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domingo, octubre 27, 2024
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Impugnan reincorporación de Jaime Bonilla al Senado de la República

El denunciante, Juan Marcos Gutiérrez González, ex diputado del PAN, argumentó que al momento de ganar la gubernatura, en 2019, Bonilla Valdez, por disposición Constitucional debió haber optado por la senaduría o el cargo en el Ejecutivo estatal

El abogado Juan Marcos Gutiérrez presentó dos juicios ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en contra de la reincorporación de Jaime Bonilla Valdez al cargo de senador propietario por el principio de mayoría relativa.

Ambos juicios ingresaron a Oficialía de Partes de la Sala Superior ayer lunes 4 de abril (días después del retorno de Bonilla Valdez a su escaño), dentro del plazo perentorio para impugnar el regreso del ex gobernador de Baja California al escaño al que solicitó licencia en 2018.

Uno de los juicios fue interpuesto en lo individual, con el objeto de proteger los derechos político-electorales del ciudadano; el otro, en representación del Partido Acción Nacional en Baja California.

En entrevista telefónica, Juan Marcos Gutiérrez, refirió que conforme al artículo 125 Constitucional, “nadie puede ostentar, desempeñar dos cargos de elección popular”, pues en caso de que alguien con licencia a un cargo, contiende por otro mientras está vigente el anterior, “la Constitución le dice optas, no le dice alternas”, de ahí que deba optar por uno de los dos.

Recordó que la licencia que solicitó Bonilla Valdez a la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, le sirvió “para competir para gobernador”. Recalcó que conforme a la disposición constitucional, cuando estuvo “en la tesitura de tengo dos cargos y tengo que protestar el segundo que sería gobernador”, quedó agotada su pertenencia al Senado.

“El Trife ha interpretado que esa opción no es alternar ni guardar ahí en el cajón como si fuera tu patrimonio personal el cargo en este caso de senador”, manifestó. “Él optó y precluyó su Senado, entonces tiene que terminar el cargo el suplente (Gerardo Novelo Osuna)”, agregó.

Aseveró que tratándose de otras figuras políticas que arribaron al Senado en 2018 y que igualmente se separaron del cargo, pudieron reincorporarse en razón de que no se fueron para contender por otro cargo.

“Por ejemplo en este caso (en el de Bonilla Valdez) no está Olga Sánchez Cordero, no está Germán Martínez y otros senadores que fueron senadores, se fueron a un cargo al Ejecutivo y regresaron, a eso le vamos a llamar una licencia ordinaria”, detalló Gutiérrez.

El 125 Constitucional es un artículo originario, recalcó el entrevistado. “De las casi mil reformas que ha recibido nuestra Constitucional, el artículo 125 es de los pocos originales de 1917”, mencionó.

“Aquí lo que está diciendo es que no puedes ejercer dos cargos de elección popular, pero si llegas a ello optas, entonces implícitamente el 125 te está diciendo que sí te puedes hacer elegir para dos, nada más que en el momento que tengas que ejercer el segundo o renuncias al segundo o renuncias al primero, porque estás optando y no es un juego de palabras, porque si fuera como lo están tratando, así de que ay, pides licencia, ya regresé, qué sentido tendría tener esta provisión en la Constitución”, abundó.

Advirtió que ya hay antecedentes. “No de gobernador, pero sí de diputado a alcalde y de diputados de un tipo a otro, ya ha habido un par de casos, en Tamaulipas hay uno”, precisó.

Por lo que respecta a Manuel Velasco, quien en 2019 se reincorporó al Senado luego de haber fungido como gobernador de Chiapas, Gutiérrez González expuso que en tal caso procedió su reincorporación en vista de que “a nadie le importó en su momento lo que estamos discutiendo y nadie impugnó (el regreso del chiapaneco a su escaño)” en el plazo que tuvo lugar para tales efectos.

Gutiérrez González reveló que con respecto a los dos juicios interpuestos en contra del retorno de Bonilla Valdez como senador, espera una decisión dividida en la Sala Superior, “pero a favor”. Se dijo confiado en que prevalezca el criterio que está proponiendo, “porque no solamente es respetar un artículo originario”, sino también en razón de que “no se vale” hacer patrimonio de los cargos públicos.

Autor(a)

Eduardo Andrade Uribe
Eduardo Andrade Uribe
Licenciado en Comunicación por la Universidad Iberoamericana Ciudad de México; con certificado de terminación de la maestría en Cultura Escrita otorgado por el Centro de Estudios Sor Juana. Activo en semanario ZETA dese 2005.
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