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viernes, octubre 4, 2024
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Admite Poder Judicial demandas contra AMLO y el Congreso por omisión en cuanto a proceso de revocación

El Poder Judicial de la Federación admitió dos demandas de amparo contra el presidente de la república, Andrés Manuel López Obrador, y el Congreso de la Unión, en vista de que no han emitido la ley reglamentaria en términos de Consulta Popular y Revocación de Mandato, normatividad que debió haberse emitido el año pasado.

Se trata de las reglas referentes a la forma en que deberá llevarse a cabo el proceso contemplado para 2022 y relativo a determinar si el primer mandatario permanece en el cargo o queda destituido.

En su toma de posesión, el 1 de diciembre de 2018, López Obrador propuso que se efectuara semejante ejercicio; planteó que tuviera lugar en 2021 en el marco de las elecciones intermedias. Sin embargo, el Congreso estableció que se realice en 2022.

El 20 de diciembre de 2019 se publicó el decreto por el que se reformó la Constitución Federal en lo referente a Consulta Popular y Revocación de Mandato, con un artículo segundo transitorio alusivo a que la legislación secundaria habría de publicarse a más tardar el 17 de junio de 2020.

Una de las demandas por incumplimiento en la emisión del reglamento, admitida por el juez octavo de distrito en materia administrativa de la Ciudad de México, fue interpuesta por el Consejo Nacional de Litigio Estratégico A.C. El otro recurso, admitido por el juez sexto de distrito del Estado de Baja California, fue presentado por Gustavo de Hoyos Walther y Jaleyna de la Peña Molina.

Ambos jueces procedieron a requerir al primer mandatario así como a las cámaras de Senadores y de Diputados, de manera que informen sobre el hecho de no haber emitido de la ley reglamentaria en el plazo indicado.

Según determinaron los jueces federales, en el curso de los juicios entablados, las audiencias se llevarán a cabo el 11 y el 16 de marzo respectivamente.

“El presidente de la república, Andrés Manuel López Obrador, ha señalado consistentemente su propósito de impulsar el proceso constitucional que, en marzo del 2022, conduzca a determinar legalmente la continuidad o cesación de su encargo; no obstante, el titular del Poder Ejecutivo ha sido omiso en presentar la iniciativa legal ante el Congreso de la Unión que establezca con precisión las reglas a las que habrá de sujetarse el insólito ejercicio”, expuso el Consejo Nacional de Litigio Estratégico.

“Ningún grupo parlamentario del Congreso de la Unión ha anunciado la intención de impulsar el procesamiento de la legislación para el desahogo de la revocación de mandato”, añadió la asociación civil en la que figuran como integrantes de Hoyos Walther y Claudio X. González.

El CNLE finalmente estableció que el Poder Judicial “ha emitido diversas resoluciones de donde se desprende la procedencia del juicio de amparo ante omisiones legislativas”. De ahí que se pronuncie por que las acciones de la asociación “deberán conducir a que se cumpla con la Constitución”.

Autor(a)

Eduardo Andrade Uribe
Eduardo Andrade Uribe
Licenciado en Comunicación por la Universidad Iberoamericana Ciudad de México; con certificado de terminación de la maestría en Cultura Escrita otorgado por el Centro de Estudios Sor Juana. Activo en semanario ZETA dese 2005.
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