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sábado, febrero 17, 2024
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Repetirán amparo del “Chapo” por primera fuga

Nueva oportunidad para que Guzmán Loera venza el proceso por el escape de Puente Grande

El Quinto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito revocó la sentencia que negó el amparo al narcotraficante Joaquín “El Chapo” Guzmán contra el auto de formal prisión por su primera fuga de un penal de máxima seguridad en 2001.


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Los magistrados ordenaron al Tercer Tribunal Unitario, que conoció del juicio de derechos fundamentales, que deje sin efecto el fallo y reponga el procedimiento hasta la etapa de admisión de la demanda para que el quejoso aclare si señala o no como acto reclamado la inconstitucionalidad del artículo 12 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, y de ser así, señale a las autoridades responsables de dicho acto.

ZETA informó en noviembre del año próximo pasado del amparo negado a Joaquín Archivaldo Guzmán Loera, quien pretendía desligarse del auto de bien preso decretado por su probable responsabilidad en la comisión de los delitos de delincuencia organizada y cohecho, tras su fuga del penal de Puente Grande el 19 de enero de 2001.

 


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Ver: http://zetatijuana.com/2014/11/18/reves-al-chapo-guzman-por-fuga/

 

Tras la primera recaptura del líder del Cártel de Sinaloa el 22 de febrero de 2014, en Mazatlán y luego de cumplimentarse la orden de reaprehensión por su evasión del Cefereso 2 de Jalisco, el Juez Cuarto de Distrito de Procesos Penales en el Distrito Federal le dictó formal prisión el 8 de marzo del mismo año, resolución que fue confirmada por el Cuarto Tribunal Unitario del Primer Circuito el 30 de junio siguiente.

“El Chapo” Guzmán promovió entonces el amparo contra el fallo que le perjudicaba y el magistrado del Tercer Tribunal Unitario, luego de analizar casi 100 tomos con 131 anexos de la causa 16/2001, resolvió negar la protección de la justicia de la unión al capo porque estimó que lo determinado por el juez de la causa y el tribunal que confirmó estuvo apegado a derecho y pruebas.

Sin embargo, al interponerse el recurso de revisión por Guzmán Loera, el Tribunal Colegiado no quiso entrar al estudio de los agravios planteados, para que el quejoso aclare desde el principio si desea ampararse contra la inconstitucionalidad de la figura del arraigo de la que emanan las declaraciones iniciales de los custodios y directivos que deponen en su contra, los días siguientes a su fuga.

 

Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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