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martes, abril 23, 2024
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IEEBC solicitará apoyo al Poder Judicial para verificar si aspirantes cuentan con antecedentes

Este jueves 28 de marzo el Consejo General del Instituto Estatal Electoral celebró sesión extraordinaria para someter a consideración el proyecto de acuerdo relativo a la sentencia con la que el día de ayer el Tribunal de Justicia Electoral del Estado le ordenó modificar los lineamientos para el registro de candidaturas.

En cumplimiento a la sentencia, el Consejo General del IEE determinó que la Secretaría Ejecutiva del Instituto gire los oficios correspondientes al Poder Judicial del Estado de Baja California, de tal forma que éste le notifique si las personas que aspiren a contender en el Proceso Electoral Local 2023-2024 “se encuentran relacionadas con los supuestos establecidos en el artículo 38, fracción VII, de la Constitución General, en relación con el artículo 134, fracción III de la Ley Electoral”.


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El artículo 134 establece que estarán impedidas de ocupar los cargos de gobernador, munícipes o diputados, quienes tengan “sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal, contra la libertad y seguridad sexuales, en el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos; o que las declare como persona deudora alimentaria morosa”.

En la sesión del TJEE celebrada el día de ayer, el pleno del Tribunal presidido por el magistrado presidente, Jaime Vargas Flores, vinculó al Poder Judicial para que brindara el apoyo al IEE de tal forma que el Instituto pueda verificar si los aspirantes han incurrido en alguno de los supuestos de los que da cuenta el 38 Constitucional.

Además, consideró que el mecanismo propuesto por el IEE para verificar si los pretensos cuentan con sentencias firmes era impreciso.


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La sentencia emitida por el TJEE dejó establecido que con ese mecanismo el IEE no se mostraba en disposición de considerar aquellas sentencias que se hubieran emitido con antelación a las reformas de las que ha sido objeto el artículo 38 Constitucional.

“En primer término acota en gran medida la temporalidad de revisión de las sentencias firmes y vigentes que encuadre en los supuestos, a partir de la entrada en vigor de las reformas relativas al artículo, esto es el 30 de mayo de 2023 a la fecha en que se analice la documentación respectiva y en materia de violencia contra las mujeres en razón de género a partir del 14 de abril del 2020 a la fecha en que se realice la revisión de la documentación”, explicó el magistrado presidente.

De ahí que el TJEE revocara parcialmente el acuerdo del Instituto referente a los lineamientos para el registro de candidaturas.

En la sesión extraordinaria de este jueves el Consejo General del IEE estableció que, además de solicitar el apoyo del Poder Judicial, la Secretaría Ejecutiva del Instituto habrá de presentar un informe con un análisis de “la documentación de cada caso en el que se determine si la persona se ubica en el supuesto de que la sentencia se encuentre firme y vigente a la fecha de la revisión”.

Sobre ese particular, el Instituto recalcó: “Esta determinación no acota la temporalidad de revisión de las sentencias firmes, es decir, no se limitan a las fechas de promulgación de las reformas en materia de violencia política contra la mujer en razón de género y la relativa al padrón de personas morosas en sus obligaciones alimentarias”.

El IEE admitió que “dicha acotación restringiría la esencia de la reforma constitucional, cuyas exposiciones de motivos señalaron como objetivo que los deudores alimentarios en mora, o las personas que hayan cometido algún ilícito relacionado con VPMRG, no puedan ocupar cargos públicos de ninguna índole”.

La sentencia del TJEE fue emitida a partir de que los partidos Acción Nacional y Movimiento Ciudadano impugnaron los lineamientos que había formulado el IEE.

En cuanto al estatus que el hoy precandidato de Morena a la alcaldía de Tijuana, Ismael Burgueño Ruiz, adquirió en 2015, bajo el supuesto de persona sentenciada y declarada como deudor alimentario moroso, el representante de MC ante el IEE Alejandro Jaen Beltrán refirió a pregunta expresa que la impugnación de MC no se presentó en contra de aspirante alguno, sino en todo caso de los lineamientos.

Recordó que inicialmente se le recomendó al Consejo General hacer un convenio de colaboración con el Poder Judicial para que revisara el estatus de los aspirantes. Sostuvo que nunca se suscribió acuerdo alguno.

En el tema específico de los deudores alimentarios concluyó: “En el tema de alimentos no hay carta de no antecedentes. Tienes que verificar si se encuentra en mora o no. Por eso mismo tenías que haber hecho un convenio de colaboración”.

El registro de candidatos para las elecciones locales del 2 de junio se abrió este jueves para concluir el 8 de abril. Las solicitudes de inscripción tendrán lugar a partir del próximo lunes, dio a conocer el IEE.

Autor(a)

Eduardo Andrade Uribe
Eduardo Andrade Uribe
Licenciado en Comunicación por la Universidad Iberoamericana Ciudad de México; con certificado de terminación de la maestría en Cultura Escrita otorgado por el Centro de Estudios Sor Juana. Activo en semanario ZETA dese 2005.
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