El trabajo de cuidados es una función social esencial que sostiene la vida de la sociedad y del entorno natural, basándose en la interdependencia y fragilidad humanas. Comprende actividades dirigidas al bienestar diario de las personas en aspectos materiales, económicos y emocionales. Esto abarca desde la provisión de bienes esenciales hasta el apoyo y la transmisión de conocimientos en procesos de crianza, refiriéndose a un amplio conjunto de actividades diarias para la gestión y sostenibilidad de la vida.
Las políticas de cuidado son acciones públicas que organizan social y económicamente el trabajo destinado a asegurar el bienestar físico y emocional cotidiano de las personas con algún nivel de dependencia. Estas políticas incluyen medidas para garantizar el acceso a servicios de cuidado y asegurar su calidad a través de regulaciones y supervisiones.
El cuidado, como derecho humano, reconoce que las personas, en diferentes etapas de sus vidas, cuidan o necesitan cuidados. Es intrínseco a la naturaleza humana y esencial, por razones de edad, discapacidad o enfermedad, ya sea temporal o crónica. Además, es fundamental para el ejercicio de otros derechos, como la salud, la alimentación, la educación y el trabajo.
Debido a la desigualdad de género, somos mayormente las mujeres quienes asumimos las tareas de cuidado, principalmente de manera no remunerada en los hogares. Esta situación provoca una sobrecarga de tiempo en las mujeres, limitando nuestro acceso al empleo remunerado, a la educación, así como al desarrollo personal y bienestar.
Las actividades de cuidado se llevan a cabo en una diversidad de relaciones que incluyen vínculos familiares, amistosos, comunitarios y laborales. Por esta razón, existen diferentes escenarios de cuidado en los que participan actores como la familia, la comunidad, entidades públicas y privadas.
Según la última Encuesta Nacional sobre Uso del Tiempo (ENUT) en México, las mujeres dedicamos 15.9 horas más a la semana que los hombres al cuidado no remunerado, con un promedio de 28.8 horas frente a 12.9 horas de los hombres.
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El derecho al cuidado implica reconocer el valor de este trabajo y garantizar los derechos de quienes lo proveen, superando la asignación estereotipada del cuidado como responsabilidad exclusiva de las mujeres y promoviendo la corresponsabilidad social entre quienes lo brindan.
En América Latina, los sistemas integrales de cuidado han avanzado significativamente, siendo Uruguay el pionero en este ámbito. En diciembre de 2015, Uruguay aprobó la ley que establece el Sistema Nacional Integrado de Cuidados, el cual se basa en una concepción integral del cuidado como un derecho. Este modelo solidario promueve la corresponsabilidad entre géneros y generaciones y tiene un carácter universal. Además, a nivel internacional existe una Ley Modelo Interamericana de Cuidados para tomar como guía en la regulación de esta materia.
En México, desde 2020, existe un proyecto de ley general que crea el Sistema Nacional de Cuidados. Este proyecto busca coordinar programas y acciones ya existentes y revertir la injusta organización social del cuidado, la cual tiene consecuencias negativas para las mujeres y niñas en términos de derechos y autonomía.
El trabajo de cuidado es una piedra angular para el bienestar y la sostenibilidad. El cuidado ha posibilitado que hombres y mujeres se desarrollen en diversos ámbitos, principalmente que los hombres destaquen en ámbitos profesionales teniendo a cargo las mujeres las tareas de cuidados. Y hoy resulta vital reconocer que el cuidado es un derecho humano y fortalecer las políticas que hagan posible recibirlo sin que las mujeres sacrifiquemos nuestra vida dándolo de manera inequitativa.
Melba Adriana Olvera fue presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en Baja California.
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