El Tribunal Estatal Electoral de Baja California Sur (TEEBCS) sentenció, por segunda ocasión, al delegado en funciones de presidente de Morena, Alberto Rentería Santana, por violencia política de género, esto luego de haber sido denunciado por la diputada local del Partido de la Revolución Democrática (PRD), María Luisa Ojeda González.
“Quiero informarles que en Sesión del Tribunal Estatal Electoral declaró la existencia de la infracción denunciada por su servidora, presentada el pasado 1 de diciembre de 2023, ante el Instituto Estatal Electoral, respecto a Actos de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género por parte de un exfuncionario público de la actual administración pública estatal hacia mi persona”, confirmó la legisladora.
Cabe mencionar que Ojeda González interpuso la queja en contra de Rentería Santana cuando todavía ostentaba el cargo de subsecretario de Gobierno del Estado de Baja California Sur.
Posteriormente, presentó su renuncia al cargo para asumir el liderazgo de Morena en medio del proceso democrático interno para elegir a los candidatos a diputaciones locales y planillas de ayuntamientos.
La víctima señaló que, en declaraciones realizadas ante medios de comunicación, Rentería Santana minimizó su papel, función y gestión como diputada de la XVI Legislatura por ser esposa del dirigente estatal del PRD, Noé de la Rosa Escalante.
La sentencia del expediente TEEBCS-PES-05/2023 y establece lo siguiente, una vez que quede en firme:
*Una multa de 180 UMAS (19 mil 542 pesos) al denunciante.
*La inscripción del denunciado por tres años en el Registro Nacional de Personas. Sancionadas por Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.
*La inscripción del denunciado por tres años en el Registro de Personas Sancionadas por Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género de Baja California Sur.
*Que el denunciado, tome un curso sobre “lenguaje incluyente y no sexista”.
*Reconocimiento de que la Violencia Política en razón de género constituye una amenaza para los derechos de las mujeres que participan en la política.
Cabe recordar que la inscripción de Rentería en el Registro Nacional y local implica que, desde su anotación y durante los siguientes tres años, no podrá ser designado como funcionario público.
Tampoco podrá ocupar un cargo de elección popular, ni ser candidato por ninguna fuerza política en Baja California Sur ni en México, esto de acuerdo al artículo 31 de la Constitución del Estado.
Esta es la segunda ocasión en que el TEEBCS sentencia a Alberto Rentería por violencia política en razón de género.
El primer antecedente se dio en 2021, cuando la entonces alcaldesa de Los Cabos, Armida Castro Guzmán, denunció a Rentería, quien esas fechas era presidente estatal de Morena.
Castro Guzmán argumentó que, en conferencia de prensa el dirigente aseguró que la candidatura a la alcaldía de Los Cabos estaba reservada para un hombre.
La entonces presidente municipal señaló que esto violentó su participación como mujer en el proceso interno del bloque de la izquierda, por lo que acudió ante el Instituto Estatal Electoral de Baja California Sur (IEEBCS) para presentar su denuncia y, posteriormente, el tribunal local falló a su favor.
ZETA solicitó una entrevista con Alberto Rentería, sin embargo, hasta el cierre de esta edición no respondió.
En diciembre de 2023, cuando se hizo del conocimiento público esta nueva queja en su contra, declaró que atendería el tema en tribunales y que respetaba el derecho de la legisladora a expresar su inconformidad.
En medio de los señalamientos, el gobernador del Estado, Víctor Castro Cosío, salió en defensa del entonces subsecretario de Gobierno, sosteniendo que no había una violación a la Ley 3 de 3, por haberlo designado en ese puesto cuando ya había una sentencia por violencia política de género en su contra.