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viernes, febrero 23, 2024
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TEPJF resuelve que informe de 100 días de AMLO fue propaganda y violó Constitución

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó, este miércoles 26 de mayo, la resolución de la Sala Especializada que había exonerado al presidente Andrés Manuel López Obrador.

Ello por la difusión del Informe de los ‘Primeros 100 días del Tercer Año de Gobierno’, realizado el pasado 30 de marzo, por lo que ordenó a dicha instancia emitir una nueva resolución que tome en cuenta que sí fue propaganda gubernamental.


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Además, según la resolución, la Sala Especializada deberá deslindar responsabilidades y establecer las consecuencias jurídicas que sean necesarias, incluyendo, en su caso, fijar las medidas de no repetición.

La Sala Superior concluyó que el informe fue propaganda difundida en radio y televisión en tiempos indebidos, además de que se realizó cuando los estados de Campeche, Colima, Guerrero, Nuevo León, San Luis Potosí y Sonora ya se encontraban en campaña electoral.

Los magistrados de la Sala Superior del TEPJF resolvieron que ello vulneró el artículo 41 constitucional, que prohíbe la difusión de propaganda gubernamental durante dicho periodo de contienda electoral.


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El discurso presidencial abordó temas como finanzas públicas, programas sociales, política energética, producción nacional de bienes, obras y seguridad pública, cuando durante campañas solo es posible mencionar propaganda gubernamental vinculada con autoridades electorales, salud, educación y emergencias de protección civil.

El pasado 26 de marzo, el Partido de la Revolución Democrática (PRD) impugnó la realización del informe, al considerar que se violó la ley al difundir propaganda gubernamental. Sin embargo, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedentes las medidas cautelares, por ser “actos consumados”.

Después, la Sala Regional Especializada del TEPJF emitió su resolución, determinando la inexistencia de infracciones. El PRD se inconformó con dicha decisión y promovió, el pasado 8 de mayo, un recurso de revisión del procedimiento especial sancionador.

En su resolución del pasado 6 de mayo, la Sala Especializada del TEPJF consideró que la difusión del referido informe no fue propaganda gubernamental personalizada, ya que no hubo uso indebido de recursos públicos y tampoco se vulneraron las reglas electorales.

El pasado 30 de marzo, López Obrador presentó, ante integrantes de su familia y funcionarios del Gabinete Federal, congregados en el edificio del Fondo Histórico Antonio Ortiz Mena -ubicado en la Plaza de la Constitución, del Centro Histórico de la Ciudad de México-, el Informe de los ‘primeros 100 días del Tercer Año de Gobierno’, pero el noveno en lo que va de su Administración.

Autor(a)

Carlos Álvarez Acevedo
Carlos Álvarez Acevedohttps://www.carlosalvarezacevedo.com
Corresponsal del semanario ZETA de Tijuana y del periódico Noroeste de Sinaloa, desde febrero de 2016. Durante varios años fungí como editor de opinión y jefe de redacción del diario digital SinEmbargo.
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