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sábado, abril 6, 2024
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SCJN invalida prohibición de 10 años para que ex funcionarios trabajen en empresas privadas

Por unanimidad de 11 votos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó, el 4 de abril, el proyecto de la ministra Norma Lucía Piña Hernández, mismo que declaró como inconstitucional, el segundo párrafo del artículo 24 de la Ley Federal de Austeridad Republicana, el cual establece una prohibición de 10 años para que ex funcionarios públicos de alto nivel trabajaran en la iniciativa privada.

Los ministros resolvieron que dicha norma fija un plazo innecesariamente largo para que los exfuncionarios de alto nivel pudieran emplearse en las empresas privadas a las cuales vigilaban o regulaban desde el Gobierno Federal.


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La Ley -que fue aprobada en mayo del 2019 por el Senado y en octubre de ese mismo año por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión-, justificaba la prohibición al considerar que los altos funcionarios públicos (secretarios de Estado, subsecretarios, directores generales y jefes de unidad) tienen acceso a información privilegiada.

“La norma establece un plazo innecesariamente largo en comparación con otras medidas alternativas que podrían emplearse, y se dirige a un universo de sujetos que resulta desproporcionadamente amplio, no todos los cargos de mando superior tienen las mismas responsabilidades ni presentan el mismo grado de riesgo de corrupción, por lo tanto la norma es sobre inclusiva”, expuso el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

Durante el análisis de la Ley, el Pleno de la SCJN también resolvió que el Congreso de la Unión sí tiene facultades para legislar en la materia, bajo el argumento de que la “austeridad republicana” es una política de Estado que debe estar prevista en la Constitución y, a través de ella, habilitar al Poder Legislativo al respecto.


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Asimismo, los ministros de la SCJN reconocieron que la Ley no invade las facultades de la Auditoría Superior de la Federación (ASF). También avalaron la validez del artículo 1, párrafo 2 de dicha norma, pero con la interpretación de que esta no aplica en otros poderes de la Unión, ni a organismos constitucionalmente autónomos.

Por su parte, el ministro Alberto Pérez Dayan destacó que la norma daba un trato diferenciado no justificado, ya que sólo estaba dirigida a mandos superiores del Gobierno Federal, pero no a cualquier funcionario que tenga acceso a información privilegiada.

Mientras que el ministro Luis María Aguilar Morales destacó que existe duplicidad de dicha norma con la Ley General de Responsabilidades Administrativas, que sólo fija plazo de un año para que ex funcionarios públicos no trabajen en empresas a las que regularon.

En febrero pasado, Abel Méndez Corona, juez Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región en la Ciudad de México, consideró la prohibición de los 10 años es una medida injusta y excesiva para los ex funcionarios públicos federales, porque difícilmente pueden emplearse fuera del sector público en una actividad distinta a la que usualmente desempeñaban.

El asunto llegó a la Suprema Corte de la Justicia de la Nación, luego de la acción de inconstitucionalidad 139/2019, promovida por los senadores Miguel Ángel Osorio Chong, Dante Alfonso Delgado Rannauro, Miguel Ángel Mancera Espinosa y Emilio Álvarez Icaza Longoria.

Por otra parte, el Pleno de la SCJN también avaló la propuesta de declarar constitucional la facultad de las secretarías de Hacienda y Crédito Público (SHCP), y de la Función Pública (SFP), para agregar nuevas infracciones a la Ley Federal de Austeridad Republicana, para iniciar procedimientos de responsabilidad administrativa.

Asimismo, los ministros declararon que el Congreso de la Unión no violó el procedimiento legislativo para promulgar la ley, ni invadió facultades de la Cámara de Diputados sobre la legislación en materia presupuestal y avaló la conformación del Comité de Evaluación que realizará informes para recomendar mejoras en las medidas de austeridad y ahorro de los recursos públicos.

Autor(a)

Carlos Álvarez Acevedo
Carlos Álvarez Acevedohttps://www.carlosalvarezacevedo.com
Corresponsal del semanario ZETA de Tijuana y del periódico Noroeste de Sinaloa, desde febrero de 2016. Durante varios años fungí como editor de opinión y jefe de redacción del diario digital SinEmbargo.
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