El fallo de la Jueza Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de México, Azucena Lazalde Iñiguez, al dictar una suspensión definitiva en el juicio de amparo 889/2026 promovido por el exgobernador de Baja California, Ernesto Guillermo Ruffo Appel, no tuvo el efecto de concederle el resguardo domiciliario ni de permitirle abandonar el Centro Federal de Readaptación Social Número 1, Altiplano, para enfrentar su proceso penal fuera de prisión.
La medida concedida el 21 de septiembre de 2026 fue de carácter conservativo y no restitutorio, por lo que el procesado continuará recluido a disposición del juzgado constitucional en el centro penitenciario de máxima seguridad en Almoloya de Juárez, Estado de México.
El abogado Juan Marcos Gutiérrez González, miembro del equipo de defensores de Ruffo expuso la diferencia técnico-jurídica del beneficio incidental otorgado a su cliente, pues existen dos tipos de suspensiones en materia de amparo: “la suspensión conservativa para que no te toquen, que las cosas se queden como están y pues como están es que Ruffo sigue detenido; y la restitutoria, que es la que le puede dar efectos incluso devolutivos o restitutorios”.
A juicio del litigante, la jueza federal “podía y debía haber otorgado una suspensión con efectos restitutorios; no lo hizo, entonces la suspensión de ayer no tiene mayor trascendencia, sino que el amparo continúa”. La defensa sabe que este fallo no afecta el fondo del amparo y espera que, ya sea por esta vía o en el proceso penal se consiga la anhelada libertad del exmandatario.
Gutiérrez González informó que la definición sobre el cambio de medida cautelar se trasladó al proceso penal ordinario fuera del juicio de amparo mediante la solicitud de una audiencia para revisar la medida cautelar dentro de la causa penal 253/2026, programada para el viernes 25 de septiembre ante la jueza de control en Almoloya de Juárez.
En dicha audiencia, la defensa buscará la sustitución de la prisión preventiva por resguardo domiciliario conforme al artículo 166 del Código Nacional de
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Procedimientos Penales, argumentando la edad del imputado, de 74 años, aunada a un cuadro de salud acreditado en su expediente clínico, donde entre otros padecimientos, Ruffo presenta apnea del sueño.
Ernesto Guillermo Ruffo Appel permanece encarcelado desde el 16 de julio de 2026, procesado por delincuencia organizada y contrabando de combustible atribuido a la empresa Ingemar S.A. de C.V., por lo que su permanencia en el reclusorio del Altiplano o su traslado a domicilio se definirá en la revisión cautelar fijada para el viernes 25 de septiembre.
Por lo menos dos coimputados del ensenadense se encuentran en prisión domiciliaria desde el momento mismo de su detención.





