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domingo, febrero 18, 2024
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Diputados aprueban reformas a Ley de Seguridad Nacional; regulará operación de agentes extranjeros en MX

Con 329 votos a favor, 98 en contra y 40 abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, aprobó este martes 15 de diciembre, en lo general y en lo particular, las reformas a Ley de Seguridad Nacional (LSN), propuestas por el presidente Andrés Manuel López Obrador, que buscan regular la operación de agentes extranjeros en México.

“La intención es actualizar el orden jurídico para responder a la necesidad de establecer mejores herramientas, para procurar la coordinación y control estructural del Sistema de Seguridad Nacional, en equilibrio con el cumplimiento de compromisos de colaboración con otros Estados”, señalaron las comisiones unidas en un comunicado la noche de ayer lunes 14 de diciembre.


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Con la aprobación de la iniciativa -que será enviada al titular del Poder Ejecutivo Federal, para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF)-, se reformaron las fracciones IV y V de la Ley de Seguridad Nacional y le adiciona una fracción VI.

Así como un Título Séptimo denominado “De la Cooperación con los Gobiernos Extranjeros en Materia de Seguridad que Contribuyan a Preservar la Seguridad Nacional”, conformado por dos capítulos y los artículos 68, 69, 70, 71, 72, 73, 74, 75 y 76.

La iniciativa de reformas a la Ley de Seguridad Nacional (LSN) enviada por el titular del Poder Ejecutivo Federal al Congreso de la Unión, busca regular la presencia de agentes extranjeros en México y la actuación de sus agencias en territorio mexicano, siempre que se realice en el marco de convenios bilaterales en materia de cooperación internacional.


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Asimismo, dispone que las Representaciones Diplomáticas acreditadas en nuestro país, deben informar a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) los hechos que conozcan en el desempeño de las funciones de sus agentes.

Además, se plantea que la Cancillería mexicana -previo acuerdo con la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), de la Defensa Nacional (SEDENA) y de Marina (SEMAR)- acreditará a dichos agentes extranjeros y establecerá su circunscripción territorial.

Aunado a lo anterior, la iniciativa establece que los servidores públicos de los tres Poderes de la Unión, de los organismos autónomos, así como de las entidades federativas y municipios, deben apegarse a la LSN cuando se relacionen con agentes extranjeros, so pena de sanciones administrativas o penales.

Estos funcionarios deben entregar a la SRE y a la SSPC, un informe por escrito cuando celebren alguna reunión, haya intercambio de información, realicen llamadas telefónicas o intercambien comunicaciones con agentes extranjeros, lo anterior en un periodo no mayor a tres días, después de establecido dicho contacto y/o intercambio de información.

La iniciativa también prohíbe a los agentes extranjeros ejercer facultades reservadas a las autoridades mexicanas y se les obliga a informar al Estado mexicano respecto a todos los datos que recopilen en el ejercicio de sus funciones en México.

Asimismo, propone que los agentes extranjeros no tendrán ninguna inmunidad si incurren en la comisión de delitos; y en caso de que se compruebe algún incumplimiento por parte de dichos agentes, se solicitará al gobierno de origen el retiro de sus funcionarios y se suspenderán los convenios de cooperación.

Por último, la iniciativa establece un Grupo de Alto Nivel de Seguridad como órgano auxiliar del Consejo de Seguridad Nacional, para la atención y gestión de los convenios de cooperación internacional, integrado por los representantes de las instituciones y autoridades que determinen.

Autor(a)

Carlos Álvarez Acevedo
Carlos Álvarez Acevedohttps://www.carlosalvarezacevedo.com
Corresponsal del semanario ZETA de Tijuana y del periódico Noroeste de Sinaloa, desde febrero de 2016. Durante varios años fungí como editor de opinión y jefe de redacción del diario digital SinEmbargo.
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