La ex regidora Amintha Briceño Cinco, cuenta con una sanción administrativa emitida por el síndico procurador Héctor Ceseña, quien la denunció de participar en una serie de irregularidades en torno a la desincorporación de algunos terrenos propiedad del Ayuntamiento de Mexicali.
La resolución de inhabilitarla se concretó y la sanción se extiende hasta el 30 de septiembre del 2021. Sin embargo la ex edil interpuso un juicio ante el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa (TEJA) y una demanda de amparo, procesos con los que busca poder registrarse como candidata a la diputación del distrito.
ZETA tuvo acceso a la suspensión de la demanda de amparo que recibió la Sindicatura Municipal, con número 649/2020, que fue promovida por los ex regidores, Amintha Briceño Cinco, Silvia Guadalupe Guerra Rivera, Carmen Alicia Arámburo León y Efraín Monrreal Gastélum, donde tras un estudio emitido por parte del Juzgado Cuarto les otorga una suspensión parcial a sus peticiones.
Las especificaciones del documento refieren :
“De concederse se seguiría perjuicio al interés social y se contravendrían disposiciones del orden público, toda vez que el acto reclamado dirime una cuestión derivada de un procedimiento de responsabilidad administrativa de un servidor público al que se le impuso una sanción de inhabilitación para desempeñar un cargo, empleo o comisión en el servicio público, mismo que es de interés social y orden público, contra el cual no procede otorgar la suspensión en el amparo, en virtud de que involucra el bienestar del orden social, y tiene como fin excluir al servidor público de la prestación del servicio por estimar que no está capacitado para participar en él por haber incurrido en la comisión de alguna infracción administrativa , y con la concesión de la medida cautelar se afectaría el interés social, pues la sociedad está interesada en la función pública se desempeñe por quienes se reconocen como aptos para tal efecto y que se excluya a aquellas personas que no son idóneas para tal fin”
El texto cita una jurisprudencia de la Segunda Sala donde establece precisamente que en la responsabilidad de los servidores públicos es improcedente conceder la suspensión en el amparo contra la inhabilitación para desempeñar empleos o cargos públicos.
Sin embargo, el documento otorga el beneficio a la panista de no registrar su inhabilitación en los libros públicos en torno al procedimiento administrativo DC/RES/395/2019.
Esto quiere decir que la ex servidora pública podría solicitar una carta que demuestre que no fue inhabilitada, pero la sanción prevalece en tanto no se emita una sentencia al respecto.
Es un tema político y una sanción desproporcionada: Amintha Briceño
La ex edil panista, Amintha Briceño Cinco y propuesta del PAN para la candidatura del Distrito II -local-, fue entrevistada por ZETA sobre su inhabilitación, a lo que respondió que ella cuenta con una suspensión provisional en contra de la resolución emitida por el Síndico Procurador, y negó que esta sea parcial, como lo establece el documento en poder de ZETA.
Comentó que la sanción emitida por el actual órgano de fiscalización es desproporcionada debido a que no hubo quebranto al erario, ya que los predios a los que alude, nunca fueron desincorporados y actualmente son parte del Ayuntamiento de Mexicali; sus aseveraciones las respaldó con los documentos del Registro Público de la Propiedad y el Comercio (RPPC).
Briceño Cinco también reclamó que el síndico Héctor Ceseña, se movilizó con fines políticos, toda vez que cuenta con perfiles como Mayra Flores, trabajando bajo su mando, cuando ella también fue parte de esa decisión colegiada de la desincorporación de los predios. Sin embargo, sólo sancionó a los que son hoy sus opositores políticos.
Respecto a si la suspensión provisional era parcial y le impedía registrarse como candidata, la ex edil negó tal aseveración, y aseguró que la justicia la protegió jurídicamente.
ZETA le solicitó el documento de amparo y la última resolución del juez, pero no fue entregada dos días después.