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lunes, abril 14, 2025
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Las niñas y los niños no son propiedad de sus familias

Antes del 21 de septiembre de 1990, las niñas, niños y adolescentes no eran reconocidos como sujetos plenos de derechos. Sin embargo, con la ratificación, en esa fecha, de la Convención sobre los Derechos del Niño, el Estado marcó un cambio de paradigma al reconocerlos como titulares de derechos inherentes.

Este tratado internacional, que no se armonizó en México sino hasta diciembre del 2014 con la Ley General de Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, establece la obligación de los Estados de adoptar todas las medidas administrativas, legislativas y de cualquier otra índole necesarias para garantizar la plena efectividad de los derechos reconocidos. En lo que respecta a los derechos económicos, sociales y culturales, exige que dichas medidas se implementen utilizando al máximo los recursos disponibles y, cuando sea necesario, en el marco de la cooperación internacional.

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A lo largo de la historia, las niñas, niños y adolescentes han sido percibidos como una minoría desprovista de plena capacidad jurídica, relegados a un papel secundario tanto en el núcleo familiar como en la sociedad en general. En muchos casos, se les consideraba propiedad de sus familias, sujetos a una relación de dependencia absoluta y subordinados a las decisiones de las personas adultas, quienes ejercían control total sobre su desarrollo, bienestar y futuro. Esta perspectiva los confinaba al rol de beneficiarios pasivos de acciones caritativas, negándoles el reconocimiento como actores activos y titulares de derechos propios.

Este paradigma se caracterizaba por el adultocentrismo, un enfoque que posicionaba a las personas adultas como superiores a las niñas, niños y adolescentes en los espacios donde convivían e interactuaban cotidianamente, como el hogar, la escuela y la comunidad. Bajo esta perspectiva, se discriminaban, subordinaban y relegaban las ideas, propuestas y sentimientos de la infancia únicamente por el hecho de tener una edad menor, negándoles su capacidad para contribuir de manera activa y significativa en dichos entornos.

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El adultocentrismo puede identificarse fácilmente en expresiones comunes como “cuando ganes tu dinero, podrás opinar” o “¿tú qué vas a saber si no tienes edad?” que desestiman su capacidad de razonamiento y participación. Expresiones como “los niños no saben lo que quieren”, “cállate, aquí los adultos deciden”, “cuando seas grande entenderás” o “deja de comportarte como un niño” que perpetúan la idea de que las personas adultas tienen un conocimiento y autoridad superior de forma inherente y son dueños de la niñez y adolescencias.

Este paradigma debe ser superado por el paradigma de los derechos humanos, el cual establece que niñas, niños y adolescentes son titulares de derechos, al igual que cualquier persona adulta. Reconoce que tienen el derecho y la capacidad de ejercer sus derechos de manera autónoma, sin que su titularidad sea puesta en duda. Sin embargo, también subraya que, para garantizar un ejercicio pleno y adecuado, puede ser necesario el acompañamiento y apoyo de sus familias, quienes tienen un papel clave.

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Reconocer que las niñas, niños y adolescentes no son propiedad de sus familias implica un cambio profundo en el respeto, la igualdad y los derechos humanos. Este enfoque exige abandonar paradigmas discriminatorios como el adultocentrismo, que históricamente les ha negado su voz y su participación activa, y reemplazarlos por una visión que promueva su autonomía progresiva y su desarrollo integral como sujetos plenos de derechos. Con el derecho a opinar y a participar de decisiones importantes sobre su vida y desarrollo en la sociedad.

 

Melba Adriana Olvera fue presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en Baja California.

Correo: [email protected]

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