La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó, el 18 de mayo del 2022, que las revisiones en carretera por parte de agentes del Instituto Nacional de Migración (INM) son inconstitucionales.
Ello luego de que el Instituto para las Mujeres en la Migración (INUMI) denunció dicha práctica como discriminatoria y racista, por lo que tramitó un amparo para proteger los derechos de cuatro indígenas de la comunicad maya tzeltal y que fueron detenidos por, según los agentes de Migración, parecer de origen guatemalteco.
Según el proyecto, los artículos 97 y 98 de la Ley de Migración vulneran los derechos a la igualdad y no discriminación, por razones de origen étnico o racial, ya que tienen un mensaje estigmatizante.
El documento establece que este tipo de acciones generan la posibilidad de que las autoridades migratorias interrumpan sin causa justificada el tránsito de las personas y las remitan a un centro de detención, con base en una idea preconcebida respecto a quién es una persona mexicana, provocando impactos diferenciados en las personas indígenas.
Aunque los quejosos también se ampararon contra los artículos 16, fracción II, 17, 20, fracción VII, 97, 99, 100 y 121 de la Ley de Migración, los ministros de la Primera Sala de la SCJN determinaron que éstos no son violatorios del derecho al libre tránsito y no caen en el supuesto de discriminación.
En el año 2015, cuatro trabajadores agrícolas de la comunidad maya tzeltal fueron detenidos en la carretera. Los jóvenes se dirigían a Sonora para trabajar en la recolección de calabaza, sandía y melón.
Sin embargo, en la caseta de San Juan del Río, Querétaro, cuando agentes migratorios detuvieron el autobús en el que viajaban los trabajadores y solicitaron documentación a 10 personas, incluidos los indígenas.
Todos enseñaron su credencial del Instituto Nacional Electoral (INE), no obstante, los agentes migratorios aseguraron que los documentos eran falsos y que los jornaleros provenían de Guatemala.
Ante ello, los trabajadores fueron llevados a una estación migratoria para darles asilo temporal y les dieron un plazo de cuatro días para demostrar que eran mexicanos.
Los jóvenes pudieron acreditar su nacionalidad, sin embargo decidieron realizar acciones legales en contra de las autoridades mexicanas e impugnaron la Ley de Migración con ayuda de organizaciones civiles que tomaron el caso.
En el 2019, las autoridades ofrecieron una disculpa pública y reconocieron que la detención se hizo bajo perfilamientos raciales y sin ninguna razón.
#LaNacionalidadNoSeVe
📢El equipo del #IMUMI y la @ClinicaPUDH celebran que @SCJN haya declarado inconstitucionales las revisiones migratorias en carretera por ser discriminatorias y racistas, luego de 10 años de documentación y 7 años de litigio.— IMUMI (@IMUMIDF) May 18, 2022