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miércoles, diciembre 11, 2024
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TEPJF ratifica multa de 62.2 mdp a Morena, por irregularidades en giras de “corcholatas”; “ridículo”, dice Delgado

Por unánimemente de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó, el 31 de enero de 2024, una multa a Morena por 62 millones 235 mil 973 pesos, por irregularidades en los recursos utilizados para las giras de los aspirantes a titular de la Coordinación Nacional de Defensa de la Cuarta Transformación, durante el proceso interno de dicho partido para definir su candidatura a la Presidencia de la República.

Las llamadas “corcholatas” de Morena fueron: Claudia Sheinbaum Pardo, ex jefa de Gobierno de la Ciudad de México; Ricardo Monreal Ávila, ex presidente de la Junta de Coordinación Política (JUCOPO) del Senado; así como Adán Augusto López Hernández y Marcelo Ebrard Casaubón, ex titulares de las secretarías de Gobernación (SEGOB) y Relaciones Exteriores (SRE), respectivamente.

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El candidato de la llamada “cuarta transformación” salió elegido de seis aspirantes, entre ellos cuatro militantes de Morena y dos de los partidos aliados de la coalición, el Verde Ecologista de México (PVEM) y del Trabajo (PT), es decir, Manuel Velasco Coello y Gerardo Fernández Noroña, senador y diputado federal con licencia, respectivamente.

“La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó, por unanimidad de votos, la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) respecto de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de ingresos y gastos de los actos, actividades y propaganda realizados en los procesos partidistas regulados en el acuerdo INE/CG448/2023, que sancionó a Morena por la omisión de reportar y comprobar diversos gastos de eventos, propaganda y transporte”, detalló el TEPJF, en un comunicado.

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Según las irregularidades detectadas por el Consejo General del INE, se impusieron las siguientes multas: 37 millones 409 mil 282 pesos por no reportar gastos realizados en la colocación de propaganda en la vía pública; 20 millones 269 mil 634 pesos en gastos en eventos y propaganda no reportados; un millón 82 mil 166 pesos de gastos en transporte no comprobados y tres millones 474 mil 890 en concepto de gastos menores. El monto total fue de 62 millones 235 mil 973 pesos.

El partido presentó un recurso contra el órgano constitucional autónomo, al argumentar que se vulneró el principio de irretroactividad de las leyes electorales, al aplicar los lineamientos, así como violaciones a su defensa, a los principios de congruencia interna y legalidad. No obstante, los cinco magistrados de la Sala Superior del TEPJF desestimaron los señalamientos de Morena, ratificando la multa impuesta por el INE.

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“Inconforme con lo anterior, Morena impugnó la resolución al considerar que, en su concepto, por un lado, se vulneró el principio de legalidad porque la responsable recicló la matriz de precios, dado que usó la elaborada para la campaña de los procesos electoral federal y concurrentes 2020-2021, y por el otro, se violó el principio de irretroactividad al aplicar reglas de fiscalización que no existían cuando inició el proceso interno”, agregó el TEPJF.

“En sesión pública presencial, la Sala Superior, a propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, determinó que fue correcta la aplicabilidad de la matriz de precios de los procesos electorales 2020-2021, porque contiene la información de las contrataciones de bienes y servicios en la gran mayoría de las entidades federativas, lo que permitió realizar las valuaciones considerando la territorialidad y las características de cada producto o servicio, además de que se actualizó al mes de septiembre de 2023 en atención al incremento generalizado de los precios y al aumento inflacionario”, abundó el Tribunal.

“Al respecto, el pleno consideró que en el SUP-JDC-255/2023 y acumulado se estableció que: 1) se trató de una fiscalización ad hoc o especializada de procesos partidistas extraordinarios, cuya finalidad era su realización expedita, lo que justifica que la autoridad fiscalizadora partiera de una matriz de precios anteriores; y 2) el periodo por fiscalizar sería por la temporalidad del proceso interno según cada convocatoria, desde el inicio hasta su conclusión, sin que tal actividad pueda considerarse de aplicación retroactiva. En consecuencia, se confirmó la resolución impugnada y las sanciones impuestas (SUP-RAP-391/2023)”, finalizó el TEPJF.

“Todos pudimos darnos cuenta de la campaña tan extensa que llevó a cabo Morena para elegir a su coordinadora nacional de defensa de la transformación (precandidata a la presidencia)”, dijo De la Mata Pizaña, durante la sesión presencial, al defender la sanción del INE.

Además, el magistrado enfatizó que la multa del INE “no fue ni arbitraria ni fortuita y es una consecuencia directa de las acciones y omisiones del partido recurrente y de las personas aspirantes en una campaña a nivel país enorme que generó beneficios a Morena”.

“Fue correcto sancionar a Morena con ese monto, al ser responsable de los gastos que realizó y no hacerlos del conocimiento de la autoridad electoral […] Seamos claros, la cantidad de observaciones realizadas por la autoridad depende del nivel de incumplimiento, errores u omisiones es proporcional al número de errores y omisiones del partido fiscalizado […] Morena debió responder con la seriedad y prontitud y omisión, es un aceptación de las fallas”, finalizó De la Mata Pizaña.

En respuesta, Mario Delgado Carrillo, presidente del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) de Morena, aseguró, el 31 de enero de 2024, que la multa impuesta por el INE y ratificada por el TEPJF, era ridícula y cedía a las presiones del Partido Acción Nacional (PAN).

Además, el dirigente nacional de Morena aseguró que el PAN seguía metiendo las manos en el proceso electoral, a través de sus supuestos “enlaces”, Lorenzo Córdova Vianello y Ciro Murayama Rendón, quienes llegaron al TEPJF, a través del magistrado De la Mata Pizaña, quien admitió las presiones de Acción Nacional.

“La multa a @PartidoMorenaMx que avala hoy el @TEPJF_informa es ridícula. La autoridad electoral quiere multar al partido por supuestos actos publicitarios de los que abiertamente se deslindaron quienes participaron en nuestros procesos internos. Esta es una decisión ilegal, de carácter político y lejana a los propios criterios que el Tribunal ha establecido con anterioridad. Las instituciones electorales siguen siendo rehenes y títeres de @lorenzocordovav. ¡Por eso este 2024 vamos a lograr el #PlanC para vivir en una auténtica democracia!”, escribió Delgado Carrillo, en su cuenta de la red social X.

“La multa a Morena que avala hoy el TEPJF es ridícula. El órgano electoral cedió a las presiones del PAN al aprobar un proyecto lleno de irregularidades. Esto no da certeza a los aspirantes y a los partidos políticos de ser un tema jurídico, sino una decisión política”, declaró el presidente del CEN de dicho partido, en un comunicado.

“El magistrado Felipe de la Mata cedió a las presiones del PAN, después de que de manera ilegal recibió a su dirigente para una audiencia en un tema que no era de su incumbencia”, señaló Delgado Carrillo, quien también afirmó que contrario a lo que mencionó el TEPJF, el INE sí actuó de manera arbitraria y fortuita, ya que nunca presentó pruebas de lo acusado.

El 17 de enero de 2024, De la Mata Pizaña retiró su propuesta de la sesión de la Sala Superior del TEPJF, con el argumento de que la representación de Morena pidió una audiencia, por lo que su homólogo Reyes Rodríguez Mondragón, cuestionó si esto obedecía a presiones externas. Días después, su proyecto se pospuso de nueva cuenta, con la justificación de que el PAN también había solicitado una reunión, para pronunciarse por dicha multa, como tercero afectado.

Foto: TEPJF
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Autor(a)

Carlos Álvarez Acevedo
Carlos Álvarez Acevedo
Reportero del semanario ZETA Tijuana y del periódico Noroeste de Culiacán, desde febrero de 2016.
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