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viernes, febrero 27, 2026
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Derechos de las personas mayores

El 13 de diciembre de 2022, el Senado de la República aprobó la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, la cual fue publicada el 10 de enero de 2023 en el Diario Oficial de la Federación, por lo que pasó a formar parte íntegra de nuestro ordenamiento jurídico. Este instrumento internacional establece que se considerarán personas mayores aquellas de 60 años o más.

Aunque han transcurrido más de tres años desde su ratificación la brecha para su plena materialización puede prolongarse considerablemente y por eso es importante difundirla y promoverla. Cuando se trató de Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada en 1990, su incorporación efectiva al marco constitucional mexicano se concretó hasta el año 2000, con la reforma al artículo 4º y el desarrollo de leyes secundarias.

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Un aspecto especialmente relevante es que este instrumento dispone que los Estados Parte deberán garantizar que, en todas las medidas relativas al ejercicio de la capacidad jurídica, se proporcionen salvaguardias adecuadas y efectivas para impedir abusos. Si bien el tema de las salvaguardias ha tenido un amplio desarrollo a partir de lo establecido para las personas con discapacidad, el mandato de que se apliquen en todas las medidas implica una tarea pendiente de gran envergadura. Ello podría abarcar desde situaciones cotidianas, como la apertura de una cuenta bancaria, hasta actos jurídicos de mayor trascendencia, como el otorgamiento de un testamento.

Entonces, en cada medida relativa al ejercicio de la capacidad jurídica deberán establecerse mecanismos que supervisen los sistemas de apoyo, con el fin de garantizar que éstos no sustituyan la voluntad ni la libre determinación de la persona. Asimismo, se debe asegurar que dichos mecanismos eviten cualquier influencia indebida o conflicto de intereses en el auxilio para la toma de decisiones vinculadas al ejercicio de la capacidad jurídica.

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Lo anterior representa un gran reto frente al crecimiento de la población mayor, pues el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores estima que para el año 2030 el país alcanzará una etapa en la que habrá más personas mayores (14.96%) que jóvenes de entre 0 y 14 años. Asimismo, para el año 2070 se proyecta que el porcentaje de personas mayores ascienda al 34.2%.

Esta perspectiva, aunque relativamente reciente en el ámbito jurisdiccional, ya presenta avances significativos. Desde el Amparo Directo en Revisión 1399/2013, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha analizado diversos asuntos en los que la pertenencia de alguna de las partes al grupo de personas mayores resulta relevante.

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Posteriormente, en el Amparo Directo en Revisión 1754/2015, la SCJN determinó criterios específicos para juzgar con perspectiva de persona mayor. Entre ellos destacan: Identificar si la persona se encuentra en alguna situación de vulnerabilidad; considerar sus intereses y derechos; respetar siempre su autonomía; garantizar su derecho a expresar opinión, y suplir la deficiencia de la queja para proteger sus derechos y preservar sus intereses en caso de que se detecte una condición de vulnerabilidad.

La aprobación y publicación de la Convención representa un hito en el reconocimiento jurídico de este grupo poblacional. No obstante, la experiencia comparada demuestra que la materialización de estos compromisos puede ser lenta. En este sentido, la Convención plantea un desafío de gran envergadura, especialmente en lo relativo a la capacidad jurídica y la implementación de salvaguardias efectivas que eviten abusos y respeten la autonomía. Este escenario exige que el Poder Judicial, a través de precedentes como los amparos directos en revisión 1399/2013 y 1754/2015, continúe desarrollando criterios claros para juzgar con perspectiva de persona mayor.

Un dato importante de recordar es que los términos correctos para referirse ahora a las personas mayores son esos y no adultos en plenitud, personas de la tercera edad o personas adultas mayores.

 

Melba Adriana Olvera fue presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en Baja California.

Correo: [email protected]

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