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viernes, febrero 23, 2024
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INE aprueba uso obligatorio de cubrebocas para votar

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó este jueves 25 de marzo, que durante la jornada electoral del próximo 6 de junio, sea obligatorio el uso de cubrebocas dentro de las casillas, por lo que si un elector se niega a portar una mascarilla, se le negará el acceso.

Con 10 votos a favory uno en contra, los consejeros electorales del INE aprobaron que en las casillas haya croquis con rutas de entrada y salida de las mismas, qdemás de marcas para mantener la sana distancia.


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Asimismo, se permitirá a la ciudadanía llevar su propio bolígrafo, crayón o marcador para rayar la boleta, ello con el objetivo de prevenir contagios del coronavirus SARS-CoV-2 (que causa la enfermedad COVID-19).

Durante la sesión ordinaria, el consejero presidente del INE, Lorenzo Cordova Vianello, afirmó que las medidas sanitarias buscan consolidar a las casillas como espacios donde prevalezca la libertad en un doble sentido: para el ejercicio del voto sin condicionamientos y para sufragar sin correr el riesgo de un contagio.

Ante el cuestionamiento de los representantes de los partidos políticos en torno a si se podrá solicitar a un ciudadano que momentáneamente se retire el cubrebocas para autentificar su identidad, Córdova Vianello aclaró que el presidente de casilla será quien podrá hacer dicha petición al elector, quien a su vez no podrá hablar.


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“Se aprueba como medida extraordinaria y temporal, que la ciudadanía que quiera ingresar a la casilla el día de la jornada electoral del 6 de junio de 2021, deberá usar cubrebocas y portarlo durante el tiempo que permanezca en la casilla, con la finalidad de proteger la salud de quienes se encuentren al interior”, establece el acuerdo.

“En caso de existir negativa del ciudadano o ciudadana de hacer uso del cubrebocas, se le negará la entrada a la casilla. En el supuesto de ya encontrarse en el interior, y se quite el cubrebocas, negándose a colocarlo de nuevo, el presidente de la casilla le solicitará que se retire de ella”, señala el acuerdo.

El protocolo indica que si por esta razón el ciudadano altera el orden en la casilla, el presidente de la misma dará aviso de inmediato al consejo distrital, conforme a lo establecido en el artículo 277 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el cual señala que una vez iniciada la votación no podrá suspenderse sino por causa de fuerza mayor.

“En este caso, corresponde al presidente dar aviso de inmediato al consejo distrital a través del medio de comunicación a su alcance para dar cuenta de la causa de suspensión, la hora en que ocurrió y la indicación de los votantes que al momento habían ejercido su derecho de voto, lo que será consignado en el acta. El aviso de referencia deberá ser constatado por dos testigos, que lo serán preferentemente, los integrantes de la mesa directiva o los representantes”, indica dicho artículo.

Además, INE faculta a los presidentes de las mesas directivas de casilla, para que al momento de percatarse de que un ciudadano quiera hacer su ingreso a la casilla sin portar en el rostro un cubrebocas, tapando nariz y boca, este instruirá a algún escrutador a proporcionar una mascarilla de manera gratuita al elector.

Autor(a)

Carlos Álvarez Acevedo
Carlos Álvarez Acevedohttps://www.carlosalvarezacevedo.com
Corresponsal del semanario ZETA de Tijuana y del periódico Noroeste de Sinaloa, desde febrero de 2016. Durante varios años fungí como editor de opinión y jefe de redacción del diario digital SinEmbargo.
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