De la evasiva estatal al mandato federal: la exigencia ciudadana que se convirtió en ley
El 18 de febrero de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Protocolo Nacional para la Activación de la Alerta Nacional de Búsqueda, Localización e Identificación de Personas Desaparecidas y No Localizadas. Con ello, el Estado mexicano establece un mecanismo obligatorio para responder de inmediato ante cualquier reporte de desaparición. La medida, que busca garantizar el derecho a la verdad y la justicia, llega después de años de exigencias de colectivos en Baja California, cuyas propuestas fueron desestimadas por el Congreso y el Ejecutivo estatal. Hoy, lo que se les negó, se convierte en mandato.
La Alerta Nacional se activa automáticamente al registrarse un caso en el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas y en la Base Nacional de Carpetas de Investigación. Se genera una ficha digital con datos esenciales: nombre, edad, fotografía, señas particulares, fecha y lugar de desaparición, condición de vulnerabilidad y un folio único. Esa ficha se canaliza de inmediato a fiscalías, comisiones locales y autoridades de los tres niveles de gobierno, además de difundirse públicamente en medios oficiales, redes sociales, transporte público, hospitales, aeropuertos y espacios de alta afluencia. El protocolo establece trazabilidad, coordinación interinstitucional y difusión masiva, con observancia obligatoria para autoridades federales, estatales y municipales, así como para sectores privados y sociales.
En Baja California, el Congreso estatal aprobó la Ley sobre Desaparición y Búsqueda de Personas en abril de 2024, pero activistas denunciaron que era prácticamente una copia de la Ley General, sin incorporar las propuestas ciudadanas presentadas desde junio de 2023. Entre las omisiones señaladas estuvieron la falta de una alerta estatal, la autonomía de la Comisión Local de Búsqueda y un método transparente para designar al comisionado.
El 9 de junio de 2023, colectivos como Madres Unidas y Fuertes, familiares de personas desaparecidas, acompañados de activistas como Soraya Ana Villarreal y Gonzalo Moreno que actualmente forman parte de la Célula de Búsqueda, el Comité Ciudadano de Seguridad Pública de Mexicali y la Red de Especialistas del CCSPM entregaron escritos al Ejecutivo y al Legislativo solicitando la creación de una alerta local. La respuesta oficial llegó hasta julio de 2025, firmada por el titular de la Comisión Local de Búsqueda, pero bajo instrucciones de la gobernadora y en cumplimiento de la sentencia del expediente 1179/2023 del Juzgado Cuarto de Distrito. El Congreso también respondió en mayo de 2024, pero sólo con un escrito formal remitido al juez. Posteriormente, el Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, en el expediente 254/2024, resolvió que se había violado el derecho de petición y ordenó una respuesta congruente.
La figura jurídica nacional y la solicitud de 2023 de la alerta local comparten el mismo espíritu: una respuesta inmediata y coordinada ante cada desaparición. Lo que los colectivos pidieron y fue ignorado, hoy es política pública nacional. La participación ciudadana fue decisiva. El esfuerzo de familiares de personas desaparecidas, la presión del CCSPM y el acompañamiento técnico de la Red de Especialistas -integrada por académicos y representantes de diversas instituciones- marcaron el camino. En los foros organizados por esta Red, especialistas se sentaron cara a cara con las familias de desaparecidos; de esas reuniones surgieron propuestas que hoy forman parte de la agenda pública. Fue un ejemplo de unidad y vertebración ciudadana en pro de la seguridad pública.
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El protocolo nacional obliga a los estados a registrar sin dilación cada caso, generar fichas digitales con trazabilidad, emitir acuses de recibo, coordinarse con fiscalías y comisiones locales, difundir fichas en medios y espacios públicos al menos tres veces al día, y mantener la alerta activa hasta la localización confirmada. Además, establece la interconexión con la Plataforma Única de Identidad para monitorear el uso de la CURP de personas desaparecidas y sanciona la omisión de registros en la Bitácora Única. Baja California debe realizar adecuaciones administrativas, técnicas y operativas en un plazo máximo de quince días hábiles, designar enlaces oficiales en cada dependencia y lograr convenios con entes privados para garantizar la difusión masiva.
La publicación del protocolo nacional marca un parteaguas: lo que antes fue una demanda ignorada y respondida a regañadientes bajo presión judicial, hoy es mandato federal. Pero la alerta fue sólo uno de los muchos puntos que los colectivos y la Red de especialistas del CCSPM solicitaron: campañas educativas, mesas permanentes con víctimas, reformas para reducir el plazo de la declaratoria de ausencia, vigilancia en zonas estratégicas y auditorías especiales para garantizar transparencia. El exhorto sigue vigente: que el Congreso local y el Ejecutivo tomen en cuenta estas propuestas y no esperen otro decreto federal para actuar. Las familias no piden favores, exigen derechos.
El esfuerzo colectivo del Comité Ciudadano de Seguridad Pública de Mexicali y de la Red de Especialistas permitió que las voces de las familias se convirtieran en propuestas ciudadanas y que las demandas se transformaran en agenda pública. La alerta exige que la ciudadanía participe junto con las autoridades en su activación y seguimiento, porque sólo con esa corresponsabilidad se garantizará que cada desaparición reciba una respuesta inmediata y efectiva.
Guillermo E. Rivera Millán. es director general del despacho De la Peña y Rivera S.C. Fundador de Justicia que Transforma México A.C.







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