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viernes, febrero 16, 2024
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Transgéneros ya podrán solicitar cambio de identidad en BCS

La iniciativa fue aprobada por 14 votos a favor, quienes votaron por garantizar los derechos humanos de los individuos a ser reconocidos legalmente en su identidad. Las personas podrán solicitar, sin enredos jurídicos, un acta de nacimiento que acredite su identidad de género.

En sesión extraordinaria, el Congreso del Estado de Baja California Sur aprobó una iniciativa a favor de la comunidad trans, en la que se incorpora el derecho de cualquier persona a solicitar una nueva acta de nacimiento en donde se reconozca su identidad de género, sin necesidad de recurrir a amparos.


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La iniciativa, conocida ahora como Ley de Identidad Trans, fue presentada por la diputada del Partido del Trabajo (PT), Mercedes Maciel. Tras ser dictaminada por la comisión permanente de Derechos Humanos y Asuntos Indígenas del Congreso local, la Mesa Directiva dispensó la segunda lectura y, posteriormente, fue aprobada por unanimidad con los 14 votos de las y los diputados presentes.

En la exposición de motivos, Mercedes Maciel argumentó que la iniciativa tiene como objetivo impulsar un procedimiento ágil, accesible y eficaz tendente a la adecuación de la identidad de género.

De acuerdo con la legisladora, se pretende garantizar la constitucionalidad y legalidad el derecho humano de todo individuo a ser identificado y tratado reconociendo su identidad y expresión sexo-genérica.


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Enfatizó que las personas trans enfrentan un adversidades jurídicas que se traducen en una incapacidad para acreditar su identidad, esto por no contar con un acta de nacimiento que refleje la percepción subjetiva que un individuo tiene sobre sí mismo en cuanto a su propio género.

Esta problemática, recalca, les impide a las personas trans vivir su realidad social y el ejercicio pleno de sus derechos, al mismo tiempo que no se establece un protocolo que salvaguarde la confidencialidad de su identidad para evitar la discriminación.

“Bajo ese tenor, la iniciativa propone la reserva respecto de la acreditación de intervención quirúrgica alguna, terapias u otro diagnóstico y/o procedimiento que los reconozca coma tales, para poder acceder a dicho reconocimiento”, leyó Mercedes Maciel.

La ley remarca que el cambio de identidad no implica modificación alguna a la situación de los derechos y obligaciones adquiridos en la primera acta de nacimiento.

Esto quiere decir que todos los actos cometidos por la persona bajo su identidad anterior, no quedan eximidos por el cambio de género.

Con la aprobación de esta ley, el procedimiento de solicitud de una nueva acta de nacimiento que acredite la identidad de género elegida por un ciudadano o ciudadana, se podrá realizar en cualquier oficina del Registro Civil.

“Sea cual sea su sexo de asignación, con la finalidad de garantizar el libre desarrollo de la personalidad y la dignidad de las personas cuya identidad sexo-genérica no corresponde al del sexo con el que inicialmente fueron inscritas ante el Registro Civil”,  expuso la legisladora.

La aprobación de la Ley de Identidad Trans incorporó los artículos TER, 144 QUATER y 144 QUINQUIES del Código Civil del Estado de Baja California Sur, para establecer el derecho de cualquier persona de solicitar el levantamiento de una nueva acta de nacimiento por reconocimiento de identidad de género.

Autor(a)

Gilberto Santiesteban
Gilberto Santiesteban
Reportero sudcaliforniano, egresado de la Universidad Autónoma de Baja California Sur (UABCS). Me dedico sobre todo a dar voz y cobertura a las causas ciudadanas en mi estado. Ante todo creo en la libertad de expresión y la libertad de prensa, incluyendo las responsabilidades y retribuciones que estas conllevan.
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