Como comenté en uno de mis artículos, la SCJN impartió el Curso “Nueva Introducción a la Conflictividad Social”, oferta académica y de capacitación que con gusto cursé.
La materia me pareció atractiva por múltiples razones, empezando porque es un tema que me ha tocado abordar en las aulas, durante los muchos años en que fui docente, y en la práctica, por más de dos décadas, desarrollando actividades en apoyo a la comunidad.
Adicionalmente, la temática me trajo a la mente mis inicios en la función pública, puesto que la primera responsabilidad que tuve en el sector gubernamental, fue “Funcionario Conciliador”, tarea que se creó durante la gestión del entonces Procurador General de Justicia, Alejandro Rosas Romandía, y que tenía como objetivo inicial que se evitara carga innecesaria de trabajo a los Agentes del Ministerio Público, ya que a través de la mediación, podían conciliarse infinidad de problemas que no tenían forzosamente que convertirse en actas ministeriales; oficios a la otrora Policía Judicial del Estado, investigaciones y en su caso consignaciones a los juzgados penales, generándose, en muchos casos, más encono entre las partes. Cuando por el contrario, a través de la mediación podían las personas en pugna dirimir sus diferencias y lograrse en consecuencia una paz más duradera y benévola que la que podía resolverse mediante una imposición de la autoridad.
Por todo lo anterior, cuando surgió la oportunidad de inscribirme al Diplomado en Arbitraje Internacional, a instancias de un querido amigo de toda la vida, no lo dudé ni un segundo, y ya encontrándonos en la segunda semana de cursos de la prestigiada Escuela Libre de Derecho y de la ICC, me siento “como pez en el agua”
En el módulo que tuvo como expositor a Antonio Prida Peón del Valle, de Curtis, Mallet-Prevost, Colt & Mosle, vicepresidente de la Comisión de Arbitraje & ADR de ICC México, se abordó precisamente como tema la mediación.
Durante tres horas de exposición, habló de tipos de negociación, sus modalidades y las que considera Harvard.
Resaltó que la mediación no pretende impartir justicia, sino mediar entre las partes, tal vez sin solución en una primera etapa, pudiendo haber una renegociación.
Señaló que el mediador es un facilitador de la comunicación, pero no puede brindar asesoría legal. Incluso, las partes pueden contar con sus abogados. El mediador no debe proponer soluciones, sino apoyar a las partes para que encuentren una, lo que hará más viable el cumplimiento; contrario a la imposición, lo cual es materia del arbitraje o juicio.
Para concluir, comentó que la mediación aumenta las posibilidades de solución, ya que elimina las debilidades, ayudando al equilibrio entre las partes, incluso salvando las relaciones y riesgos, lo que no siempre sucede en un juicio. Una negociación exitosa satisface a las partes, ajustando sus expectativas.
Todo es cuestión de mediación.
Alberto Sandoval ha sido educador de adultos, profesor de bachillerato, catedrático universitario, servidor público, consultor, conferencista, deportista y activista ciudadano.
Alberto Sandoval ha sido educador de adultos, profesor de bachillerato, catedrático universitario, servidor público, conferencista, deportista y activista ciudadano.
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