17.6 C
Tijuana
lunes, abril 22, 2024
Publicidad

En Tijuana: CEDHBC emite recomendaciones a SDTUA y DOIUM por vulnerar derecho a la vida

La Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Baja California emitió este sábado 13 de abril la recomendación 3/2024 dirigida al XXIV Ayuntamiento de Tijuana encabezado por Montserrat Caballero Ramírez y a la Secretaría de Desarrollo Territorial, Urbano y Ambiental (SDTUA), titulada por Juan Enrique Bautista Corona por “vulneración al derecho a la vida” en perjuicio de los ciudadanos.

De acuerdo a la recomendación, ésta derivó de los casos contenidos en los expedientes CDHBC/TIJ/Q/393/2021/VG, CDHBC/TIJ/Q/626/2022/VG y CDHBC/TIJ/Q/19/2023/VG, relacionados con violaciones al derecho a la vida, actos que se le atribuyen a la SDTUA y a la Dirección de Obras e Infraestructura Urbana Municipal (DOIUM), a cargo de Marco Antonio Campoy Arce, pues de ellos se desprende lo siguiente:


Publicidad


1.CDHBC/TIJ/Q/393/2021/VG

El 14 de diciembre de 2021 una mujer caminaba sobre la calle Mérida esquina con calle Tula de la colonia Hipódromo, a la altura de la Privada Campestre, cuando fue arrastrada por la corriente de la lluvia que se formó en la canaleta de la calle hacia la alcantarilla o boca de tormenta que se encontraba en el exterior de la Privada, la cual no contaba con rejillas de protección. La víctima terminó muriendo por asfixia al ser sumergida por el agua.

2.CDHBC/TIJ/Q/626/2022/VG


Publicidad

 


El 8 de noviembre dos jóvenes hermanos, Hugo Enrique y Rebeca Miranda Olivera, fueron arrastrados por la corriente que se formó en el Cañón del Pato cuando intentaron cruzarlo a bordo de un vehículo. Lamentablemente aunque Enrique sí consiguió salir del auto, éste regresó por su hermana, quien quedó atrapada, siendo ambos arrastrados y desaparecidos por el agua de la lluvia.

Más tarde tras varios operativos de búsqueda, el segundo día de ellos el cuerpo sin vida de Rebeca apareció en un pantano al costado de las canchas deportivas del Cañón del Matadero, su cuerpo presentaba golpes por la maleza y piedras. El tercer día del incidente, también el cuerpo de Hugo fue localizado, el suyo se encontró en la parte norte del Cañón del Matadero, sin vida.

3.CDHBC/TIJ/Q/19/2023/VG

El 16 de enero una familia de cinco integrantes, ambos padres y sus tres hijas de 14, 7 y 5 años, quedaron atrapados en su vivienda cuando se deslavó el cerro ubicado en el terreno vecinal de la parte superior trasera, desafortunadamente los dos menores de 7 y 14 años fallecieron.

Omisiones de la autoridad municipal

Caso 1. Entre los señalamientos del organismo, está el que el director de la DOIUM, Marco Antonio Campoy emitió, hasta el 10 de enero de 2022, un informe de autoridad, señalando que el mantenimiento de los diversos sistemas pluviales y servicios de drenaje ubicados en la vía pública corresponde a distintas autoridades y, la dirección a su cargo, “solamente atiende aquellas que han sido recepcionadas por el Ayuntamiento de Tijuana”.

Además, se agregó que con relación a la boca de tormenta ubicada en la Privada Campestre, de acuerdo a una ficha técnica de mantenimiento, se colocaron las rejillas de protección el 23 de diciembre de 2021, nueve días después de la tragedia.

También que el 2 de marzo de 2023, la SDTUA envió el Oficio SDTUA-XXIV-433-2023 en el que señaló que la Privada Campestre no se encontraba, supuestamente, recepcionada por el Ayuntamiento de Tijuana y que no contaban con las bitácoras de mantenimiento de la boca de tormenta.

Sin embargo, el 24 de marzo de 2023 la secretaría de desarrollo territorial emitió el Oficio SDTUA-XXIV-0615-2023 en el que entrega, a petición de la CEDHBC, el listado de los fraccionamientos que han sido entregados al Ayuntamiento, lo que da cuenta de que la Privada Campestre sí había sido entregada al municipio, desde el 17 de noviembre del año 2000, lo que fue reconocido más tarde por el mismo Bautista Corona mediante el Oficio URB/2063/2023.

Por lo anterior la CEDHBC consideró que la DOIUM, a cargo de Marco Antonio Campoy Arce, vulneró el derecho a la vida de la víctima al incumplir su obligación de prevenir el incidente debido a que omitió realizar las acciones de mantenimiento, vigilancia y conservación del sistema de alcantarillado en la vía pública de la Privada Campestre.

Caso 2. En este caso se advierte que el desarenador ubicado en el Cañón del Pato, se construyó como acción de mitigación a los riesgos hidrometeorológicos que se presentaban cada año en la temporada de lluvias. Sin embargo, de la información proporcionada por la autoridad, se acredita que aunque se realizaron acciones de limpieza y desasolve el mismo, no contaba con la totalidad de las barreras de protección de tubos de acero calado, lo cual se desprende del Oficio DIR/0460/2023.

Cabe destacar que la construcción de los tacones de concreto se llevó a cabo hasta el 15 de febrero de 2023, cinco meses después del fallecimiento de Hugo y Rebeca, esto según el contrato DOIUM-2023-DMIP-AD-003.

De lo anterior, la CEDH advirtió que “no se acreditó que la autoridad ejecutara acciones permanentes para mantener en condiciones de operación óptimas el desarenador, ni tendentes a mitigar la vulnerabilidad en las zonas catalogadas como de alto riesgo, como en la colonia Obrera, la cual se encuentra identificada dentro del Atlas de Riesgo Municipal, debido a las corrientes de agua que se generan en la zona”, lo que se traduce en la vulneración al derecho a la vida de Hugo y Rebeca.

Caso 3. Si bien la CEDHBC reconoció que el deslizamiento fue provocado por diferentes factores entre ellos la morfología del suelo, el reblandecimiento por la filtración de agua, la falta de un sistema pluvial, los movimientos de tierra y las obras de construcción de particulares, hizo hincapié en que en el caso de dos últimos, estos se ejecutaron “sin el permiso legal correspondiente, así como la falta de supervisión e intervención por parte de Enrique Bautista Corona y de Marco Antonio Campoy Arce”.

Hay que destacar que los tres casos tienen abiertas carpetas de investigación en la Fiscalía General del Estado (FGE) por el delito de homicidio por culpa, la primera fue abierta el 14 de diciembre de 2021; la segunda el 9 de noviembre de 2022 y la tercera el 16 de enero de 2023, todos se encuentran en integración hasta este sábado 13 de abril de 2024.

Hasta ahora el XIV Ayuntamiento no ha emitido un posicionamiento al respecto.

Autor(a)

Ana Karen Ortiz
Ana Karen Ortiz
Licenciada en Comunicación por la UABC con diplomado en Periodismo de Investigación por Voces Emergentes. Me interesan los temas de protesta social. Reportera desde 2021 en Tijuana, Baja California.
- Publicidad -spot_img

Puede interesarte

-Publicidad -

Notas recientes

-Publicidad -

Destacadas