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viernes, abril 5, 2024
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La FGR

Si de autonomía se tratara, la idea del gobernador de Baja California, Francisco Vega de Lamadrid, de enviar una iniciativa de reforma constitucional para que el procurador de Justicia del Estado sea electo por el voto directo de los ciudadanos, no está nada mal. “De esta forma, la Procuraduría General de Justicia del Estado saldría de la estructura del Poder Ejecutivo y se convertirá en un Órgano Constitucionalmente Autónomo, con servicio profesional de carrera, sujeto al régimen de responsabilidades, de transparencia,  rendición de cuentas y vigilado por un organismo ciudadano.  El mismo método de elección para el caso del titular de la Procuraduría de los Derechos Humanos”, expresó en campaña. En el Poder Ejecutivo federal de Enrique Peña Nieto, también dijeron que querían darle autonomía a la Procuraduría General de la República: “… personalidad jurídica y patrimonio propios (…) hacerla más moderna, independiente y técnica para llevar a buen puerto la implementación del sistema de justicia procesal acusatorio (…) en un contexto de respeto, protección, garantía y promoción de los derechos humanos de todas las personas”. Luego propusieron y el Congreso les aprobó reformas constitucionales que no parecen hacer gran diferencia, salvo que efectivamente cambian el nombre de la Procuraduría General de la República (PGR), por Fiscalía General de la República (FGR). Y sí, modifican el proceso de selección del procurador, que ahora será fiscal, sin embargo, la designación continúa en manos del partido en el poder, ya que el Senado de la República será la institución que enviará una lista de  diez candidatos, de los cuales el Presidente elegirá una terna, y de entre esos tres, los senadores deberán hacer el nombramiento. Acaso los mayores visos de independencia podrían darse porque su estadía en el puesto deberá trascender el sexenio, al ser electo por nueve eternos años, pero con una salvedad: “El Fiscal General podrá ser removido por el Ejecutivo federal por las causas graves que establezca la Ley. La remoción podrá ser objetada por el voto de la mayoría de los miembros presentes de la Cámara de Senadores, dentro de un plazo de diez días hábiles, en cuyo caso el Fiscal General será restituido en el ejercicio de sus funciones. Si el Senado no se pronuncia al respecto, se entenderá que no existe objeción”. Electo en estas condiciones, resultará que el fiscal le deberá su puesto a un mayor número de  -y es la parte peligrosa- desprestigiados políticos mexicanos, de esos que se caracterizan por el abuso del poder, el enriquecimiento ilícito y ahora por sus ligas con el crimen organizado. Aquellos a los que la fiscalía está obligada a investigar, entonces, en esas condiciones el perro continuará persiguiendo su cola, porque el cambio necesario fundamental de independencia, no se alcanza. Andrés de la Rosa, diputado por Baja California, comentó que esto fue parte de la contra argumentación panista cuando el tema se debatió en la Cámara baja, los albiazules rechazaban la intervención del Presidente en la elección del fiscal: “… pero no nos daban los números, y los priistas tenían los votos…”. Así, los mexicanos fuimos, otra vez, víctimas de nuestra partidocracia disfrazada de democracia. La votación aprobatoria se dio el 10 de diciembre de 2014, en  la discusión, la diputada Loretta Ortiz (PT) comentó que no soluciona los problemas tan graves en la administración e impartición de justicia, y advirtió lo que todos sabían: no se garantizaba la autonomía del fiscal general. Por su parte, el diputado Catalino Duarte Ortuño (PRD) replicó que la Ley no contenía capítulos específicos que esclarezcan algunas facultades, incluidas las de las Fiscalías Especializadas en Materia de Delitos Electorales y de Combate a la Corrupción, y no resolvía las precarias condiciones laborales del personal del Ministerio Público. Sin embargo, se votó con 370 senadores a favor, 43 en contra y seis abstenciones. En la recién aprobada Ley, incluyen algunos cambios -otra vez de palabra- para fortalecer la investigación técnica científica que permita encaminar el trabajo de la FGR al Nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio, y la protección de los derechos humanos. Se trata del concepto de Agencia de Investigación Criminal, que ya se aplica desde que le cambiaron el nombre a la Policía Federal Ministerial. También habla de la reestructuración y creación de dos nuevas fiscalías en materia de Combate a la Corrupción y de Delitos Electorales. En discursos, el procurador Jesús Murillo Karam aseguró que también servirá para la redistribuir de los dineros, porque actualmente las delegaciones atienden 88 por ciento de las averiguaciones previas y reciben únicamente 9% de los recursos de la Procuraduría, y la idea es que más de 80% del presupuesto se vaya a los estados; sin embargo, eso no se especifica en la nueva Ley. Al final, la autonomía sigue siendo de palabra y la modificación de PGR a FGR queda en un simple cambio de nombre, porque, si bien la Ley ya no dice que es una dependencia del Poder Ejecutivo, como ha sido desde siempre -aunque la Constitución lo especificó hasta 1983-, la realidad es que en la nueva Ley sigue siendo el Presidente quien lo designa. La real diferencia es que ahora tendrá que negociar y ceder en componendas con los partidos representados en el Senado, que serán copartícipes de la designación.


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