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sábado, septiembre 7, 2024
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Reapertura de Caso Colosio, cortina de humo

A 28 años del magnicidio, FGR pretende probar si el asesino solitario, Mario Aburto, fue torturado o se violó el debido proceso. De probarse, recuperaría la libertad

Desde hace más de tres meses, por recomendación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), la Fiscalía General de la República (FGR) integró un equipo especial de investigación para reabrir el caso del homicidio del ex candidato presidencial Luis Donaldo Colosio -cometido en 1994-, con la finalidad de realizar pesquisas exhaustivas de los hechos, a través de la búsqueda y localización de personas que estuvieron cerca del histórico suceso.

La reapertura del llamado Caso Colosio inicia a partir de las quejas interpuestas ante el ombudsperson por parte de Mario Aburto Martínez, homicida material del político sonorense que abanderaba la candidatura del Partido Revolucionario Institucional (PRI), cuando ocurrió el crimen el 23 de marzo de 1994, durante la celebración de un mitin de campaña en la colonia Lomas Taurinas en Tijuana.

Aburto, detenido inmediatamente después que disparó el arma homicida, mientras Colosio era llevado a un hospital donde habría de fallecer minutos más tarde, ha denunciado sistemáticamente, desde aquel entonces, ser víctima de tortura y malos tratos por parte de la Procuraduría General de la República (PGR, hoy FGR), y que su declaración le fue tomada sin la asistencia de un defensor, por lo que la verdad jurídica del asesino solitario por ideales políticos estaría en duda.

Las supuestas “nuevas” investigaciones que realizará la FGR se basarán en los datos que puedan obtener agentes del Ministerio Publico de la Federación y policías federales de Investigación, al retomar actuaciones de los procesos penales que en su momento enfrentaron las personas involucradas, quienes serán buscadas nuevamente para obtener sus testimonios, aunque algunas de ellas ya murieron y otras podrían estar ilocalizables.

Sin embargo, trasciende que más que la obtención de elementos para incriminar a nuevas personas por el homicidio de Colosio, lo realmente toral en la investigación es establecer si Mario Aburto fue torturado, si sus declaraciones sobre los hechos tienen valor jurídico, y quiénes y por qué razón no investigaron la denuncia de malos tratos contra el preso michoacano que obra en una averiguación previa independiente desde el mismo 1994.

La FGR no ha emitido pronunciamiento público alguno a través de su titular, funcionarios u oficina de Comunicación Social. Es a través de autoridades judiciales que se conoce que la Fiscalía Especializada en Materia de Derechos Humanos (FEMDH) se encargó de crear no una Comisión o Fiscalía, sino un Equipo Especial de Investigación y Litigación para el Caso Luis Donaldo Colosio Murrieta, encabezado por el maestro Abel Galván Gallardo, denominado fiscal especial en jefe.

Foto: César René Blanco Villalón.- Mario Aburto Martínez en Lomas Taurinas, 23 de marzo 1994

Desde el 6 de junio del año en curso, el referido esquipo especial recibió y radicó la averiguación previa 2080/1994 para iniciar las investigaciones. Las primeras acciones implementadas por Galván Gallardo consistieron en solicitar a la titular de la CNDH, Rosario Piedra Ibarra, copia de las quejas o denuncias impuestas por Mario Aburto Martínez, o de alguno de sus familiares ante ese organismo. Además de solicitar ayuda a medios de comunicación para que faciliten acceso a sus hemerotecas, lo que ha causado hilaridad en sectores del medio jurídico del país.

 

INVESTIGAR TORTURA

Mario Aburto Martínez, asesino confeso del priista Luis Donaldo Colosio, promueve un juicio de amparo directo ante un Tribunal Colegiado en Materia Penal del Estado de México en contra de la sentencia de 45 años de prisión que le fue dictada por el magnicidio. El asunto está pendiente de resolución desde agosto de 2021 y se ha retrasado por el intento de los abogados de oficio que representan al imputado, para que el recurso fuese atraído por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), moción que ya fue denegada por los magistrados del Colegiado y han reanudado el procedimiento de amparo.

A la par, los defensores presentaron en 2022 un juicio de garantías indirecto en un Juzgado de Distrito de Amparo en Ciudad de México, reclamando la omisión de la FGR para investigar la denuncia por los actos de tortura que el quejoso afirma, sufrió desde su detención en 1994 y que le han llevado a permanecer más de 28 años en diversas prisiones, como los Centros Federales de Readaptación Social (Cefereso) Número 1 en Almoloya de Juárez; 2 de Puente Grande, Jalisco; 6 de Huimanguillo, Tabasco; y 12 CPS en Ocampo, Guanajuato, donde se encuentra actualmente internado.

El 17 de febrero de 2021, familiares de Aburto presentaron una queja ante la CNDH por presuntos actos de obstaculización, restricción o negación del derecho a la salud y por supuestos actos de tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes ocurridos en el Cefereso de Guanajuato, solicitando el recluso recibir un mejor trato de autoridades penitenciarias y ser trasladado “de inmediato y sin dilación” del penal de máxima seguridad al Centro de Reinserción Social El Hongo, en Baja California.

Dos días después, personal del organismo defensor de derechos humanos se entrevistó con el quejoso en el interior del Cefereso CPS 12, donde el interno expresó que desde la fecha de su captura fue torturado, y que en la ex PGR existe radicada una denuncia por esos hechos. La CNDH constató que desde agosto de 1994 existía averiguación previa por el delito de tortura cometido en contra de Aburto y, a la fecha, seguía en trámite en la Fiscalía Especializada de Control Competencial, anteriormente llamada Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delitos Federales (SEIDF) de la FGR.

El 25 de febrero de 2021, la CNDH informó que realizaría las investigaciones y el seguimiento del caso para exigir que se garantice la integridad del interno. Además, enfatizó que se buscaría que el llamado Caso Colosio “sea revisado a la luz de las nuevas evidencias y declaraciones que el peticionario aporte”, por el compromiso que tiene como defensora del pueblo.

El 7 de mayo siguiente, el organismo solicitó medidas cautelares al sistema penitenciario nacional para salvaguardar la vida, seguridad e integridad física en reclusión de Aburto Martínez.

En diversas fechas, familiares del condenado informaron ante el ombudsperson que Mario se quejaba de que persistían los malos tratos, falta de alimentos y de atención médica, incluso, que argumentaba que cada fecha de aniversario del crimen de Colosio era torturado, lo mantenían incomunicado de su familia y que en el Cefereso CPS 12 no existe separación entre procesados y sentenciados.

El 8 de mayo de 2021, la CNDH pidió que Aburto fuese “trasladado sin dilación al Centro de Readaptación Social El Hongo, en Tecate, Baja California”, remisión que a la fecha no se ha materializado. Por ello, la Comisión Nacional emitió la Recomendación 48VG/2021, en la que examinó y analizó los elementos de evidencia contenidos en el expediente CNDH/6/2021/1261/VG, relacionado con la violación a los derechos humanos en agravio del quejoso, y así realizó diversas recomendaciones a distintas autoridades -entre estas la FGR- para que reabra las investigaciones del magnicidio y de la supuesta tortura al hasta hoy considerado “asesino solitario”.

 

JUICIO DE AMPARO

Es posible conocer los avances en la conformación de un equipo especial de investigación del Caso Colosio a través de un juicio de amparo interpuesto por Mario Aburto Martínez apenas el 16 de marzo último, ante el Juzgado Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en Ciudad de México, en el que demanda como actos específicos la omisión de la FGR para investigar los actos de tortura de que se duele y que son los siguientes:

  1. Del titular de la Fiscalía Especializada en Investigación del Delito de Tortura (FEIDT) reclama la omisión de investigar los actos de tortura, tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes, y delitos vinculados cometidos en perjuicio del quejoso de manera inmediata, con la debida diligencia, en un plazo razonable y conforme a los estándares nacionales e internacionales en materia de derechos humanos.
  2. 2. De la misma autoridad, la omisión de cumplir con las obligaciones generales en materia de combate a la tortura, derivado de los tratados internacionales en la materia, ratificados por el Estado mexicano y las interpretaciones emitidas por organismos y tribunales autorizados.
  3. También de la FEIDT, la omisión de establecer, utilizar y coordinar el Registro Nacional del Delito de Tortura en el plazo establecido por el Artículo Quinto transitorio de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratados o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
  4. La omisión de supervisar que se inscriba al quejoso al Registro Nacional del Delito de Tortura y este se implemente como herramienta de investigación en el caso.
  5. Del titular de la Fiscalía Especializada en Materia de Derechos Humanos (FEMDH), la omisión de supervisar que sea la FEIDT quien se encuentre a cargo de la investigación de los actos indicados.
  6. Del titular de la Fiscalía Especializada de Control Competencial (FECC), anteriormente Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delitos Federales (SEIDF), reclama la omisión de supervisar que el agente ministerial adscrito investigue de manera inmediata, con la debida diligencia, en un plazo razonable, los actos indicados.
  7. También de la FECC, la omisión de declinar competencia por razón de especialidad a la FEIDT, al tratarse de actos de tortura, tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes, y delitos vinculados cometidos en perjuicio del quejoso.
  8. Del fiscal general de la República, demanda la omisión en la coordinación y supervisión de la actuación de la entonces SEIDF (hoy FECC), FEMDH y FEIDT, en lo que atañe a la investigación inmediata, con la debida diligencia y en un plazo razonable de actos de tortura, tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes, y delitos vinculados cometidos en perjuicio del quejoso; así como la operación del Registro Nacional de Tortura.
  9. También del titular de la FGR, la falta de inscripción de Mario Aburto Martínez en el Registro Nacional del Delito de Tortura y la ausencia de implementación de dicho registro como herramienta de información estadística y de investigación en el caso.

 

EQUIPO ESPECIAL

Después de dos meses y medio de iniciado el juicio de amparo, el juez federal que conoce del mismo fue informado el 25 de mayo por el director general de Procesos Penales y Amparo en Materia de Delitos Federales de la FGR, que existe y “se encuentra en trámite la averiguación previa 2080/1994, instruida por el delito de tortura en agravio del aquí quejoso, a cargo del agente del Ministerio Público de la Federación, titular de la Mesa X, de la Coordinación General de Investigación, de la Fiscalía Especializada de Control de Competencial”.

Foto: César René Blanco Villalón.- Luis donaldo colosio en lomas taurinas, 23 de marzo 1994

Ante tal respuesta, la defensa pública de Aburto amplió su demanda para reclamar el hecho de que la FECC no remitiera la investigación por actos de tortura o malos tratos denunciados 28 años atrás por el quejoso, a la actual FEIDT, así como la omisión de investigar dichos actos con debida diligencia, de forma adecuada y atendiendo a los criterios establecidos en la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, y los estándares internacionales en la materia. Hechos atribuidos a Francisco Jesús Díaz Macedo, agente del Ministerio Público de la Federación, adscrito a la FECC.

Sin embargo, a principios de junio, las autoridades responsables informaron al juez de Amparo que la averiguación previa ya fue remitida a la Fiscalía Especializada en Materia de Derechos Humanos de la FGR, donde mediante acta de fecha 4 de abril de 2022, se integró un Equipo Especial de Investigación y Litigación para el caso Luis Donaldo Colosio Murrieta, responsable de investigar, perseguir los delitos y, en su caso, retomar y concluir los procesos penales vinculados con los hechos que dieron como resultado el homicidio en contra del entonces candidato presidencial, “así como cualquier otra investigación relacionada con el caso o con las personas implicadas en el mismo”.

Desde el 6 de junio, la indagatoria 2080/1994 se encuentra radicada en el nuevo organismo de la FEMDH, a cargo del maestro Abel Galván Gallardo, fiscal especial en jefe, y del agente del Ministerio Público, Jesús Salvador Amaro Ramírez, quienes han informado en julio al juzgador de Amparo, que se han ordenado los siguientes actos ministeriales:

  1. Se solicitó al titular de la Policía Federal Ministerial, designar elementos a su cargo, para efectos de que se aboque a la investigación exhaustiva de los hechos.
  2. Se solicitó a la maestra Perla Idaly Gómez García, directora general del Sistema Institucional de Archivo de la Cámara de Diputados de la LXV legislatura, copias de las constancias del expediente integrado por la Comisión Especial para el Caso Colosio.
  3. Se solicitó a la maestra María del Rosario Piedra Ibarra, titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, copia de las constancias de las quejas y/o denuncias impuestas por el quejoso o de alguno de sus familiares ante ese organismo.
  4. Se solicitó al titular de la Policía Federal Ministerial, designar elementos para la búsqueda y localización de personas.
  5. Se solicitó al titular de la Policía Federal Ministerial, la designación de personas para que, de manera inmediata, se aboque a la investigación de búsqueda y localización de personas de interés para la investigación.
  6. Se solicitó a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, realizar la inscripción de las víctimas directas en el Registro Nacional de Víctimas.

A la fecha no se conocen los nombres de las personas que habrán de ser buscadas y localizadas para obtener sus testimonios, pero sin duda alguna serán todas aquellas que aparecen en averiguaciones y expedientes derivados del homicidio de Luis Donaldo Colosio, así como el personal ministerial que se mencione en la indagatoria de tortura de Mario Aburto.

El juez de Amparo ordenó al fiscal del equipo especial de la FGR, remitir las respuestas que vaya obteniendo de las autoridades a las que se les giren oficios, solicitando información del caso.

Por los tiempos electorales que se avecinan, se advierte que la reapertura del Caso Colosio va en dos sentidos. El primero, satisfacer las necesidades reclamadas por el único implicado y sentenciado por el homicidio, Mario Aburto Martínez, quien pretende demostrar que fue torturado y que sus declaraciones no tendrían ninguna validez legal, con el fin de recuperar su libertad. Y segundo, satisfacer las necesidades políticas del Presidente Andrés Manuel López Obrador, para permear en la percepción de sus seguidores y los del partido Morena, de que se investigan los hechos del pasado “para encontrar la verdad”.

Uno de los más beneficiados con las investigaciones y resultados que mediáticamente arroje el caso, es Luis Donaldo Colosio Riojas, presidente municipal de Monterrey por el Partido Movimiento Ciudadano e hijo de la víctima, además de serio aspirante a contender por la Presidencia de la República en las elecciones de 2024.

Autor(a)

Luis Carlos Sáinz
Luis Carlos Sáinz
Reportero desde 1989 en W Radio, Promomedios Radio, TV Azteca, Canal Ocho, Grupo ACIR, Ocho Columnas, Associated Press y ZETA; Consejero Editorial en Mural 2010-2011. Autor del libro Rejas Rotas.
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