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viernes, octubre 4, 2024
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CNDH presenta acción de inconstitucionalidad contra nueva ley de la FGR

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) presentó, este martes 22 de junio, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), una demanda de acción de inconstitucionalidad contra diversas disposiciones del decreto publicado, el pasado 20 de mayo, en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Mismo que se expide la nueva Ley de la Fiscalía General de la República (FGR), además de que abroga la Ley Orgánica de dicha institución autónoma, aunado a que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de distintos ordenamientos legales.

La CNDH informó, a través de un comunicado, que impugnó diversas disposiciones de los ordenamientos legales de referencia, entre las cuales destaca el artículo 10, fracción I, 19, fracción XIV, de la Ley de la FGR, ya que dichas normas “condicionan y limitan” la participación y coordinación de la Fiscalía en el Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP).

Además, la Comisión -cuya presidenta es María del Rosario Piedra Ibarra- promovió una acción de inconstitucional contra el artículo 85, segundo párrafo, de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.

Aunado a ello, la CNDH impugnó el artículo 36, fracción IV, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como el artículo 45, fracción III, de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.

Ello porque, según la Comisión, la forma en la que se encuentra formulada la participación, actuación e integración de la FGR en diversas instituciones, sujeta su colaboración a un estricto respeto de su autonomía constitucional.

Asimismo, interfiere con un pleno y óptimo desempeño de sus funciones en el marco de los respectivos ordenamientos que rigen cada sistema, mecanismo y comisión del que se trate, detalló la CNDH.

Por último, la Comisión informó que dará seguimiento puntual a esta demanda de acción de inconstitucionalidad promovida, además de que, dijo, reitera su compromiso de contribuir al fortalecimiento de un Estado constitucional y democrático de derecho.

SENADO APRUEBA NUEVA LEY ORGÁNICA DE LA FGR

Con 109 votos a favor, siete en contra y una abstención, el Pleno del Senado de la República aprobó, el pasado 29 de abril, en lo general, un dictamen que expide una nueva Ley Orgánica de la FGR, mismo que pasó al Poder Ejecutivo Federal para su promulgación y publicación en el DOF.

La nueva Ley ya había sido aprobada el pasado 17 de marzo por el Senado de la República. Sin embargo el día 22 de ese mismo mes, con 302 votos a favor, 135 en contra y 10 abstenciones, fue modificada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

Ello para incluir la posibilidad de que familiares de víctimas de delitos pudieran ser coadyuvantes en los procesos de investigación y búsqueda de personas desaparecidas, con la asesoría de expertos internacionales, lo que al final no prosperó en la Cámara alta.

En el artículo 5 de la nueva legislación se establece la posibilidad de la FGR ejerza su facultad de investigación en casos de delitos del fuero común que no estén siendo debidamente investigados por las fiscalías estatales, así como el artículo 13, para la atracción de asuntos de trascendencia social, que se deberá ejercer de manera obligatoria cuando haya evidencia de violaciones graves a los derechos humanos.

“[…] La Fiscalía General de la República podrá ejercer la facultad de atracción de casos del fuero común en los supuestos previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tratados internacionales y las leyes aplicables. La víctima podrá solicitar a la Fiscalía General que ejerza su facultad de atracción”, señala la reserva aprobada y presentada por Enrique Ochoa Reza, coordinador del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en San Lázaro.

Asimismo, la nueva Ley establece que el fiscal general sólo podrá ser removido por el titular del Poder Ejecutivo Federal por causas graves comprendidas en la Ley de Responsabilidades Administrativas y establece los mecanismos con los que coadyuvará con víctimas de delitos.

Aunado a ello, en el dictamen se señala que la FGR participará de forma permanente en el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, en el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, en la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Combatir y Sancionar los Delitos en Materia de Trata de Personas y en el Mecanismo de Protección de Personas Defensores de los Derechos Humanos y Periodistas.

Además, se establece que el Ministerio Público de la Federación se organizará en la Fiscalía General de la República como órgano público autónomo y que su titular será propuesto por el titular del Poder Ejecutivo Federal y ratificado por el Senado.

Autor(a)

Carlos Álvarez Acevedo
Carlos Álvarez Acevedohttps://www.carlosalvarezacevedo.com
Corresponsal del semanario ZETA de Tijuana y del periódico Noroeste de Sinaloa, desde febrero de 2016. Durante varios años fungí como editor de opinión y jefe de redacción del diario digital SinEmbargo.
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