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martes, octubre 1, 2024
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Por omisión del Congreso, 24 jueces en un “limbo” legal

Una decisión dentro del Tribunal Superior de Justicia del Estado podría costar desde 50 millones de pesos del erario, hasta un juicio político contra los magistrados, debido a un “limbo” jurídico que se generó a raíz de una severa omisión legislativa. En los próximos dos años, más de 20 jueces podrían presentar una serie de amparos contra la ratificación de su cargo, debido a que un Artículo Transitorio establece que deben ser removidos del cargo a los 15 años de ejercicio, pero ellos fueron designados antes de que esta entrara en vigor

El 2 de febrero de 2007, en el Periódico Oficial del Estado de Baja California se publicó el Decreto 247. aprobado por el Poder Legislativo, concretando una reforma de gran calado a diversos aspectos constitucionales. Varios de estos generaron grandes implicaciones al desarrollo de la actividad jurisdiccional de Baja California.

Aunque las modificaciones constitucionales eran amplias, el punto medular del conflicto es que se definieron límites para el ejercicio de funciones para magistrados y jueces del Poder Judicial del Estado, indicando que solo podrían ejercer el cargo durante 15 años, además de mantener el tope de 70 de edad.

Esta modificación causó gran incertidumbre dentro del Poder Judicial, sobre todo porque tanto magistrados como jueces, tenían la posibilidad de ser ratificados durante el tiempo que pudieran desempeñar su cargo, con la única restricción de la edad.

En aquel entonces era muy reciente la pifia jurídica cometida por diputados que interpusieron un juicio político contra diez magistrados para removerlos -algunos continúan ejerciendo la labor jurisdiccional a la fecha-, que a través de una demanda de amparo, lograron ganar su reinstalación, además de una jugosa indemnización.

Dicho juicio duró varios años y tuvo su final en 2001, mediante una sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que provocó que los jueces supremos del Estado fueran protegidos de esta modificación legal. Sin embargo, tanto el Artículo 62 de la reforma de 2007 como el Artículo Séptimo Transitorio, establecieron que todos los jueces -independientemente de la fecha de nombramiento- tendrían que someterse a la nueva designación.

El Artículo Séptimo Transitorio dicta lo siguiente:

“Los Jueces en funciones durarán en su cargo el término para el que fueron designados, previa evaluación, podrán ser ratificados en los términos del Artículo 62 de estas reformas, pudiendo ejercer el cargo hasta por 15 años previas las ratificaciones respectivas, pero en ningún caso podrán ejercer su cargo por más de 15 años, los cuales se computarán a partir de la entrada en vigor de estas reformas”.

Alejandro Isaac Fregoso López

Actualmente, un Artículo Transitorio establecido en el Poder Legislativo de 2007, está causando gran incertidumbre dentro del Poder Judicial, toda vez que la Constitución de Baja California establece que, a partir de esa fecha, todos los jueces deberán ser removidos a partir de los 15 años.

Para el abogado Elías Flores Gallegos, presidente del Colegio de Abogados en Ejercicio Libre del Derecho, de obedecer el Poder Judicial a este transitorio, estaría violando el principio de retroactividad, toda vez que una Ley o reforma no puede ser aplicada en perjuicio de una persona.

Algunos magistrados hicieron públicas algunas manifestaciones dentro de la sesión del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), y luego de varias votaciones empatadas, optaron por hacer un estudio -a cargo de la magistrada Sonia Mireya Beltrán-, el cual determinó hacer caso textual a la Constitución, a sabiendas que podría representar una serie de amparos por parte de los jueces. La votación final quedó 9-6 en favor de removerlos al cumplir los 15 años de ejercicio.

INDEMNIZACIÓN PODRÍA COSTAR HASTA 50 MDP: FRAGOZO

El 12 de marzo, el abogado Elías Flores Gallegos, presentó un escrito de tres páginas con otras más de anexos dirigido al TSJE, solicitando al magistrado presidente Alejandro Isaac Fragozo López, tomar conciencia de la situación y ratificar al juez José Luis Castañeda Carrillo, de Ensenada, por el periodo de tres años que le corresponde, a menos que se cometiera una falta comprobada, o bien, hasta cumplir los 70 años de edad, tal y como establece la antigua Ley.

Asimismo, el documento exhibe una serie de argumentos legales por los que sería un error respetar el Transitorio constitucional que -de origen- viola la Constitución federal y los tratados internacionales a los que México está sujeto.

El texto terminó por evidenciar lo que desde hace semanas era el tema central de los plenos del TSJE, donde en varias ocasiones se debatió la situación de algunos jueces, como el propio Castañeda Carrillo, Víctor Manuel Fernández Ruiz de Chávez, entre otros, los cuales comenzaban a solicitar su proceso de ratificación.

Previo a la reforma de 2007, los jueces debían cumplir con los requisitos de Ley y ser ratificados cada tres años hasta cumplir a los 70 años. Sin embargo, algunos serán ratificados por 10 meses, un año o incluso dos, bajo el argumento de que no pueden extenderse más de 15.

Fragozo López dio a conocer que al menos 24 jueces se encuentran en esta misma situación, toda vez que fueron designados antes de la entrada en vigor de la reforma constitucional, y en un lapso de un año, todos buscarían su ratificación.

En opinión del magistrado, esto provocará que los 24 juzgadores recurran a una demanda de amparo, la cual -muy probablemente- ganarían en un periodo máximo de dos años, lo que obligaría al Poder Judicial a devengar un monto de 50 millones de pesos, según sus estimaciones.

“Con autorización de los compañeros y los criterios, pero sí existe un criterio retroactivo de la norma, porque ellos tenían derechos adquiridos, y en el momento en que surge la vida jurídica esa norma, pues efectivamente se aplica de forma retroactiva porque ya tenían el cargo de jueces”, refirió el también presidente del Consejo de la Judicatura.

El abogado Elías Flores Gallegos comentó que el Poder Judicial debería evitarse problemas en un juicio que va a perder y hacer caso omiso o suprimir el Artículo Séptimo Transitorio, basándose en el 14 de la Carta Magna, el cual establece la prohibición de aplicar leyes en perjuicio de las personas.

“El juez que promueva el amparo lo va a ganar, ya existen antecedentes de juicios similares. Van a tener que reinstalar a los que ya teníamos y ahora a los reinstalados; el presupuesto del Poder Judicial ha sido el mismo de los últimos años y a pesar de eso, han salido adelante con muchas limitaciones”, expuso.

Como institución, abundó Flores, los magistrados deberían velar por sus propios compañeros, pero en vez de ello, buscan perjudicarlos, lo que deja en evidencia un Poder Judicial fragmentado y débil ante los otros dos poderes, los cuales no dudan en “patearlo” en cuanto tienen oportunidad.

ES UNA OMISIÓN LEGISLATIVA

Tanto el magistrado presidente Alejandro Isaac Fragozo como el abogado Elías Flores Gallegos, e incluso algunos magistrados que conversaron con ZETA bajo la protección del anonimato, tienen claro que el origen de este conflicto es una omisión legislativa, la cual pretende aplicar una Ley de manera retroactiva, en perjuicio de los jueces.

Han pasado tantos años y el Poder Legislativo no ha tomado en cuenta el tema, lo cual podría implicar un severo problema al Poder Judicial “creo que debieron ser más precisos y sobre todo prever la retroactividad en aquel momento, los derechos que pudieron tener en su momento, soy tan cauteloso con sus palabras porque ahí es donde este pleno hemos tenido una larga discusión, debates de gran altura para saber si existe aplicación retroactiva para estos compañeros jueces, sí existe o no aplicación retroactiva”, refirió Fragozo López.

Mientras que el litigante aseveró que este tema podría ser solucionado de una forma muy sencilla por el Congreso.

Magistrados consultados por ZETA presentaban ideas contrarias, pero algunos dejaban claro que, de no aplicarse la Ley vigente, los diputados podían solicitar juicio político en su contra, mismo que probablemente ganarían, pero tras varios años.

Elias Flores

Otros magistrados consideraron que el origen del Transitorio es violatorio a los Derechos Humanos de facto, y, por lo tanto, debería suprimirse de manera directa por el Poder Judicial, sobre todo porque -aseguran- aquellas reformas estaban dirigidas hacia personas de la institución.

Por su parte, el diputado Juan Manuel Molina aseveró que el tema realmente está en cancha del TSJE, y es responsabilidad de los magistrados tomar la ruta de menor afectación para los jueces, lo cual, desde su perspectiva, es respetar el principio pro-persona.

Molina planteó que podrían analizar caso por caso y buscar esquemas para que algunos puedan gozar de jubilaciones anticipadas u otros mecanismos para evitar un enfrentamiento judicial que represente un cargo al erario. Otro conflicto sería la situación del haber de retiro para jueces, el cual -desconoce- si alcanzaría para cubrir estas salidas tan abruptas para los próximos años.

“A pesar que son jueces y magistrados, es un acto administrativo y todas las autoridades están obligados a cumplir los Derechos Humanos, pues algunos dicen que aplicar las nuevas disposiciones les afecta a ellos, pueden irse al amparo, pueden hacerlo, pero qué necesidad que venga un juez federal y diga, ‘Oh, magistrado, la regaste’”, concluyó el diputado.

LOS JUECES IMPLICADOS

En 2007, todos los jueces presentaron demandas de amparo, pero solo a cinco se les concedió sentencia favorable:

* Maribel Maldonado Durán, Cuarto Civil

* Ana María Elías González Rosas, Juez de Control

* Salvador Montoya Gómez, Juez de Control

* Sara Perdomo Gallegos, Juez de Control

* Cenaida Tafolla González, Juez de Control.

Al resto, la justicia federal les hizo saber que no podría ampararlos mientras no les causara perjuicio la reforma, por lo que debían interponer un nuevo recurso dentro de 15 años. Esto quiere decir que existen antecedentes en los que los jueces resultan airosos en este conflicto legal.

Los 24 jueces que estarían en posibilidad de ampararse por ser designados antes de la reforma de 2007 son:

Civil: Anabel Sánchez Guerrero; Jorge Duarte Magaña; Ramiro Ferrer Rodríguez; Carlos Alberto Ferré Espinoza; Alfonso Fonseca Vizcaíno; Eva Angélica Villaseñor Moreno; Juan Carlos Ortega Velga.

Familiar: Gloria Elena Ptanick Preciado; Víctor Manuel Fernández Ruiz de Chávez; Carmen Alicia López Galindo; Josefina Magaña Castillo.

Mixto: Gustavo Adolfo Villarespe Muñoz; Ignacio Flores Anguiano.

Penal: Martha Flores Trejo; Jaime Galindo Hernández; Flavio Herrera Robles; Ignacia Gloria Fimbres Moreno.

NSJP: José Luis Castañeda Carrillo; Juan Salvador Morones Pichardo; Sandra Sofía Rubio Díaz; Fernando Serrano Jiménez; Francisco Alberto Molina Hernández; Ana Isabel Flores Plascencia; Ofelia Ríos Camacho.

El magistrado presidente Alejandro Isaac Fragozo López aseveró que existe una situación particular en los jueces del Sistema Penal Acusatorio, pues a diferencia de los jueces de Garantía, que posteriormente se volvieron jueces de Control de Mexicali -los cuales fueron readscritos con el mismo nombramiento-, algunos jueces penales de Zona Costa del sistema tradicional, participaron en un concurso de selección y perdieron sus derechos de antigüedad, por lo que probablemente se les aplicaría la nueva Ley.

Sin embargo, Elías Flores Gallegos, quien titula el Colegio de Abogados en Ejercicio Libre del Derecho, consideró que mientras no se haya presentado una renuncia formal documentada y no se haya pagado una indemnización que concluya la relación laboral, dichos jueces continúan operando como tal, por lo que, a su juicio, la postura del magistrado quedaría invalidada

Autor(a)

Eduardo Villa
Eduardo Villa
Periodista desde 2011 y corresponsal en Mexicali del Semanario Zeta. Participante del Border Hub del International Center for Journalists y coautor del libro “Periodismo de Investigación en el ámbito local: transparencia, Acceso a la Información y Libertad de Expresión”
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