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martes, octubre 1, 2024
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Juez concede suspensión provisional a Leyzaola, parece no suficiente para registro.

Luego de que un Juez Federal concedió el pasado 9 de abril la suspensión provisional en un juicio de amparo al aspirante a la alcaldía de Tijuana, Julián Leyzaola Pérez, la resolución fue notificada al Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC).

El juicio de garantías fue promovido por la defensa del militar retirado ante el Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Baja California en contra de una orden de aprehensión.

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En este, como en todos los casos, cuando no se afecta el interés social, y en tanto se reciben los informes sobre la existencia o negativa del acto reclamado, el juzgado concedió la suspensión provisional a cambio de la exhibición de una garantía de 10 mil pesos.

Con este fallo parcial, la defensa del ex secretario de Seguridad Pública de Tijuana, que cuenta con una orden de captura por el delito de tortura, pretende que la autoridad electoral registre la candidatura de Leyzaola a la Presidencia Municipal tijuanense por parte del Partido Encuentro Solidario (PES).

Sin embargo, el área jurídica del IEEBC analizará lo expuesto por los abogados del aspirante y la relevancia de la suspensión provisional, que podría quedar sin efecto en las próximas horas en caso de que se niegue la llamada suspensión definitiva cuando el juez ya conozca de qué asunto se trata.

Cabe hacer mención que si el acto reclamado en este amparo 241/2021 se tratase de la orden de aprehensión dictada en la causa penal 6/2020 por el delito de tortura, Leyzaola Pérez ya promovió un juicio de garantías anterior, el 347/2020, que está en conocimiento del Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Baja California.

En caso de tratarse del mismo asunto, se estaría ante un caso de litispendencia, es decir se sigue otro asunto por la misma persona, en contra de las mismas autoridades, por los mismos hechos, lo que ocasionaría el sobreseimiento del juicio de amparo, pues el anterior continúa en trámite y en espera de sentencia.

Incluso en el juicio de garantías de 2020 ya se había concedido la suspensión provisional al teniente coronel retirado.

Si fuese una orden de aprehensión diferente a la de la causa penal 6/2020 dictada por el Juzgado Tercero de lo Penal de Tijuana, también tendría que conocerse la gravedad del delito imputado para que se determine si la suspensión protege o no a Julián Leyzaola para que no sea privado de la libertad en tanto se resuelve la concesión o negativa del amparo.

En el caso del amparo que se lleva ante el Juez Segundo Federal, las presuntas víctimas de tortura identificadas por las iniciales “MAML” o “V1”, y “JRCO” o “V2”, acaban de revocar a sus asesores legales en la presente semana, para designar a nuevos abogados.

El Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) resolverá conforme al estudio jurídico que realicen sus especialistas.

 

 

Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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