La reforma que introdujo el voto popular para elegir jueces y magistrados en Baja California nació con una promesa poderosa: acercar la justicia a la ciudadanía. Sin embargo, esa cercanía nunca se construyó. La reforma no modificó la estructura judicial, no fortaleció la independencia interna, no incorporó criterios internacionales sobre independencia judicial y no creó mecanismos de participación ciudadana. La narrativa de “justicia cercana al pueblo” terminó siendo eso: narrativa.
La Circular 01/2026, emitida por el Consejo de Administración del Poder Judicial, es la evidencia más reciente de esa crisis. La medida exige autorización previa para que jueces y magistrados participen en actividades académicas o gremiales relacionadas con su función. En apariencia, es una regulación administrativa. En realidad, revela un sistema que intenta controlar la exposición pública de quienes deberían tener autonomía para dialogar con la sociedad.
El voto popular no generó legitimidad judicial. Generó legitimidad electoral. En algunos casos, jueces y magistrados obtuvieron miles de votos sin que la ciudadanía conociera quienes eran, cuál era su trayectoria, su patrimonio o su visión de justicia. La legitimidad numérica y política dos sustituyó a la legitimidad social. La ciudadanía no eligió perfiles; eligió siglas. Y los partidos, fragmentados y en disputa interna, trasladaron esa fragmentación al Poder Judicial.
Las candidaturas comunes —cuestionadas por su diseño y por su legalidad— funcionaron como un mecanismo para distribuir posiciones entre grupos internos. Los jueces electos no representan a la ciudadanía; representan a quienes los impulsaron en esas listas. Cuando un partido se fragmenta, sus operadores judiciales también se fragmentan. El Poder Judicial de Baja California hoy refleja esa división.
La politización interna es evidente. Algunos colegios de abogados, facultades de Derecho y universidades han prestado sus espacios para actos políticos o electorales, profundizando la confusión entre justicia, academia y militancia. En ese contexto, la Circular 01/2026 opera como un mecanismo de contención: si no se puede ordenar la fragmentación interna, se limita la voz pública. No fortalece la independencia; la administra. No acerca la justicia a la ciudadanía; la aleja.
La cercanía con la ciudadanía no se construye con discursos ni con eventos. Se construye con integridad verificable. ¿Cuántos jueces han sido investigados por el Tribunal de Disciplina Judicial? ¿Cuántos informes de evolución patrimonial se han publicado? ¿Qué controles existen sobre el estilo de vida de jueces y magistrados? Sin respuestas claras, cualquier narrativa de cercanía se vuelve vacía. La confianza pública no depende de la presencia en foros, sino de instituciones capaces de responder a la población que pide acceso a la justicia.
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La responsabilidad de construir cercanía no recae solo en los jueces. También exige un gremio que actúe con responsabilidad, facultades y universidades que no presten sus espacios a actos políticos y un sistema disciplinario que funcione. Y exige, sobre todo, que el Congreso y el Ejecutivo local —que promovieron, validaron y celebraron la reforma— vigilen y hagan cumplir la cercanía que prometieron. Máxime cuando de esos mismos espacios políticos surgieron los grupos que gestionaron a sus prospectos judiciales.
Mientras el sistema discute circulares y controles internos, el justiciable sigue enfrentando un Poder Judicial donde la cercanía es discurso y la incertidumbre es práctica cotidiana. Si la cercanía con el pueblo solo se invoca en campañas y se olvida en la gestión, no es principio: es estrategia.
El contexto se vuelve más delicado porque Baja California entra en una nueva etapa electoral. En sistemas judiciales politizados, los ciclos electorales no generan estabilidad; generan tensión. No porque gane o pierda alguien, sino porque se reacomodan grupos, se renegocian lealtades y se redefinen controles internos. La justicia local corre el riesgo de convertirse en un espacio donde se disputen influencias políticas más que criterios jurídicos.
Los criterios internacionales sobre independencia judicial establecen que los jueces pueden participar en actividades académicas siempre que no comprometan casos específicos. La Circular 01/2026, si se aplica como restricción general, podría limitar esa función pedagógica que es esencial para construir confianza pública.
La transparencia patrimonial, las auditorías éticas y los mecanismos de vigilancia ciudadana son herramientas que fortalecen la justicia. Las restricciones administrativas no lo hacen. Baja California necesita una justicia que dialogue con la sociedad, no una justicia que pida permiso para hacerlo. Necesita jueces independientes, no jueces politizados. Necesita instituciones fuertes, no estructuras que reaccionan con silencio ante la presión política.
La circular es un síntoma, no la solución. La ruta correcta es reconstruir la independencia judicial desde dentro, con integridad, transparencia y participación ciudadana. La justicia no se defiende callando voces. Se defiende con instituciones capaces de sostenerse frente a cualquier ciclo electoral y frente a cualquier grupo político. La independencia judicial es un valor que se construye, no un permiso que se solicita.
Guillermo E. Rivera Millán es director general del despacho De la Peña y Rivera S.C. y fundador de Justicia que Transforma México A.C.





