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domingo, febrero 18, 2024
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Senado de la República aprueba, en lo general y sin cambios, la Miscelánea Fiscal 2022

Con 67 votos a favor y 43 en contra, el Pleno del Senado de la República aprobó, en lo general y sin cambios, este martes 26 de octubre, la Miscelánea Fiscal 2022. Los integrantes de los grupos parlamentarios de Morena, del PVEM y del Trabajo (PT), votaron a favor del dictamen. Mientras que el Revolucionario Institucional (PRI), de Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Ciudadano (MC) sufragaron en contra.

La Miscelánea Fiscal 2022, fue aprobada, en lo particular, el pasado 20 de octubre, por el Pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, tras un debate de más de 35 horas, con 274 votos a favor, 220 en contra y cero abstenciones.


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El dictamen modifica Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto sobre Producción y Servicios, de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, del Código Fiscal de la Federación y otros ordenamientos.

Entre otros aspectos, la Miscelánea Fiscal 2022 prevé la inscripción obligatoria de jóvenes a partir de los 18 años en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), así como el límite a la deducción de donativos a organizaciones de la sociedad civil.

En el dictamen se concreta el cambio en la deducibilidad de los donativos, los cuales actualmente se pueden deducir hasta 7 por ciento de los ingresos de una persona física, además de las deducciones personales permitidas a estos contribuyentes.


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A partir del siguiente año, los donativos entrarán dentro de la misma bolsa de las otras deducciones y, en total, no podrá exceder cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) o 15 por ciento del total de los ingresos de los contribuyentes, lo que resulte menor.

Además, se aprobó que aquellos jóvenes mayores de 18 años de edad que no cuenten con un empleo o ingresos deberán inscribirse al padrón del RFC, bajo el concepto de “sin actividad económica”, para así no generar la obligación de presentar declaraciones, pagar contribuciones y, por lo tanto, no ser acreedores a sanciones que van desde los 3 mil 870 a los 11 mil 600 pesos.

Asimismo, incluyó una modificación para precisar que los contadores públicos inscritos no tendrán la obligación de investigar conductas delictivas de sus clientes, ya que dicha tarea corresponde al Ministerio Público. Sin embargo, sí serán responsables de encubrimiento en caso de conocer probables ilícitos y no notificarlo.

Autor(a)

Carlos Álvarez Acevedo
Carlos Álvarez Acevedohttps://www.carlosalvarezacevedo.com
Corresponsal del semanario ZETA de Tijuana y del periódico Noroeste de Sinaloa, desde febrero de 2016. Durante varios años fungí como editor de opinión y jefe de redacción del diario digital SinEmbargo.
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