Loretta Ortiz Ahlf, ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), negó, el 24 de abril de 2023, la solicitud del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), para poder sesionar con sólo cuatro de sus siete comisionados, para lograr el quórum legal con el que pudiera sesionar su Pleno.
El 12 de abril de 2023, la SCJN turnó a la ministra Ortiz Ahlf, la controversia constitucional presentada por el INAI, contra el veto del presidente Andrés Manuel López Obrador, del 15 de marzo del presente año, al nombramiento de los comisionados Rafael Luna Alviso y Ana Yadira Alarcón Márquez, quienes fueron elegidos, por mayoría calificada en el Senado de la República, el día 1 del mismo mes y año.
Al pedir la suspensión, ahora rechazada por la ministra Ortiz Ahlf, el órgano constitucional autónomo enfatizó que el quórum de cinco comisionados era un requisito legal, pero no estaba previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
“La interpretación conforme solicitada es posible y viable, bajo el supuesto de que el artículo 33 (de la Ley Federal de Transparencia), precisa un quórum mínimo para sesionar, únicamente en el caso que se encuentren nombrados todos y cada uno de los comisionados integrantes del Pleno. En caso contrario, como aquí sucede, se solicita que la norma en cuestión se interprete en el sentido de permitir sesionar al Pleno del Órgano Garante, con los comisionados actualmente nombrados”, señaló el INAI.
En cuanto al fondo de la controversia, el órgano constitucional autónomo consideró que la objeción de López Obrador al nombramiento de Alarcón Márquez y Luna Alviso, no eliminaba la omisión en que había incurrido el Senado, que sólo requiere el voto de tres quintas partes del Pleno de la Cámara alta del Congreso de la Unión, para hacer las designaciones.
“El mandato constitucional encomendado al Senado de la República, es uno de resultados. Es decir, sólo se colma y se da el debido cumplimiento a la competencia de ejercicio obligatorio, cuando las personas han tomado posesión del encargo”, señalaba la controversia interpuesta por el INAI.
Aunado a lo anterior, Alarcón Márquez promovió un amparo contra la objeción del titular del Poder Ejecutivo Federal y, el 30 de marzo de 2023, el Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México le concedió una suspensión provisional, para que el Senado no hiciera otro nombramiento que no fuera ella.
La Presidencia de la República y la Secretaría de Gobernación (SEGOB) presentaron, el 12 de abril de 2022, cada una por un parte, un recurso de queja en contra de la suspensión provisional concedida, el 29 de marzo del presente año, a Ana Yadira Alarcón Márquez, para que el Senado no llevara a cabo la designación de una comisionada del INAI.
Los escritos fueron presentados por la responsable de la Consejería Adjunta de Control Constitucional y de lo Contencioso del Ejecutivo Federal, y por el titular de la Dirección General de Procedimientos Constitucionales de la Secretaría de Gobernación.
El acto impugnado es la suspensión que el Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México concedió a Alarcón Márquez y que impedía al Senado cubrir una de las dos vacantes que tiene el INAI desde abril de 2022.
Entre los agravios que hizo valer Alarcón Márquez en su demanda de amparo estaba la objeción del presidente Andrés Manuel López Obrador a su designación, pese a que es una atribución del titular del Poder Ejecutivo Federal establecida en la Constitución.
Desde el 1 de abril de 2023, el órgano constitucional autónomo sólo cuenta con cuatro de siete comisionados que integran el Pleno, luego de que un día antes, el comisionado Francisco Javier Acuña Llamas terminó su periodo.