El Tribunal Colegiado de Apelación del Decimoquinto Circuito, con residencia en Tijuana, revocó el auto de vinculación a proceso dictado en contra de Héctor Manuel Gil García, alias el Kado, y decretó el sobreseimiento de la causa penal 118/2016 al haber operado la prescripción de la acción penal.
La resolución judicial, emitida el 1 de octubre de 2026 dentro del toca penal 477/2026, dejó sin efecto el procesamiento ordenado por una jueza de control del Centro de Justicia Penal Federal en Baja California por el delito de portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército.
Notificada la sentencia de segunda instancia, la juzgadora de origen giró el oficio correspondiente a la dirección del Centro de Reinserción Social de Mérida, en Yucatán, instruyendo que se deje en inmediata libertad al imputado de manera exclusiva por lo que concierne a esta causa penal, requiriendo informar la fecha de egreso o el impedimento legal existente.
Sin embargo, el procesado continuará privado de la libertad en el reclusorio yucateco debido a que enfrenta otras indagatorias e imputaciones vigentes tramitadas por la Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada.
El expediente penal extinguido se remonta a agosto de 2016, cuando elementos policiales interceptaron a Gil García en las inmediaciones del fraccionamiento Chapultepec, en Tijuana, asegurándole un arma de fuego corta, un cargador y dos cartuchos útiles.
En esa ocasión, el Ministerio Público decretó un acuerdo de libertad a su favor debido a que el ilícito imputado no ameritaba prisión preventiva oficiosa bajo el marco legal vigente y el detenido acreditó su arraigo domiciliario en la localidad.
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La averiguación previa continuó su curso procesal y la Fiscalía General de la República solicitó fecha para la audiencia de imputación formal.
Ante la inasistencia del requerido a los citatorios formulados por el órgano jurisdiccional, la autoridad judicial lo declaró sustraído de la acción de la justicia y libró la orden de aprehensión correspondiente en su contra.

El mandamiento judicial fue ejecutado en reclusión por agentes de la Policía Federal Ministerial dentro del centro penitenciario de Mérida, donde Gil García permanecía internado tras su detención efectuada en julio de 2026 durante un operativo coordinado entre la Secretaría de Marina, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y la Fiscalía General de la República, elaborado con información de agencias de Estados Unidos.
En la continuación de la audiencia inicial celebrada en agosto de 2026, la representación social obtuvo la vinculación a proceso, la medida de prisión preventiva justificada y un plazo de dos meses para la investigación complementaria.
La defensa del imputado promovió el recurso de apelación argumentando el transcurso del tiempo fijado por la ley para la persecución del delito. El tribunal colegiado determinó la extinción de la potestad punitiva del Estado.
Gil García, catalogado por las autoridades como presunto operador de células del Cártel Arellano Félix en Tijuana, Ensenada y Playas de Rosarito, continuará privado de la libertad por delincuencia organizada.





