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jueves, noviembre 21, 2024
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“Don Rodo”, hermano de “El Mencho”, sale de prisión; FGR va contra Policía Municipal de Autlán

Abraham Oseguera Cervantes, alias “Don Rodo” -hermano del líder del Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG), Rubén o Nemesio Oseguera Cervantes, “El Mencho”-, salió, a las 01:00 horas del 30 de abril de 2024, del Centro Federal de Readaptación (CEFERESO) No. 1, El Altiplano, ubicado en el municipio de Almoloya de Juárez, en el Estado de México, según lo informaron los diarios El Universal y Milenio.

Ello luego de que el 28 de abril de 2024, Rogelio León Díaz Villarreal, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal de Almoloya de Juárez, en el Estado de México, ordenó la no vinculación a proceso y la liberación de “Don Rodo”, por su presunta participación en los delitos de violación a la Ley Federal de Armas y Explosivos y contra la salud, luego de no encontrar elementos suficientes.

La Fiscalía General de la República adelantó, el 29 de abril de 2024, que apelaría la liberación de “Don Rodo”, pero que también denunciaría penalmente la supuesta complicidad de la Policía Municipal de Autlán de Navarro, con el hermano del líder del Cártel de Jalisco Nueva Generación.

En un comunicado, la institución de procuración de justicia reveló que la Policía Municipal de Autlán de Navarro denunciaron ante la misma FGR a los elementos del Ejército y la Guardia Nacional (GN) que participaron en el operativo de captura de “Don Rodo”, el 21 de abril de 2024, lo que, según la Fiscalía, evidenció la colusión con el supuesto narcotraficante.

La FGR también dio a conocer que jueces de control federal de la Ciudad de México negaron cuatro veces las órdenes de cateo para ingresar al domicilio de Oseguera Cervantes, en el municipio jalisciense de Autlán de Navarro, antes de capturarlo.

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Además, la Fiscalía cuestionó al juez de control Rogelio León Díaz Villarreal, del Centro de Justicia Penal Federal de Almoloya de Juárez, por ordenar la liberación de “Don Rodo”, con base en unos videos “fragmentados, sin secuencia cronológica y sin documentación técnica que les diera credibilidad y certeza”.

“En una investigación por delitos graves de alto impacto, y después de cuatro ocasiones en las que diversos Jueces de Control, con sede en la Ciudad de México, negaron órdenes de cateo en el domicilio de Abraham ‘O’, la Guardia Nacional mantuvo vigilancia sobre el inmueble que ha venido ocupando dicha persona”, detalló la FGR.

“En la madrugada del pasado 21 de abril, las unidades de la Guardia Nacional observaron a tres personas en las afueras del domicilio citado, portando armas de fuego y en actitud beligerante, quienes los amagaron y se introdujeron a tal domicilio, cerrando la puerta. Por tal motivo, los miembros de esa corporación se vieron obligados a dar seguimiento a dichas personas en el interior inmueble, en debido cumplimiento de su obligación legal de perseguir un hecho delictivo evidentemente flagrante”, añadió la Fiscalía.

“En el interior del inmueble, efectivamente encontraron a Abraham ‘O’, portando un arma larga carabina de asalto calibre 5.56 x 45 y un arma corta calibre .9 milímetros, así como una cartera-bolsa con 38 gramos de cocaína; dos mil 011 pastillas de fentanilo y 255 pastillas de fluoprofentanil, razón por la cual se procedió a su detención y traslado a la Ciudad de México, poniéndolo a disposición del Ministerio Público Federal”, agregó la Fiscalía General de la República.

“Es muy importante señalar que, durante ese evento, familiares de Abraham ‘O’, pretendieron dolosamente ocultar la verdadera identidad de éste, atribuyéndole el nombre de Rodolfo Garibay González, y al respecto pudo acreditarse que dicha persona también había tramitado y obtenido una licencia con el referido diverso nombre, lo cual es un delito que se comprobó al identificar debidamente a la persona ya mencionada”, indicó la FGR.

“Durante ese mismo evento, agentes de la Policía Municipal de Autlán, que tenían conocimiento de que quien actuaba era la Guardia Nacional con el resguardo del Ejército Mexicano, presentaron ante la Fiscalía Federal en esa ciudad una denuncia en contra de los elementos actuantes; evidenciando con ello, la colusión y la complicidad de las autoridades policiacas locales, que llegaron al extremo de comprometer a sus propios directivos de esa corporación municipal, entre ellos, al subdirector de la misma”, agregó la Fiscalía.

Esa conducta cómplice y encubridora se ratificó cuando dichos elementos de la policía municipal fueron presentados como testigos por la defensa del acusado, en la audiencia de vinculación correspondiente. Ya en el procedimiento judicial, y después de haber obtenido del Juez de Control Rogelio León Díaz Villarreal, la calificación de legalidad en la detención, al arribar a la audiencia de vinculación, el acusado pidió una extensión de varios días; al final de los cuales sus abogados presentaron una serie de videos fragmentados, sin secuencia cronológica y sin documentación técnica que les diera credibilidad y certeza”, dijo la Fiscalía General de la República.

Dado que dichas pruebas no habían sido puestas a disposición del Ministerio Público por un lapso de varios días, y con ello impidiendo con ello su valoración y dictaminación pericial respectiva, ya que se obtuvieron tan solo dos horas antes de la reanudación de la audiencia, lo cual dejó a la Representación Social en estado de indefensión; y, en esas circunstancias, el Juez decretó la libertad de dicha persona con base en estos videos tan cuestionables e insuficientes, mientras el propio Juez soslayaba y dejaba de valorar las acusaciones por los delitos graves ya señalados en contra de Abraham ‘O’”, acusó la FGR.

“En este caso, con tantas conductas judiciales negativas para impedir cateos; dándole credibilidad a cuestionables videos segmentados; más el soslayamiento del Juez a las acusaciones y pruebas por delitos graves; y la presencia ominosa de complicidad y encubrimiento de la policía municipal de Autlán y de sus directivos; todo ello ha generado una evidente conducta judicial y de autoridades diversas que le dieron ventajas indebidas al acusado, en contra de la Representación Social y de las víctimas, (artículo 225, fracción VII del Código Penal Federal); razones por las cuales se presentará de inmediato el recurso de apelación respectivo y las denuncias penales que procedan en contra de autoridades policiacas locales”, insistió la Fiscalía General de la República.

“Todo lo anterior es una muestra más de los constantes criterios parciales e incongruentes de autoridades judiciales, que no deben quedar al arbitrio de una persona; y sí deben estar estrictamente determinados por la ley, como lo señala el artículo 19 de la Constitución General de la República”, finalizó la FGR.

“Con motivo de la detención y puesta a disposición de Abraham ‘N’, por su probable participación en los hechos que la ley señala como delitos de Portación de Arma de Fuego de Uso Exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea y Contra la Salud, en su modalidad de posesión de narcótico con fines de comercio, en su connotación de venta; un juez de Distrito del Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de México, llevó a cabo la audiencia inicial, la cual tuvo una duración aproximada de 15 horas, concluyendo en esta fecha”, había informado el Consejo de la Judicatura Federal (CJF), el 28 de abril de 2024.

“Escuchadas las partes, el juzgador determinó no vincular a proceso a la mencionada persona y ordenó su libertad, al considerar que su forma de detención resultó contradictoria a lo expuesto por la autoridad en su Informe Policial, toda vez que, con las pruebas aportadas por la defensa, llegó a la convicción que ésta aconteció en diversas circunstancias”, abundó el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y de la carrera judicial del Poder Judicial de la Federación (PJF), en un comunicado.

Foto: Captura de pantalla de video
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Autor(a)

Carlos Álvarez Acevedo
Carlos Álvarez Acevedo
Reportero del semanario ZETA Tijuana y del periódico Noroeste de Culiacán, desde febrero de 2016.
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