Parlamento
Es mucho lo que le debemos al Poder Judicial de la Federación. Y lo digo eufemísticamente porque en el mejor de los sentidos, las miles de reparaciones que el más alto tribunal constitucional mexicano, es decir, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sus Tribunales Colegiados y Unitarios y no se diga sus jueces de distrito, realizan todos los días, ocurre en el cumplimiento de su deber de hacer respetar los derechos humanos. Sostengo que es la judicatura federal la instancia que ha logrado restañar y defender a los mexicanos, de agresiones que parecían insalvables en materia de derechos humanos, de democracia y de libertades.
El expresidente de la Suprema Corte Mexicana, Arturo Zaldívar, sin embargo no deja de marcar una época de contraste: por un lado, una época de fortalecimiento inédito de la protección de los derechos humanos, recargada en junio de 2011 mediante la reforma constitucional que ocurrió durante el periodo de Felipe Calderón (guste o no les guste a sus detractores); contrasta con la genuflexa postura hacia el Ejecutivo, cortesía de un tríada de Ministros (dos doctores y una alumna de derecho), que hacen de la comparación una verdadera tragicomedia.
Y es que es cómico seguir las razones por las que la ministra Loreta Ortiz, el ministro Zaldívar y la alumna de derecho Yasmín Esquivel, defendieron la “constitucionalidad” de la ley que incorpora a la Guardia Nacional a la Secretaria de la Defensa Nacional (Sedena). Pero se vuelve trágico al saber que por tantito -es decir por sólo un voto- estuvimos en el riesgo de que se convalidara la arbitraria transferencia de una policía que debe ser civil, al mando militar y con ello, aumentar las vulnerabilidades de las libertades que, de suyo, padecemos bajo el patrocinio de la 4T.
Ahora, la sentencia que anula la ley que transfería la GN a la Sedena, no es para nada compleja, pues si bien estudia las razones históricas y sociopolíticas del artículo 21 constitucional, debe saber el lector que también contamos con la protección para los ciudadanos, contenida en el diverso artículo 129 constitucional. Luego, la inconstitucionalidad de esa ley tiene como base contundente el texto de estos dispositivos constitucionales, que cito en la parte que interesa. Sea usted el juez:
Artículo 21. (Décimo párrafo)… Las instituciones de seguridad Publica, incluyendo la Guarda Nacional, serán de carácter civil, disciplinado y profesional… (Énfasis añadido). Artículo 129. En Tiempos de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar… (Énfasis añadido).
Así, sin demasiada ciencia jurídica, cualquiera puede atinar a decir lo que propuso el ministro González Alcántara: esa reforma a la ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es un Fraude a la Constitución. ¿Les suena? Sí, muy similar al intento de fraude a la constitución cortesía de la llamada “Ley Bonilla”, dada su olímpica violación a los principios de seguridad jurídica y no reelección, que se intentaron en 2019 en Baja California. ¡Y quien acusó ese fraude desde la Corte fue Zaldívar! Vaya contradicción ahora en su voto sobre la Guardia Nacional.
Volviendo al tema de seguridad, lo relevante en el asunto de la Guardia Nacional es la claridad del mandato y de la prohibición frente a una ley redactada directamente a contrapelo de la carta constitucional: la Guardia Nacional debe ser civil y los militares no pueden tener esas funciones civiles. Punto. La aparente excepción de fuera de “tiempos de paz”, sería una guerra formalmente declarada. No es el caso, por más complicada que esté la seguridad interna. Además, una cosa es el “auxilio” de las fuerzas armadas y otra, muy grave, es el mando militar absoluto que se pretendía sobre una institución civil.
Luego tenemos a un ministro como Zaldívar, que otrora se desviviría en sus argumentos en contra de la “militarización”, haciendo ahora malabares y debatiendo incongruencias no sólo constitucionales, sino contra sus propios precedentes. La entrega de la razón a la sinrazón, la renuncia a la congruencia mínima y -lo más grave- la imitación de las actitudes contradictorias del Presidente López Obrador, (quien en este tema era acérrimo enemigo de la idea de los militares en la calle), ahora estelarizadas por Zaldívar, son la marca de la decadencia de un juzgador que pasará a la historia como quien se entregó a un dictador, pudiendo evitarlo y trató en su momento, además de entregar todo el Poder Judicial al Presidente López Obrador.
Zaldívar encarna la decadencia del Juzgador. De las resoluciones Zombis de Loreta Ortiz y las incapacidades certificadas de Yasmín Esquivel, mejor ni hablamos: decadencia e indecencia puras.
Se salva México en ésta porque aún nos quedan 8 ministros dispuestos a no doblarse. Espero sean los mismos que nos salven de las reformas electorales. Pero ojo. Es el límite defensivo. En nuestro país, una reforma a nivel de ley ordinaria, aunque sea claramente contraria a la constitución, puede prevalecer si no la anulan 8 ministros de 11. En cuanto sea posible, hay que ajustar el último párrafo de la fracción II del Artículo 105 constitucional, que dice: “Las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia sólo podrán declarar la invalidez de las normas impugnadas, siempre que fueren aprobadas por una mayoría de cuando menos ocho votos”.
En esas condiciones y fragilidad, aunque era su obligación protegernos, a los ministros Laynez, Pardo, Gutiérrez, Aguilar, Pérez Dayan, Ríos Fajart, González Alcántara y Norma Piña: ¡se les agradece el fallo!
El autor es maestro en Derecho y fue diputado federal de la LVII Legislatura (1997-2000), ex cónsul general de México en Estados Unidos, subsecretario de Gobernación y ex magistrado del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
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