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AMLO pide no limitar al TEPJF, pero dice no confiar en el Tribunal Electoral

El presidente Andrés Manuel López Obrador se pronunció, el 11 de abril de 2023, en contra de limitar las facultades del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), aunque aclaró que él no confía en dicha institución y no la ve con “buenos ojos”.

“No estoy muy informado, no puedo opinar de los partidos, ni tampoco del Congreso [de la Unión], pero no veo con buenos ojos al Tribunal, porque ha hecho cosas indebidas”, aseguró el titular del Poder Ejecutivo Federal, durante su conferencia de prensa matutina, llevada a cabo desde el Salón Tesorería del Palacio Nacional.


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“No hay que limitarlos, no. Lo que hay que hacer es que haya gente honesta en los tribunales, eso es lo que hay que buscar. No gente que actúa por consigna, que no tiene principios, ideales, que son empleados de los que pusieron ahí, eso es vergonzoso”, planteó el político tabasqueño.

“Lo que diga mi dedito, [no], es una consigna política de los partidos. Usted me habla del Tribunal, quién sabe cómo esté eso, pero no es un Tribunal confiable. Estoy poniendo un ejemplo y ojalá […] se estudie el caso que estoy hablando y que me digan si tengo razón o no, y por qué actúa así el Tribunal”, comentó.

Asimismo, el mandatario nacional recordó que en las elecciones llevadas a cabo el 6 de junio de 2021, el TEPJF confirmó la cancelación de las candidaturas de Félix Salgado Macedonio y Raúl Morón Orozco, de Morena, para las gubernaturas de Guerrero y Michoacán, respectivamente, por no presentar por no presentar informes de gastos de precampaña.


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“No voy a olvidar que los del [Instituto Nacional Electoral] INE le quitaron las candidaturas a los propuestos en Guerrero y en Michoacán, a los candidatos, o precandidatos, porque el INE argumentó que no habían reportado 10 mil o 12 mil pesos”, indicó el presidente de la República.

En la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión estaba por discutirse una iniciativa que buscaría limitar las facultades del TEPJF, en relación a la vida interna de los partidos políticos y de paridad de género, para resolver casos de forma definitiva e inatacable.

La iniciativa de reforma constitucional al TEPJF propone frenar juicios de derechos políticos promovidos por mujeres, discapacitados, migrantes, indígenas y transgénero, además de que protege a las dirigencias partidistas contra juicios internos en el nombramiento de las mismas.

La propuesta pretende modificar los artículos 41, 73, 99 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en donde se especifican las acciones afirmativas, para reducir desigualdades de género, socio-culturales y económicas, así como de paridad y vida interna de partidos.

En el artículo 41 se establece que los partidos políticos, en ejercicio de su autodeterminación y auto-organización, establecerán en sus normas estatutarias las reglas para la designación de sus dirigencias, así como las reglas para garantizar el principio de paridad de género en la integración de sus órganos colegiados.

Mientras que en el artículo 73 señala que el Congreso de la Unión tiene la facultad de establecer de forma “exclusiva” medidas afirmativas para el acceso de personas pertenecientes a grupos vulnerables, así como al goce y ejercicio de derechos político-electorales, ello para el cumplimiento del principio de paridad de género.

Además, el artículo 73 constitucional señala que al TEPJF le corresponde resolver en forma definitiva y “exclusivamente las controversias que se susciten por normas generales, actos y omisiones y resoluciones regulados por las leyes electorales”.

El mismo artículo de la Constitución también indica que las decisiones de los órganos de gobierno y las que correspondan a los regímenes interiores de las cámaras de Diputados y del Senado, les compete a las mismas y “quedan excluidas de la jurisdicción del Tribunal”.

De aprobarse la reforma, el TEPJF deberá respetar lo que digan los partidos políticos en sus documentos básicos y como forma de autogobierno para cumplir con los preceptos constitucionales de paridad y otras acciones afirmativas.

Asimismo, los partidos políticos son los que fijarán cómo cumplir con los preceptos constitucionales, y ya no el TEPJF, que no podría ordenar cambios a decisiones de los órganos de la Cámara baja del Congreso de la Unión sobre la integración, por ejemplo, de la Comisión Permanente.

El artículo 99 agrega que el Tribunal Electoral no tendrá jurisdicción en “los actos y demás determinaciones de las cámaras en ejercicio de sus facultades exclusivas, las decisiones de sus órganos de gobierno y las que correspondan a sus regímenes interiores”.

Además, dicho artículo faculta a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que conozca “de las controversias que se susciten con relación a los regímenes internos de las Cámaras del Congreso de la Unión y las decisiones de sus órganos de gobierno”.

En los artículos transitorios establece que en caso de que el Congreso de la Unión no haya emitido estas disposiciones para los procesos electorales federales y locales del año 2024, se usarán los lineamientos establecidos para el proceso electoral federal del año 2021, y los procesos electorales locales de los años 2022 y 2023.

Mientras que en el caso de los procesos de renovación de los órganos de dirección de los partidos políticos nacionales hasta el año 2024, se aplicarán las normas y los criterios del proceso de renovación de dirigencias de 2021.

La iniciativa de reforma está respaldada y fue presentada por diputados de los grupos legislativos de Morena, así como de los partidos del Trabajo (PT), Verde Ecologista Mexicano (PVEM), Revolucionario Institucional (PRI), Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD). Sólo Movimiento Ciudadano (MC) se opone.

MAGISTRADOS ADVIERTEN DE “RETROCESO DEMOCRÁTICO” CON REFORMA AL TEPJF

El 10 de abril de 2023, el magistrado presidente de la Sala Superior del TEPJF, Reyes Rodríguez Mondragón, pidió revisar la iniciativa de reforma constitucional que avala la mayoría de partidos en San Lázaro, porque no sólo frena contrapesos entre poderes, sino limita derechos de minorías en la representación política, incluidos los gobiernos.

De prosperar la iniciativa, según dijo el magistrado presidente del TEPJF, impediría “que el Poder Ejecutivo establezca acciones afirmativas en gabinetes, pero tampoco lo podría hacer un Congreso estatal o las autoridades electorales estatales, porque la iniciativa reserva como una facultad exclusiva del Congreso general establecer acciones afirmativas para grupos vulnerables”.

Rodríguez Mondragón recordó que la actuación de las autoridades electorales ha permitido la paridad total en el Congreso de la Unión y en las legislaturas locales, así como el aumento al 25 por ciento de mujeres en presidencias municipales, además de la representación política de migrantes, residentes en el extranjero, comunidad LGBT, indígenas y afromexicanos en el Poder Legislativo Federal.

“Cualquier decisión de quienes ostentan el poder para limitar las posibilidades de que cada vez más personas participen activamente de la vida política, no sólo es una afrenta contra sus derechos, sino un retroceso democrático que no debe permitirse”, señaló, por su parte, la magistrada Janine Madeline Otálora Malassis.

“La responsabilidad pública que nos exige la Constitución no es la de imponer una visión ideológica, sino la de defender las libertades que nos permiten convivir en sociedades diversas”, dijo Otálora Malassis, en un comunicado difundido la noche del 10 de abril de 2023.

“Los partidos políticos tienen la obligación constitucional de ampliar las voces que buscan construir una sociedad más igualitaria y respetuosa de la diversidad. Como vehículos de la participación política, su función siempre debe ser que la representación ciudadana sea tan plural como lo es la sociedad que les confiere el poder a través de su voto”, puntualizó Otálora Malassis.

Mientras que el magistrado Felipe de la Mata Pizaña también defendió las acciones afirmativas del TEPJF, basadas en una interpretación amplia del texto constitucional y la defensa de los derechos humanos de los ciudadanos.

“Las limitaciones a las facultades del TEPJF afectarán a los derechos de los más débiles […] Esto impide que el Tribunal Electoral o los Congresos locales apliquen acciones afirmativas que no estén ya expresamente contempladas en una ley”, señaló el magistrado De la Mata Pizaña, en su cuenta de la red social Twitter..

Autor(a)

Carlos Álvarez Acevedo
Carlos Álvarez Acevedohttps://www.carlosalvarezacevedo.com
Corresponsal del semanario ZETA de Tijuana y del periódico Noroeste de Sinaloa, desde febrero de 2016. Durante varios años fungí como editor de opinión y jefe de redacción del diario digital SinEmbargo.
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