El 12 de diciembre de 1997, la Asamblea General de las Naciones Unidas, en su resolución A/RES/52/149, proclamó el 26 de junio “Día Internacional de las Naciones Unidas en Apoyo de las Víctimas de la Tortura”, en conmemoración de la entrada en vigor de la Convención contra la Tortura en 1987. Este día busca reforzar los esfuerzos hacia la erradicación de este crimen y la aplicación efectiva de medidas de la de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
Según la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, se entiende por “tortura” todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión; de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido; o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia.
La tortura constituye una grave violación de los derechos humanos y un delito conforme al derecho internacional y nacional. Su prohibición es absoluta, sin excepciones ni justificaciones bajo ninguna circunstancia, y es un delito imprescriptible.
Para supervisar la implementación de la Convención, se creó el Comité contra la Tortura, un órgano compuesto por expertos independientes encargados de monitorear el cumplimiento de los Estados partes. En 2005 se ratificó el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura, el cual establece un sistema de visitas periódicas a centros de detención por parte de órganos internacionales y nacionales independientes, con el propósito de prevenir la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes.
A nivel internacional, el Subcomité para la Prevención de la Tortura tiene un mandato preventivo enfocado en la inspección de lugares de detención y en el análisis del trato que reciben las personas privadas de su libertad.
En México, el Estado designó a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos como el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura. Su función consiste en llevar a cabo inspecciones permanentes y sistemáticas en centros de privación de libertad, así como en otros lugares que, sin ser formalmente centros de detención, albergan personas cuya situación personal o de salud les obliga a permanecer en ellos. Este Mecanismo, de naturaleza esencialmente preventiva, emite Recomendaciones dirigidas a mejorar el trato y las condiciones de internamiento.
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Este día representa un recordatorio esencial de la lucha global contra una de las más graves violaciones a los derechos humanos. La prohibición absoluta de la tortura no es sólo un mandato legal, sino una responsabilidad moral para garantizar que ninguna persona sea sometida a tales actos. Para fortalecer la prevención de la tortura, es fundamental intensificar la capacitación de autoridades en derechos humanos, asegurando que cuenten con el conocimiento y las herramientas necesarias para identificar, prevenir y sancionar este delito.
Melba Adriana Olvera fue presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en Baja California.
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