La Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Baja California (CEDHBC) emitió su primera Recomendación de su 2023, la cual está dirigida al XXIV Ayuntamiento de Tijuana, específicamente a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana Municipal, así como también a la Fiscalía General del Estado, por violaciones al derecho a la vida.
La recomencadion se emitió en base a las violaciones cometidas en agravio de un hombre en Tijuana, hechos que se le atribuyen a elementos de la Policía Municipal.
Según la narrativa de los hechos, en la que se cambian los nombres de las personas involucradas con el objetivo de proteger a las víctimas, se señala que:
“El 9 de septiembre de 2016, aproximadamente a las 01:00 horas, fue reportado a la Central de Radio que se encontraba Rubén, una persona sobre las escaleras que dirigen al estacionamiento subterráneo de la Plaza del Zapato, en Zona Río, Tijuana, en estado de ebriedad. Minutos más tarde, arribó al lugar Juan, oficial de la Policía Municipal, quien se encontraba realizando recorrido de vigilancia sobre la avenida Paseo de los Héroes y Boulevard Independencia a bordo de la unidad 1. Posteriormente, Amador (guardia de seguridad de la Plaza del Zapato), Rafael (encargado del establecimiento donde había estado Rubén) y Juan encontraron a Rubén inconsciente, en posición boca arriba, recostado entre los últimos dos escalones y el suelo del estacionamiento, sin pertenencias como cartera, llaves o celular. Luego de intentar que Rubén reaccionara, sin obtener éxito, Juan y Amador subieron a Rubén a la unidad 1 para ser trasladado a la Delegación Zona Centro”.
“Sin embargo, Juan contactó vía telefónica a los oficiales Miguel y Abel, cuya unidad 2 había sido asignada para traslados durante la madrugada del 9 de septiembre de 2016, con la finalidad de que lo apoyaran para trasladar a Rubén a la Delegación. Ambas unidades se encontraron alrededor de las 01:45 horas entre las calles Coahuila y Madero, bajaron a Rubén de la unidad 1 a cargo de Juan y lo subieron a la unidad 2 para que fuera trasladado a la delegación y esperar que se le bajara el estado de ebriedad en el que se encontraba. Después, alrededor de las 6:45 horas, se realizó un reporte al C4 solicitando una ambulancia para que acudiera a la Delegación Zona Centro, acudió el paramédico Antonio, encontrando a Rubén afuera de las instalaciones de la delegación, con una contusión en la región frontal de la cabeza, por lo que se procedió a trasladarlo al Hospital General de Tijuana como persona no identificada”.
“Ingresó al nosocomio con el diagnóstico de traumatismo craneoencefálico severo, alrededor de las 7:30 horas del 9 de septiembre de 2016. El 10 de septiembre de 2016, Laura es informada por personal médico del Hospital General de Tijuana de la gravedad del estado de salud de Rubén, por lo que decidió trasladarlo a la clínica 20 del IMSS, contratando los servicios de una ambulancia especializada, donde fue operado y puesto en el área de terapia intensiva, falleciendo el 14 de septiembre de 2016”.
Entre los puntos que la CEDHBC recomienda atender son:
Realizar las gestiones correspondientes para localizar a la familia nucleo de Rubén para que, con previo consentimiento, les sea otorgada atención psicológica, psiquiátrica o tanatológica; que se brinde apoyo y asistencia para colaborar en el trámite ante la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención Integral a Víctimas de Baja California, para que se proceda a la inmediata reparación integral del daño que incluya una compensación justa en términos de la Ley General de Víctimas y la Ley de Víctimas para el Estado de Baja California; que se imparta un curso integral a los miembros de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana Municipal relacionado con el protocolo de actuación frente a casos en los que se requiera solicitar los servicios de atención médica de urgencia, así como las obligaciones en materia de derechos humanos de las personas detenidas; y que se convoque a una mesa de trabajo para que dé como resultado un Protocolo o Manual de actuación institucional para que elementos policiales aseguren la plena protección de la salud de las personas bajo su custodia.
También, la Fiscalía General del Estado debe atender los siguientes puntos:
Designar a un agente para que estudie, analice y determine la situación jurídica de la carpeta de investigación; publique este pronunciamiento en el portal institucional y sus redes sociales; y que se designe a una persona que funja como enlace con la CEDHBC, para dar seguimiento a la Recomendación.
Para finalizar, Miguel Ángel Mora Marrufo, titular de la CEDHBC, enfatizó que este pronunciamiento tiene el objetivo de construir una cultura de respeto de los derechos humanos de todas las personas.