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jueves, noviembre 21, 2024
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Agravarían pena por punzocortantes

El Verde pretende aumentar multa por tráfico de armas, más no la pena corporal. Plantea portación de armas y objetos prohibidos como navajas y cuchillos, de tres a diez años

Diputados y diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (PEVM) presentaron una iniciativa de reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos (LFAFE) para aumentar las multas que sancionan el tipo penal de introducción clandestina de armas de fuego al país, aunque la pena corporal quedaría como actualmente se encuentra establecida en los Artículos 84 y 84 bis, de la referida ley, solicitando que se le considere como delito grave.

La bancada del instituto político de la de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados también plantea la necesidad de reformar el Artículo 160 del Código Penal Federal (CPF), que se refiere a las armas y objetos prohibidos (no de fuego), para aumentar la pena de tres a diez años de prisión. Entendiéndose por instrumentos que solo puedan ser utilizados para agredir: navajas, verduguillos, puñales, dagas o cualquier objeto punzocortante.

Tanto en el caso de las armas de fuego como en el de los instrumentos que sin un fin lícito, que no tengan aplicación en actividades laborales, y sirven para agredir, entre los que se incluyen también objetos pirotécnicos o que contengan material inflamable, corrosivo, explosivo o cualquier otro que pueda provocar lesiones o daños en las personas, se propone que sean considerados delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa.

Foto: Tomada de Internet

Además, los legisladores, encabezados por la diputada jalisciense Roció Corona Nakamura, pretenden que estos tipos penales no tengan derecho a la libertad preparatoria que señala el Artículo 85 del mismo Código Penal Federal, en una propuesta errónea, pues dicho beneficio se encuentra derogado desde que entró en vigor la Ley Nacional de Ejecución de Penas (LNEP) el 17 de junio de 2016 y que señala que se derogan la remisión parcial de la pena, libertad preparatoria y sustitución de la pena durante la ejecución previstas en el CPF.

De esta manera, el Artículo 84 de la LFAFE, que actualmente establece una pena de cinco a 30 años de prisión, y de 20 a 500 días multa, al que participe en la introducción al territorio nacional, en forma clandestina, de armas, municiones, cartuchos, explosivos y materiales de uso exclusivo de las Fuerzas armadas, solo sería modificado en la sanción pecuniaria, ahora de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. La comisión de este delito por servidores públicos no sufre alteración.

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Por su parte, al Artículo 84 bis, del mismo cuerpo normativo que hoy establece “al que introduzca al territorio nacional en forma clandestina armas de fuego de las que no están reservadas para el uso del Ejército, Armada y Fuerza Aérea se le impondrán de tres a diez años de prisión”, sin multa alguna, se le incorporaría precisamente una sanción económica de 500 a mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

Con el mismo rasero de las armas de fuego se sancionaría a los que porten los objetos del artículo 160 del CPF, que a la letra dice: “A quien porte, fabrique, importe, trafique o acopie sin un fin lícito instrumentos que solo puedan ser utilizados para agredir y que no tengan aplicación en actividades laborales o recreativas, se le impondrá prisión de tres meses a tres años, o de 180 a 360 días multa y decomiso”. Se incrementa la pena de tres a diez años de prisión y multa de 500 a mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización y decomiso.

En la exposición de motivos se hace referencia al tráfico de armas, que se encuentra entre las tres primeras fuentes de ingreso de los grupos delincuenciales en el país, junto con el tráfico de drogas y el tráfico de personas, pero cuya atención en el marco legal mexicano “es insignificante”, sancionado por una pena mínima, que no corresponde con la gravedad de los delitos cometidos. Sin embargo, solo se propone aumentar las multas y agravar la pena de los objetos punzocortantes.

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Autor(a)

Luis Carlos Sáinz
Luis Carlos Sáinz
Reportero desde 1989 en W Radio, Promomedios Radio, TV Azteca, Canal Ocho, Grupo ACIR, Ocho Columnas, Associated Press y ZETA; Consejero Editorial en Mural 2010-2011. Autor del libro Rejas Rotas.
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