Blanca Diva Ponce Caro, jueza penal del Distrito Judicial Dos de Sonora, presentó su renuncia definitiva al Poder Judicial del estado el 24 de mayo de 2026 y fue simultáneamente dada de baja del padrón de militantes de Morena, luego de que trascendiera que ejercía de forma paralela como secretaria de un comité seccional del partido en el municipio de Cajeme, lo que generó un amplio cuestionamiento sobre la imparcialidad del Poder Judicial en plena implementación de la reforma judicial.
La doble función de Ponce Caro quedó al descubierto tras su participación el 24 de mayo de 2026 en un acto encabezado por el dirigente estatal de Morena en Sonora, David Mendoza, durante el cual se tomó protesta a 246 presidentes y secretarios de comités seccionales, entre ellos la propia juzgadora, designada secretaria de la sección 899 en Ciudad Obregón. En ese mismo evento quedó formalmente instalado el Consejo Municipal de Morena en Cajeme, del que también formaba parte.
La polémica derivó en una reacción inmediata de la dirigencia estatal del partido. El Comité Ejecutivo Estatal de Morena en Sonora emitió un boletín oficial en el que informó que Ponce Caro fue relevada de sus funciones partidistas debido a que su cargo en el Poder Judicial representaba una “responsabilidad administrativa” incompatible con la actividad intrapartidaria. El comunicado precisó que también se procedería a darla de baja del padrón de militantes y que la medida sería notificada al Instituto Electoral del estado. En su lugar, Georgina López Zepeda, quien había quedado en tercer lugar en el proceso de elección seccional, ocupará la secretaría.
Esa misma noche, a las 21:00 horas del 24 de mayo de 2026, Ponce Caro presentó ante el Órgano de Administración del Poder Judicial de Sonora su renuncia formal, de carácter definitivo e irrevocable. En su escrito, la ahora ex juzgadora argumentó que la decisión buscaba preservar la confianza ciudadana en las instituciones. “Esta decisión tiene como propósito evitar interpretaciones o señalamientos derivados de mi participación reciente en actividades partidistas y actuar con plena responsabilidad pública”, señaló, y añadió que actuaba con la convicción de que “las instituciones deben estar siempre por encima de las personas”.
La situación evidenció una contradicción con el marco legal vigente. La Constitución Federal, en su artículo 116, establece que las constituciones y leyes orgánicas de los estados deben garantizar la independencia de magistrados y jueces en el ejercicio de sus funciones. Por su parte, la Constitución de Sonora prohíbe expresamente a los jueces en funciones desempeñar cualquier empleo, cargo o comisión de la Federación, del Gobierno del estado, de los municipios o de particulares, sin distinción.
Los antecedentes de Ponce Caro añaden contexto al episodio. Durante su campaña en mayo de 2025, la entonces aspirante aseguró que transformaría el Poder Judicial para castigar los delitos con “todo el peso de la ley”. En junio de ese año recibió la constancia que la acreditó como jueza penal del Circuito 2. Meses después, el Instituto Nacional Electoral (INE) le impuso una sanción económica por presentar con retraso y con errores la documentación requerida para fiscalizar sus gastos de campaña.
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El caso se inscribe en el marco del proceso de renovación del Poder Judicial impulsado por el oficialismo, que incluyó la elección popular de juzgadores. En julio de 2025, el Consejo Nacional de Morena, presidido por el gobernador de Sonora, Alfonso Durazo Montaño, aprobó los Lineamientos de Operación de los Comités Seccionales, en los que se estableció que entre las funciones de sus integrantes estaría promover las actividades del partido, llamar al voto y difundir el periódico Regeneración.






