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domingo, abril 7, 2024
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Congreso de BCS aprueba despenalización del aborto

Es la segunda ocasión que el Congreso sometía a votación la despenalización del aborto

 


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Este jueves 2 de junio, la XVI Legislatura del Congreso de Baja California Sur aprobó con 17 votos a favor y 3 en contra la despenalización y legalización del aborto hasta la semana 12 de gestación, esto en una sesión pública con grupos manifestantes que exigieron un alto a la reforma.

Activistas feministas calificaron este día como histórico para los derechos de las mujeres y personas gestantes ya que hoy Baja California Sur se convierte en la novena entidad en despenalizar la interrupción del embarazo.

Las y los diputados de la XVI Legislatura dieron lectura a la iniciativa ciudadana presentada por la doctora Mónica Jasis, previamente el gobernador del estado, Víctor Castro Cosío, manifestó su apoyo a la reforma.


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El diputado del Partido Acción Nacional (PAN), Rigoberto Mares, expuso que más allá de estar a favor o en contra de la iniciativa, se requiere más tiempo para análisis de las reformas al Código Penal y Ley de Salud del Estado de Baja California Sur.

Asimismo, la presidenta del PAN, Guadalupe Saldaña, dijo postura “a favor de la vida”, sin embargo, aseguró que el albiazul está en contra de la criminalización de mujeres. Mientras tanto, grupos religiosos rodearon el Congreso del Estado para exigir un alto a la reforma argumentando que “el primer derecho que existe es el derecho a la vida”.

La reforma aprobada establece en el artículo 62 de la Ley de Salud que las instituciones públicas de salud deberán proceder a la interrupción del embarazo, en forma gratuita y en condiciones de calidad, en los supuestos permitidos en el Código Penal vigente y en la NOM-046- SSA2-2005.

Asimismo, se garantiza que la objeción de conciencia del personal de salud no impedirá el acceso de las mujeres al aborto libre, seguro y gratuito.

El Código Penal ahora establece que el aborto es la interrupción del embarazo después de la decimocuarta semana de gestación.

La pena máxima de la mujer o persona con capacidad de gestar que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro le haga abortar, después de la decimocuarta semana de gestación, será de 60 días de trabajo comunitario.

Se considerará como excluyentes de responsabilidad penal en el delito de aborto: cuando el embarazo sea resultado de una violación o de una inseminación artificial no consentida, independientemente de que exista, o no, causa penal sobre estos delitos.

Autor(a)

Gilberto Santiesteban
Gilberto Santiesteban
Reportero sudcaliforniano, egresado de la Universidad Autónoma de Baja California Sur (UABCS). Me dedico sobre todo a dar voz y cobertura a las causas ciudadanas en mi estado. Ante todo creo en la libertad de expresión y la libertad de prensa, incluyendo las responsabilidades y retribuciones que estas conllevan.
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