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viernes, febrero 16, 2024
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Tribunal Estatal absuelve a Mendoza

La autoridad judicial electoral en Baja California Sur, determinó que el gobernador Carlos Mendoza Davis no incurrió en actos anticipados de campaña al apoyar a quien será el candidato del PAN a sucederlo. “Fue un acto de libertad de expresión”, concluyeron magistradas. “Tribunal Electoral Estatal batea en contra de Morena”, asegura líder del partido en BCS

 


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El Tribunal Estatal Electoral de Baja California Sur (TEEBCS) determinó mediante proyecto que el gobernador Carlos Mendoza Davis no incurrió en actos anticipados de campaña y vulneración al principio de imparcialidad y neutralidad, luego que Morena lo denunciara a principios de febrero.


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En sesión virtual, se expuso el proyecto de sentencia del expediente TEEBCS-PES-03/2021, promovido por Alberto Rentería Santana y Adrián Chávez Ruiz, representante de Morena ante el Instituto Estatal Electoral de Baja California Sur (IEEBCS),  en contra del gobernador Carlos Mendoza Davis y del subsecretario de Consejería Jurídica del Gobierno del Estado, Miguel Ángel Esquinca, por un vídeo publicado durante el cierre de precampaña del precandidato del Partido Acción Nacional (PAN) a la gubernatura, Francisco Pelayo Covarrubias.

Las y los magistrados se encargaron de analizar la denuncia por supuesta comisión de actos anticipados de campaña y vulneración al Artículo 134 de la Constitución federal. La ponencia estuvo a cargo del magistrado Augusto Raúl Jiménez Beltrán.

El análisis de la presunta infracción a la normativa electoral fue por un video publicado en la red social Facebook del precandidato del PAN y la cuenta de Twitter de Miguel Esquinca, donde Mendoza Davis aparece dando un mensaje con motivo del cierre de precampaña de Pelayo, así como la publicación de una fotografía y un mensaje escrito en la página del gobernador el 31 de enero, día del procedimiento interno del albiazul.

“En relación a la primera de las infracciones, los actos anticipados de campaña del proyecto analizan los elementos necesarios que deben acreditarse para tener por cometida dicha infracción, sin que se surtan los correspondientes al temporal y subjetivo, pues las manifestaciones realizadas por los denunciados acontecen durante el periodo de precampaña y se circunscriben a dicho periodo en la realización del proceso interno de selección de candidaturas al partido al que pertenecen y las manifestaciones no hacen un llamado al voto. De ahí que resulte inexistente dicha infracción”, se leyó en el proyecto.

“En cuanto a la segunda de las infracciones, se considera que el video y el mensaje fueron difundidos en el marco del cierre de precampaña del precandidato a la gubernatura del PAN en Baja California Sur y que dicho video fue elaborado y donado por un militante del PAN. De igual manera, la interacción en la red social en los perfiles, salvo que esté bajo un esquema de publicidad, la interacción de los diferentes usuarios en Facebook no se da de forma involuntaria, sino que es necesario que exista la voluntad de los usuarios para seguir determinados perfiles y visualizar su contenido”, expusieron en sesión.

Entre los argumentos, recalcaron que la Sala Superior ha señalado que para determinar la vulneración a los principios de imparcialidad y vulnerabilidad, cuando se involucra con el uso de redes sociales, no basta únicamente referir la calidad del servidor público, sino que se deben tomar en cuenta mayores elementos y contextos a la luz de otros supuestos, como el uso indebido de recursos públicos, que las manifestaciones se hayan realizado durante un periodo prohibido por la Ley y que tales expresiones condicionen o coacción el voto del electorado.

“En ese sentido, el video y el mensaje no es patente la existencia de una coacción del electorado o ciudadanía en general, sino que resulta evidente que el destinatario del mensaje son las y los militantes del PAN”, se dictó durante la exposición.

Igualmente, se mencionó que existen casos en los que los servidores públicos pueden ejercer su derecho a la libertad de expresión y asociación, enfatizando que el principio de imparcialidad y neutralidad no busca censurar a los servidores públicos, sino establecer un nivel de mesura como eje rector.

El proyecto propuso declarar la inexistencia de la infracción a la normatividad electoral atribuida al gobernador y el subsecretario de Consejería Jurídica, lo cual fue aprobado por unanimidad.

 

TEEBCS

 

GOBERNADOR HIZO USO DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN: MAGISTRADAS

Tras la lectura del proyecto, Dulcinea Apodaca Ruiz, magistrada presidenta del TEEBCS, declaró que el gobernador no solicitó el voto para una candidatura determinada, sino que hizo uso del ejercicio del derecho a la libertad de expresión.

Señaló que no se ignora que los servidores públicos tienen un deber de cuidado en su actuar en los procesos electorales, pero no se trata de aspirar a la censura, pues tal idea resulta en una restricción injustificada.

Explicó que tres son los parámetros metodológicos para acreditar las violaciones que denunció Morena: el elemento personal, que trata de identificar al sujeto; el elemento temporal, el cual precisa que los actos o frases se realicen antes de la etapa procesal correspondiente a la campaña electoral; y el elemento subjetivo, mediante el cual se verifica que las expresiones sean explicitas o bien unívocas e inequívocas de apoyo o rechazo a una opción electoral para obtener el voto.

Por su parte, la magistrada Sara Flores de la Peña coincidió en que los funcionarios pueden apoyar en procesos electorales en un marco acotado, sin embargo, no es necesario obligarlos a restringirse.

“Quiero empezar recordando que la libertad de expresión es uno de los principios de mayor valor para la sociedad democrática, con la cual se amplía el debate público y se enriquece el conocimiento de la ciudadanía sobre la información que resulta de importancia, sobre todo cuando se está en desarrollo de un proceso electoral”, mencionó.

Tribunales federales han analizado este derecho fundamental dentro del fenómeno de internet y las redes sociales, estableciendo diversos criterios frente a lo que tradicionalmente se observaba en radio y televisión, “las personas denunciadas, a pesar de tener la calidad de servidores públicos, no por ello han dejado de ser ciudadanos y los derechos que todos y todas gozamos, siendo ellos los de libertad de expresión y asociación”, argumentó la funcionaria.

Morena interponiendo denuncia

TEEBCS BATEA EN CONTRA DE MORENA: RENTERÍA SANTANA

En entrevista para ZETA, el presidente estatal de Morena, Alberto Rentería Santana, dio a conocer que solicitarán la revisión de la resolución del TEEBCS ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

El líder de la Cuarta Transformación en Baja California Sur, denunció que la decisión de las y los magistrados del TEEBCS es muestra de la parcialidad con la que se conducen como árbitros de la contienda electoral.

“Es una parcialidad histórica que tiende a favor de los gobiernos panistas. Cómo es posible que ante puestas contundentes de que el gobernador está metidísimo en el proceso, hayan dado esa resolución. No confiamos en el Tribunal como un árbitro equitativo, parejo; le hemos pedido que aplique la Ley no a favor de los intereses de Morena, sino por la imparcialidad del proceso”, subrayó, para luego recordar que Ciro Murayama, consejero del Instituto Nacional Electoral (INE), observó una violación flagrante a la Ley con el mensaje del gobernador.

“El mensaje del gobernador de Baja California Sur impulsando al candidato del PAN a la gubernatura viola el principio de neutralidad a que debe sujetarse. Al ser un proceso local, corresponde al @ieebcs así como al Tribunal Electoral local velar por la equidad.

Y no #NoEsCensura”, escribió en Twitter.

En la denuncia de hechos, solicitaron al TEEBCS investigar el origen del recurso con el que fue elaborado el video, al publicarse en páginas oficiales que son movidas con dinero público.

“Desde la denuncia de hechos lo solicitamos, ni siquiera lo pronunció. Ignoró abiertamente esta situación, en la revisión insistimos en que si no lo hicieron de manera local, realicen la investigación y obliguen a las autoridades locales”, recalcó.

A la par, rememoró que el TEEBCS falló en su contra por violencia política de género por declaraciones hechas en medios de comunicación, en las que expresaba decisiones del partido como el que la coalición Morena-PT tendría a un hombre como candidato a la alcaldía de Los Cabos.

 

Presidente de Morena, Alberto Rentería

“Fue muy pobre el argumento, pero la resolución fue muy rica para favorecerlo; habla de la libertad de expresión, cuando en mi caso fueron notas periodísticas para informar a los ciudadanos sobre decisiones y políticas del partido y movimiento. y eran en función de esa representación y responsabilidad ante los medios públicos. Resulta que al gobernador se agarra de manera injusta, dicen que él tiene la libertad de expresión íntegra. Él tiene una prohibición expresa, imagínate que el argumento sea que basado en esa libertad de expresión, lo veremos en toda la campaña promoviendo a los candidatos del partido”, indicó.

En el caso del acalde de La Paz, Rubén Muñoz Álvarez, hubo un trabajo de oficio por parte del INE y del TEEBCS cuando fue sancionado por actos anticipados de campaña, “la veíamos venir esa resolución a favor del gobernador, ya estábamos listos y preparados; estamos solicitando la remoción, cambiar la resolución en una revisión necesitamos, y por supuesto que al recurrirla estamos confiando en Sala Superior con sede en Guadalajara”, sostuvo.

“Las instituciones están actuando con parcialidad, cuando a Morena se le ha hecho justicia nunca ha sido en lo local, siempre cuando hemos recurrido a instancias superiores”, insistió Rentería.

Por último, el líder regional de Morena manifestó su temor de que estén en riesgo las elecciones, ya que Baja California Sur “tiene árbitros que están bateando en contra de la Cuarta Transformación”.

 

 

 

Autor(a)

Gilberto Santiesteban
Gilberto Santiesteban
Reportero sudcaliforniano, egresado de la Universidad Autónoma de Baja California Sur (UABCS). Me dedico sobre todo a dar voz y cobertura a las causas ciudadanas en mi estado. Ante todo creo en la libertad de expresión y la libertad de prensa, incluyendo las responsabilidades y retribuciones que estas conllevan.
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