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sábado, febrero 17, 2024
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Confirman sentencia a Rentería por violencia política de género

Luego de que el presidente de Morena, Alberto Rentería Santana, impugnara la sentencia que le impuso el Tribunal Estatal Electoral de Baja California Sur (TEEBCS) por actos constitutivos de violencia política en razón de género, la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó esta decisión

Con dos votos a favor y un voto en contra, el TEPJF (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación) reafirmó que Alberto Rentería Santana, dirigente de Morena en Baja California Sur, incurrió en actos de violencia política en razón de género en contra de la alcaldesa con licencia de Los Cabos, Armida Castro Guzmán.


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En la lectura del proyecto de resolución con el juicio electoral 10 y el juicio ciudadano 58, ambos de este año y promovidos por el dirigente de Morena y la presidenta de Los Cabos, respectivamente, el TEPJF expuso el combate a la sentencia del TEEBCS.

Rentería Santana argumentó que se vulneró su derecho al principio de presunción de inocencia, sin embargo, el proyecto aprobado en sesión de la Sala Regional estableció que no le asiste la razón al líder de la 4T en Baja California Sur.

“Si bien no hay una afirmación categórica del Tribunal local de que en el caso se destruye la presunción de inocencia del denunciado, sí hace argumentos para demostrar que los hechos reclamados fueron constitutivos de violencia política en razón de género”, se leyó en el proyecto.


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También se aprobó como infundada la solicitud de que no sancione por violencia simbólica, ya que dos de los magistrados concordaron en que las declaraciones de Rentería en diversos medios sí generaron la idea de que la coalición Morena-PT reservaría la candidatura a la alcaldía de Los Cabos al género masculino.

Al declarar que hay mayores posibilidades de ganar con un hombre que una mujer, según el órgano, implícitamente generó el estereotipo de que un hombre era mejor para el cargo.

Antes de la votación, el magistrado Sergio Arturo Guerrero Olvera propuso revocar la sentencia y concederle la razón a Alberto Rentería.

Expuso que los temas sobre violencia política de género son complejos porque la legislación es “novedosa, ambigua y se queda corta en los conceptos”.

Argumentó que no hay pruebas de que las declaraciones del dirigente de Morena hayan inhibido la participación de las mujeres, ni hay pruebas de una relación causa y efecto entre lo dicho por el sentenciado y lo que aconteció en el futuro por sus manifestaciones.

“Leídas las manifestaciones en su conjunto y en lo particular, desde mi perspectiva, lo que el actor dice es justificar que, con base en ciertos estudios que realizó o consensos que hizo al interior de su partido, se obtuvo un resultado ‘x’ con relación de quien podría tener la mejor candidatura en el municipio de Los Cabos, y en otros municipios donde resultaron ganadoras las mujeres”, sostuvo el magistrado.

“El actor señala que este tipo de manifestaciones solamente constituían una forma de expresar lo que al interior le habían reportado sus bases, y con base en eso se le sanciona. Desde mi muy particular punto de vista, todos los que consensuaron podrían incurrir en una coparticipación o en una asociación infractora, pero solamente al vocero que dijo esos resultados se le está sancionando”, agregó.

No obstante, a pesar de la intervención del magistrado a favor del líder de la 4T, se ratificó la sentencia con dos votos a favor y uno en contra.

 

Antecedente

Armida Castro denunció a Alberto Rentería luego de que éste declarara ante medios que la candidatura de la coalición Morena-PT en la alcaldía de Los Cabos sería para un hombre.

El TEEBCS determinó que Rentería Santana incurrió en actos constitutivos de violencia política en razón de género, por lo que lo sentención a una multa de 90 UMAS (siete mil 890 pesos), una disculpa y aclaración pública por la incertidumbre que generaron sus expresiones en los diversos medios de comunicación sobre la candidatura de la coalición en Los Cabos.

La sentencia también lo obligaría a señalar que el convenio de coalición no está reservado para ningún género en específico. Asimismo, ordena inscribir al dirigente en el Registro Nacional de Violencia Política de Género y publicar la sentencia en el apartado de sujetos sancionado de la página del TEEBCS.

 

Agotaré todas las instancias: Alberto Rentería

Tras la ratificación de la sentencia, el dirigente de Morena envió un comunicado de prensa en el que reiteró su respeto a las leyes e instituciones, sin embargo, aclaró que agotará todos los mecanismos jurídicos para hacer valer ante los órganos de impartición de justicia sus derechos políticos.

“Quiero piso parejo, sin mano negra; no permitiré que obstaculicen mi derecho a la presunción de inocencia, y lo diré una vez más: hasta en tanto no se determine una resolución en firme, seguiré trabajando para consolidar la Cuarta Transformación en Baja California Sur”, expone en el boletín de prensa.

“Mi actuar siempre ha sido congruente con mis valores: el respeto a todas y todos; en ese sentido he sido un ser humano que ha trabajado toda la vida con honestidad y responsabilidad”, añadió.

Cabe recordar que Alberto Rentería aspira a la candidatura de la diputación por el distrito I federal. El Instituto Nacional Electoral (INE) recalcó que ninguna persona registrada como agresor podrá contender por un cargo de elección popular.

Rentería Santana, según el INE, aún no aparece como agresor debido a que su sentencia no es firme.

“No claudicaré, no me detendré, por más fuertes que sean los embates políticos, serán semanas intensas, es el momento que hemos esperado, hacer historia una vez más… juntas y juntos construiremos una nueva Baja California Sur”, subraya el líder de la 4T.

Autor(a)

Gilberto Santiesteban
Gilberto Santiesteban
Reportero sudcaliforniano, egresado de la Universidad Autónoma de Baja California Sur (UABCS). Me dedico sobre todo a dar voz y cobertura a las causas ciudadanas en mi estado. Ante todo creo en la libertad de expresión y la libertad de prensa, incluyendo las responsabilidades y retribuciones que estas conllevan.
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