Qué mal está que por ley les asignen un abogado defensor de sus fechorías.

Desde el inicio de la “audiencia” (una mesa chica redonda de cuatro sillas) se supone deben estar transcribiendo tal cual se desarrolla el proceso; no fue así. Al inicio me dijo la jueza Guevara: “Señor José, es sabido que Usted siempre graba todo”. Saqué mi celular y lo apagué. Luego le dije a la juez: “Dígale al sujeto que quien miente ante una autoridad, se castiga de uno a cinco años de prisión”. Me interrumpió la jueza: “Señor José, le recuerdo que aquí yo soy quien dirige” (yo no pretendía dirigir). Luego de continuar, el imputado la interrumpió; la juez le dijo: “Señor, no me interrumpa porque estoy muy nerviosa y se me va a olvidar lo que tengo que decir”.

Quise repetir tal cual sucedieron los hechos ya que en la solicitud por escrito que la juez traía en mano, pero que nunca le dio lectura (y que debió) está todo, para que se supiera el porqué de la citación. Me interrumpió la jueza y me dijo: “Señor José, debe de decir nada más lo que es competencia de aquí, no de otras cosas”. Le dije: “Si no me permite explicarle los hechos, entonces a qué vinimos; si no es así me retiro”; me contestó: “No, no, señor. Siéntese”. Continuamos.

Al estar yo exponiendo, el imputado dos veces burlonamente vio al abogado que estaba presente; le hice ver eso a la jueza, sólo le dijo que se comportara con respeto. Continué: el 22 diciembre 2025 acudí a la esquina del alberge San Vicente en busca de un albañil; este individuo se ostentó como tal, sin serlo. Me dijo tener todas sus herramientas y ganar mil pesos por día. Lo contraté, y llevó un ayudante, ganando 500.00 pesos por día. El segundo día lo comisioné a que levantara tres bardas de locales comerciales y al término del día le pagué los dos días, tengo constancias que exhibo. Ya que se retiró revisé vi que estaban totalmente chuecas.

Al inicio del tercer día le dije: “Usted no es albañil, y lo que está cometiendo es fraude. Tome todas sus herramientas y retírese”. Así lo hizo, pero una vez trepados en su vehículo sin placas y con el motor encendido, me gritó el imputado: “Te vas a acordar de mí, hijo de…”, como acostumbran a hablar los desgraciados. Los seguí, pedí apoyo al 911 de una patrulla, se refugió en su domicilio: Pedro Moreno esquina con Calzada Águilas, con una fachada de “veterinaria”, ya que es una vecindad. Llamé a una patrulla, acudieron los oficiales Arturo Márquez y Paúl Trejo. A éste le dije: “Usted haga favor de retirarse”; ante sus malas actuaciones anteriores, no quería, hasta que el oficial Arturo le gritó al imputado que saliera. Después de media hora, el que salió fue otro individuo, quien argumentó y nos dijo: “Ni lo estén esperando, ya brincó por las casas y se fue”. Ese día ahí quedo todo, causándome pérdidas económicas y tiempos perdidos.

Esto no me fue permitido exponer que porque no relacionaba, siendo que sí relaciona: El 9 de enero de 2026 contraté a un nuevo albañil, Enrique Rojas Gutiérrez para que derribara dichas bardas y las construyera nuevas; así lo hizo. El está de testigo, me dijo que él me podía acompañar a la audiencia o a la fiscalía. Le dije que yo acudiría solo. Semanas antes me acompañó a recepción de seguridad pública a una manifestación pacífica. Hay testigos.

Continuación de lo que se me permitió exponer:

El 19 de enero de 2026 se presentó a mi construcción un sujeto completamente drogado, gritando que él era el “general y a él no le podían hacer nada los pinches policías porque él era el general”, con toda clase de improperios y amenazas. Me dijo: “Vengo por mi marro”. Le dije: “¿De qué marro estás hablando. Yo a ti ni te conozco. Retírate”. Exhibo tres fotografías del sujeto (únicas que la juez Guevara me permitió exhibir junto con la del imputado). Cualquier estudiante de medicina puede ver lo que describen los ojos del sujeto, ya que dicho agresor, verbal y amenazante, estando frente de mí a centímetros, no le percibí aliento alcohólico. También amenazó de muerte a mi albañil Enrique.

Llamé al supuesto número de emergencias 911 (a la operadora ya le había proporcionado datos del domicilio) y que urgía una patrulla; me siguió cuestionando. Le dije a mi albañil Enrique: “Tráeme mi cámara corporal de mi vehículo”; así lo hizo, y sigue atendiendo las preguntas idiotas de la operadora. El drogo me arrebató mi cámara y la arrojó al piso despedazándola, luego recogió parte de pedazos de la misma, después se retiró. En lo que cerré el portón yo sólo lo seguí, se me perdió, regresé a esperar la patrulla con dos oficiales “preventivos” que acudieron hasta la media hora, pero no quisieron levantar el reporte policial homologado, ya que hubo daño en propiedad ajena y amenazas; sólo levantaron reporte policiaco. Les dije que fuéramos al domicilio del autor intelectual inmediato, que me mandó al drogo; se querían retirar que porque tenían otros “reportes” que atender. Les dije: “¿Entonces a qué vinieron?”. Sólo así acudimos a calle Pedro Moreno esquina con Águilas.

El imputado, Francisco Aldana Acuña, ya estaba en la banqueta esperándonos. Sin que se le preguntara nada, nos dijo: “Sí, yo lo mandé (al drogo) a que recogiera su marro porque el marro es de él”. Le dije: “¿De qué marro estás hablando?”. Les solicité a los “preventivos” Pérez y Guadarrama (no me dieron su nombre), lo presentaran ante el juez cívico, ya que reconoció que fue él quien lo mandó, y se encontraba en la banqueta (evidencia de ello le tomé una fotografía al imputado la cual exhibo). Los “preventivos” se negaron y me dijeron: “No, porque es causa de molestias”. Lo único que le dijeron fue: “Deja de estar mandándole gente a molestar al señor”.

Hasta aquí lo que se me permitió exponer.

Al ver el favoritismo hacia el sujeto porque tal vez ya lo conocían los polis, opté por retirarme; ellos todavía se quedaron con el imputado. ¿Qué clase de “preventivos” tenemos en Ensenada? Son todo lo contrario (algunos). Tal vez si cumplieran con su encomienda, no continuara mandándome drogos. Al ver la impunidad, no quedó ahí; continuó dicho imputado mandándome drogos a amenazarme, en dos diferentes fechas.

Al término de la audiencia, les dije que esto no quedaría así; que la denuncia que presenté ante Fiscalía continuaría su proceso ya que yo no pacto con presuntos. Después de esas fechas en dos ocasiones me ha mandado drogos a amenazarme. Le solicité a la juez le digiera al imputado proporcionara los datos del drogo que aparece en la fotografía; dijo que no tenía facultades, pero sí asentó la Juez Guevara lo que el imputado le dijo: que el conflicto surgió por una herramienta que se quedó en su domicilio de otro ayudante… Todos los ayudantes que he contratado no tienen herramientas, puesto que son ayudantes, y nunca llevó ningún marro el imputado, puesto que el trabajo no requería de ningún marro.

Observé que los jueces cívicos no portan gafete alguno, que en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública del año 2024 en su artículo 42 refiere que deben de contener nombre, cargo… Desde mi punto de vista deberían portar uniforme que los identifique, ya que el imputado, en todo momento que se dirigió ante la Juez Guevara, le decía señorita.

El procedimiento del orden de la audiencia está reglamentado en el Bando de Policía y Gobierno para el Municipio de Ensenada, B.C.

 

Atentamente,

C. José de Jesús Márquez Pérez

Ensenada, B.C.

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Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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