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viernes, febrero 16, 2024
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Justicia oral civil: con menos tiempo y sin dinero

Sin verdaderas garantías de que serán dotados de recursos económicos suficientes, y en un lapso máximo de cuatro años, los poderes judiciales de las entidades federativas y la Federación, se verán obligados a implementar el nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (CNPCYF), que tiene como objetivo trasladar a la oralidad y digitalización todos los conflictos entre particulares.

La iniciativa presentada por los senadores Ricardo Monreal y Julio Menchaca Salazar, tiene como objetivo responder a las determinaciones plasmadas en 2017, donde el Gobierno de México asumió la responsabilidad de modificar sus procedimientos civiles y familiares a la oralidad, en aras de garantizar o priorizar la atención bajo el respeto a los Derechos Humanos.


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El Código de Procedimientos Civiles y Familiares -que representó casi dos años de trabajo- consta de mil 191 artículos divididos en 10 libros y con 20 artículos transitorios, en los que destaca una fecha límite de cuatro años para implementarse en todo el país, la mitad de lo que se contempló en la primera iniciativa presentada en el Senado, y lo que representó la implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal (NSJP) en México. Esto pese a que se trata de un cambio mucho mayor.

Para el magistrado Alejandro Isaac Fragozo López, la transición de la oralidad en los procesos judiciales civiles y familiares representan -probablemente- el mayor reto de la historia en el sistema de justicia de Baja California, incluso aún más grande que la implementación del NSJP; para dimensionar, en tan sólo un año, la Fiscalía General del Estado (FGE) turnó entre 22 y 24 mil casos al Poder Judicial, mientras que la justicia civil y familiar atendió 55 mil, más ocho mil exhortos realizados por los togados.

Alejandro Isaac Fragozo López, Foto: Cristian Torres

El abogado y presidente de la Federación de Abogados de Baja California. Elías Flores Gallegos, comentó que debido a la complejidad del proyecto y las consecuencias, muchos abogados ya no querrán ejercer; además que las universidades se verán obligadas a -de manera urgente- modificar el método de enseñanza para cumplir con las necesidades venideras con la determinación del Senado.


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Baja California cuenta con 26 jueces familiares y civiles en Baja California a los que se les incluyen los cinco mercantiles, los cuales tendrán que ser sometidos a una evaluación y capacitación para determinar si continuarán atendiendo casos en el nuevo código o permanecerán en el antiguo.


LOS PUNTOS CLAVES DEL CNPCYF

El proyecto que se presentó en 2021 contaba con menos artículos y tenía menos artículos transitorios, además que vislumbraba una instalación total en un lapso de ocho años, como plazo máximo.

Sin embargo, el último planteamiento presentado y reconocido por el magistrado Alejandro Isaac Fragozo López, establece que se verán obligados a concretarlo en cuatro años, lo que -considera- es una situación sumamente complicada, por lo que iniciarán lo más rápido posible la implementación del mismo.

A grandes rasgos, el planteamiento dentro del Código de Procedimientos Civiles y Familiares pretende hacer un símil de la justicia oral penal, donde las partes se presenten ante el Juez, el cual se verá obligado a emitir sus determinaciones frente a los implicados y también el público en general, toda vez que se establece como un eje central el principio de máxima publicidad.

“Los principios del juicio oral, como valores y metodologías de trabajo en la dinámica del proceso oral, intencionalmente no se definen en la propuesta legal, precisamente para que estos puedan desarrollarse y potencializarse durante el procedimiento atendiendo al caso en concreto: pero sobre una base objetiva que permita a las personas juzgadoras como a las postulantes, ejercer sus habilidades y destrezas, garantizando el cumplimiento sustancial, funcional y práctico de estos en la tramitación de la controversia”, refiere en la exposición de motivos.

Dentro de las novedades se prioriza el uso de las herramientas digitales, como por ejemplo, las audiencias a distancia mediante plataformas tecnológicas y la reducción del uso del papel, priorizando el uso de información digital.

El magistrado presidente Alejandro Isaac Fragozo López comentó que una de las grandes ventajas de esta posibilidad es que ya no serán necesarias las notificaciones personales durante todo el proceso civil o familiar, como ocurre en la actualidad, sino únicamente en el primer acercamiento. Posterior a ello, el Poder Judicial obliga a los abogados a utilizar los mecanismos digitales como el correo electrónico para mantener comunicación.

Fragozo López aseveró que este es uno de los principales problemas que retrasan los procesos civiles.

Otro de los beneficios que se contempla es que define de una forma más simple el divorcio incausado, el cual se vuelve inapelable luego de una determinación del juez y que permite a las parejas concluir el acuerdo matrimonial sin la necesidad de que se vean obligados los otros acuerdos civiles o familiares de bienes o pensión alimenticia.

Jorge Armando Vásquez, Foto: Cristian Torres

El abogado Elías Flores Gallegos, aseveró que este avance permitirá que los abogados civilistas y familiares puedan litigar en todo el país y aseguró que muchos criterios y jurisprudencias -algunas hasta contradictorias- se homologaron en un sólo Código, lo que homologará el funcionamiento en todo el país, con reglas más claras.

Para su implementación, el Senado de la República instaurará una comisión técnica conformada con los representantes de todos los poderes judiciales del país, para definir los criterios, los apoyos para la implementación, pero además el manejo de recurso que se asigne para la materia.

Para ello, el Poder Judicial local tendrá que solicitar al Legislativo que emita una declaratoria para incorporar a su régimen el nuevo Código, pero no entrará en vigor hasta en tanto sea pública la declaratoria de vigencia, lo cual será cuando cuente con la infraestructura física, capacitación, socialización y difusión del nuevo ordenamiento jurídico.

MUCHAS NECESIDADES CON EL NUEVO CÓDIGO

Para Fragozo López, el principal problema que se va a tener es de recursos, pues si bien se contempla la asignación de recursos dentro de los transitorios, al final se prevé que sean los Estados quienes se encarguen de la asignación de los mismos.

A diferencia del sistema penal, donde organismos internacionales dotaron de recursos a algunas entidades para construir inmuebles y capacitación, en esta ocasión no se contará con este beneficio.

Hay que recordar que en 2010, el NSJP se implementó en Mexicali con el apoyo de estos recursos, y aun así, se tiene carencias de personal, capacitación e infraestructura para las necesidades que se presentaron.

Un escenario diferente es el que se tiene en Tijuana, donde la implementación vino varios años después, pero sin recursos extraordinarios. Es por ello que no se cuenta con infraestructura ni una capacitación eficiente para atender las necesidades en la materia. 

El mismo magistrado presidente reconoció que será hasta el segundo trimestre del año cuando -probablemente- la Secretaría de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Reordenación Territorial (Sidurt) pueda iniciar la construcción de los primeros juzgados.

Debido a las exigencias de la oralidad, el Poder Judicial necesitará construir salas acondicionadas para atender casos en materia civil y familiar, lo que representa una inyección de recursos sustancial, pues actualmente se cuenta con 26 juzgadores, pero ninguno cuenta con sala.

“Es el doble (de asuntos), e insisto: estamos solos, tenemos la mitad del tiempo y tenemos que sentarnos porque todo es recurso”, refirió Fragozo López.

El Poder Judicial aún no establece cuántas salas serán necesarias ni el monto que se destinará, pero actualmente es insuficiente la cantidad de jueces para los casos que se atienden.

“Hay una tendencia de grupos privados para concientizar a los funcionarios de que la justicia alternativa privada es buena porque puede reducir la carga de trabajo, pero creo yo que sí las figuras de mediación están en la reforma. ¿Quién le va a dar seguimiento? ¿De qué manera vamos a sensibilizar a la ciudadanía de que te resuelva sea un mediador o conciliador? ¿O pasar por este filtro para llegar a los tribunales?”, refirió el ex magistrado Jorge Armando Vásquez, quien aplaudió la intención de la reforma, pues considera importante homologar los criterios para la impartición de justicia civil y familiar.

A su juicio, se necesitarán especialistas y personas que conozcan la implementación de la oralidad en materia penal, para conformar la comisión, pues ellos ya cuentan con experiencia y padecieron los errores al momento de su implementación.

“Es muy bueno. Hay un acercamiento del juzgador y la ciudadanía; ya sabrán quién es el que les va a resolver. Todo se va a concentrar entre la autoridad y las partes la inmediación va a ser continua. Todo lo procesal penal lo tendremos en civil y familiar, y eso permitirá que se muevan con mayor fluidez, para no obstaculizar con los procesos con los viejos vicios del sistema anterior”, refirió el magistrado en retiro.

Congreso del estado, Foto: Cristian Torres

Aunque no lo establece, el abogado Flores Gallegos consideró que será necesario ampliar las mesas de implementación hacia los litigantes o representantes de colegios y barras, para no cometer el mismo error que se suscitó con el sistema acusatorio penal, donde la falta de socialización complicó mucho su implementación durante sus primeros años en Mexicali.

Fragozo López estimó que se iniciaría la implementación dentro de dos o tres años en Baja California, pero para poder llegar a ese punto, será necesario el análisis con el Poder Ejecutivo, para plantearle cómo se distribuirán los recursos para la construcción de los edificios.

El proyecto fue aprobado por la unanimidad de los 114 senadores presentes y pretende publicarse en los próximos días. A partir de ese momento, los poderes judiciales del país tendrán como plazo límite el primero de abril del 2027 para implementarlo de la forma planteada en los transitorios. En caso de no hacerlo, ese día entrará en vigor de manera directa y sin contemplaciones de ningún tipo.

Autor(a)

Eduardo Villa
Eduardo Villa
Periodista desde 2011 y corresponsal en Mexicali del Semanario Zeta. Participante del Border Hub del International Center for Journalists y coautor del libro “Periodismo de Investigación en el ámbito local: transparencia, Acceso a la Información y Libertad de Expresión”
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