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martes, abril 30, 2024
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SCJN y CJF afirman que tienen facultades para investigar denuncias anónimas

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) informaron, el 17 de abril de 2024, que el al órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y de la carrera judicial del Poder Judicial de la Federación (PJF), sí contaba con facultades para investigar denuncias anónimas, aun si estas no iban acompañadas de pruebas, debido a que existía una reforma publicada desde 2020, cuando el ahora ex ministro Arturo Fernando Zaldívar Lelo de Larrea era su presidente.

Asimismo, a través de un comunicado, tanto la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Consejo de la Judicatura Federal aclararon que el CJF únicamente no tenía facultades para investigar a un ex ministro de la SCJN, por lo que la denuncia anónima que mencionaba a Zaldívar Lelo de Larrea fue turnada al máximo tribunal constitucional, para que resolviera sobre la misma.


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La SCJN y el CJF indicaron que conforme a la normativa que regía la actuación del Consejo de la Judicatura Federal era competencia de la Presidencia, en este caso de la ministra Norma Lucía Piña Hernández, pronunciarse respecto a la admisibilidad de las quejas relacionadas con responsabilidades administrativas de servidores públicos.

“De conformidad con el artículo 132 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de responsabilidades administrativas, situación patrimonial, control y rendición de cuentas, toda queja por responsabilidad administrativa -incluyendo las anónimas- por regla general, debe acompañarse de elementos probatorios para determinar, tanto la existencia de la falta administrativa, como la presunta responsabilidad de los servidores públicos involucrados”, señalaron el CJF y la SCJN.

“Sin embargo, a partir de la reforma a dicho artículo publicada en 2020, se prevé que si en las denuncias se señalan las circunstancias de tiempo, modo y lugar que permiten advertir indicios de conductas probablemente constitutivas de responsabilidad administrativa, se podrá ordenar la práctica de investigaciones; esto es, aun si a la queja o denuncia no se acompañan pruebas, pero del contenido se advierten indicios circunstanciales de modo, tiempo y lugar, procede ordenar la investigación correspondiente”, explicaron la SCJN y el CJF.


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“Bajo este último supuesto, desde el 2018, se han iniciado investigaciones a partir de 362 denuncias anónimas. Esta regulación del CJF responde a lo dispuesto en los artículos 91, segundo párrafo, y 93, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas que, para la admisión de la denuncia anónima, no exigen que se acompañen pruebas”, detallaron el Consejo de la Judicatura Federal y la SCJN.

“La investigación por la presunta responsabilidad de faltas administrativas iniciará de oficio, por denuncia o derivado de las auditorías practicadas por parte de las autoridades competentes o, en su caso, de auditores externos. Las denuncias podrán ser anónimas. En su caso, las autoridades investigadoras mantendrán con carácter de confidencial la identidad de las personas que denuncien las presuntas infracciones”, señala el segundo párrafo del artículo 91, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
“La denuncia deberá contener los datos o indicios que permitan advertir la presunta responsabilidad administrativa por la comisión de Faltas administrativas, y podrán ser presentadas de manera electrónica a través de los mecanismos que para tal efecto establezcan las Autoridades investigadoras, lo anterior sin menoscabo de la plataforma digital que determine, para tal efecto, el Sistema Nacional Anticorrupción”, dice el artículo 93, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

“A partir del marco normativo referido, el 9 de abril de 2024 la Presidenta de la SCJN y del CJF dio trámite a un escrito anónimo mediante el cual se denunció a diversos funcionarios, entre ellos, un ex Ministro, por la supuesta comisión de conductas que pudieran constituir faltas administrativas. En dicho acuerdo, se consideró que el CJF no tiene competencia para investigar y, en su caso, sancionar los hechos imputados a un ex Ministro”, enfatizaron la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Consejo de la Judicatura Federal.

“En consecuencia, la Unidad de Responsabilidades Administrativas del CJF notificó por oficio al Máximo Tribunal. Por razón secretarial, el 10 de abril, la Secretaría General de Acuerdos de la SCJN incorporó la denuncia en cuestión a otras que se han presentado en casos distintos. El Pleno del Máximo Tribunal resolverá lo conducente”, agregaron el Consejo de la Judicatura Federal y la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

“Se informa que, por acuerdo de la Presidenta del CJF, se ha iniciado una investigación de oficio ante la filtración de un archivo que contenía la propuesta de Acuerdo firmado de manera electrónica por el Titular de la Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas del CJF, esto, en términos de la normatividad correspondiente”, finalizaron la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Consejo de la Judicatura Federal.

Piña Hernández, ministra presidenta de la SCJN y del CJF, ordenó, desde el 9 de abril de 2024, al órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y de la carrera judicial del PJF, investigar a los principales colaboradores de su antecesor, Zaldívar Lelo de Larrea, por una denuncia que los acusaba de conformar un “sistema corrupto” -que incluyeron extorsiones y amenazas-, para presionar e influir en las decisiones de jueces y magistrados.

Sin embargo, debido a que el Consejo de la Judicatura Federal no tiene facultades sobre la la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Piña Hernández también instruyó remitir el caso particular del ex ministro, a la SCJN, para darle trámite a la denuncia.

Zaldívar Lelo de Larrea fue ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación -nominado por el entonces mandatario nacional, Felipe de Jesús Calderón Hinojosa y ratificado por el Senado, del 1 de diciembre de 2009 al 15 de noviembre de 2023, cuando renunció al cargo- y fungió como presidente de la SCJN y del CJF, del 2 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2022.

Según un oficio emitido el 9 de abril del presente año, para aperturar la investigación J/108/2024, el CJF abrió dicho expediente con base en una denuncia anónima, que acusó a Zaldívar Lelo de Larrea, como el principal responsable de presionar a impartidores de justicia y de vulnerar la independencia judicial, entre 2019 y 2022.

Foto: Cuartoscuro

Autor(a)

Carlos Álvarez Acevedo
Carlos Álvarez Acevedohttps://www.carlosalvarezacevedo.com
Corresponsal del semanario ZETA de Tijuana y del periódico Noroeste de Sinaloa, desde febrero de 2016. Durante varios años fungí como editor de opinión y jefe de redacción del diario digital SinEmbargo.
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