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sábado, febrero 24, 2024
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Sancionan a dirigente de Morena por violencia política de género contra Armida Castro

El lunes 15 de febrero, en sesión virtual, el Tribunal Estatal Electoral de Baja California Sur (TEEBCS) sancionó al presidente estatal de Morena, Alberto Rentería Santana, por haber ejercido violencia política de género en contra de la alcaldesa de Los Cabos, Armida Castro Guzmán.

La presidenta municipal interpuso semanas atrás una queja con el expediente TEEBCS-PES-02/2021 en contra del líder de Morena, así como el vocero del partido, Pedro Magallón, y el representante del Partido del Trabajo (PT), Luis Armando Díaz.


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Tras analizar la queja sobre la presunta comisión de conducta constitutiva de violencia política en razón de género, las y los magistrados del TEEBCS determinaron que el dirigente del partido sí incurrió en esta agresión simbólica, al realizar declaraciones a medios de comunicación en las que afirmaba que la candidatura de la coalición Morena-PT para la alcaldía de Los Cabos sería para un hombre.

Para Armida Castro, según lo expuesto en la sesión virtual, las declaraciones de Rentería Santana causaron incertidumbre en las mujeres que militan en Morena y el PT, y ocasionan desproporción en perjuicio de las aspirantes, ya que se le impedía el registro como candidata y el acceso a su derecho de buscar la reelección.

“Sí se acredita la comisión de violencia política en razón de género y su responsabilidad; en manifestaciones en medios existe un hilo conductor, en donde se visibiliza cómo se estereotipa la candidatura en el municipio de Los Cabos para los hombres, actualizando la comisión de violencia simbólica”, expone el proyecto leído en la sesión.


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Alberto Rentería, dirigente de Morena BCS

La sentencia, que va acorde la normatividad aplicable, establece que Alberto Rentería deberá pagar una multa de 90 UMAS (siete mil 890 pesos).

También, como medida de reparación y no repetición, debe ofrecer una disculpa y aclaración pública por la incertidumbre que generaron sus expresiones en los diversos medios de comunicación sobre la candidatura de la coalición en Los Cabos. Y estará obligado a señalar que en el convenio de coalición no se encuentra establecido un género en específico.

Otro punto dentro de las sanciones ordena inscribir a Rentería Santana en el Registro Nacional Violencia Política en Razón de Género y publicar la sentencia en el apartado de sujetos sancionado de la página del TEEBCS.

Por otra parte, el Tribunal descartó que Pedro Magallón, quien denunció a la edil por el caso de su hijo en la nómina de Organismo Operador del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado (Oomsapa) de Los Cabos, y Luis Armando Díaz hayan tenido responsabilidad en este tipo de violencia en contra de la denunciante.

 

La primera resolución que sanciona la violencia política de género en BCS

La magistrada presidenta, Dulcinea Apodaca Ruiz, señaló que esta es la primera resolución que sanciona la Violencia Política en Razón de Género en Baja California Sur.

Expuso que esto sienta un precedente fundamental, no solo para el desarrollo del presente proceso electoral, sino del ejercicio en general de los derechos políticos electorales de las mujeres en la entidad.

Recalcó que dentro de las decisiones y análisis del Tribunal, habrá cero tolerancias para estas agresiones.

“Específicamente quiero referirme al tipo de violencia por la que se acredita la sanción expuesta en el proyecto, misma que es tan grave y peligrosa como la física, verbal y psicológica, puesto que pretenden perpetuar estereotipos de género”, dijo.

“Las múltiples expresiones atribuidas a uno de los denunciados en su calidad de presidente de un partido político resultan inadmisibles y realmente graves en el contexto del desarrollo del actual proceso electoral”, manifestó.

Recordó que Los Cabos ha sido un municipio particular en cuanto a su configuración, debido a que ha estado históricamente masculinizado: siendo reservado para candidaturas ocupadas por hombres.

Por su parte, la magistrada Sara Flores de la Peña enfatizó que como autoridad están obligados a emitir decisiones con perspectiva de género.

“No podemos y no debemos dar espacio a ninguna manifestación en contra de las mujeres. Es un paso firme para eliminar todo tipo de conducta que violente y que las mujeres participen libres de violencia”, expresó.

Al respecto, enfatizó que es una “violencia simbólica que no se dice, no se palpa y se normaliza. Genera desequilibrios entre hombres y mujeres”.

Recordó que uno de los pasos para juzgar con perspectiva de género es identificar si existen situaciones de poder que, por cuestiones de género, resulten en un desequilibrio entre las partes de la controversia.

“Eso fue lo que sucedió con la idea colectiva de que el a priori candidato será hombre, aun y cuando no se ha llevado a cabo la encuesta”, explicó.

 

No es definitivo: presidente de Morena

Hasta el momento, Alberto Rentería no ha dado declaraciones al respecto. Fue cuestionado sobre si tomará alguna medida en las instancias en contra de la resolución del TEEBCS, sin embargo, no ha respondido directamente.

El martes 17 de febrero, el dirigente envió un comunicado de prensa en el que expone que la resolución del Tribunal “aún no es definitiva”.

“Conozco, lo he vivido antes y estoy dispuesto a seguir resistiendo los embates de la lucha contra los perversos, con la cabeza en alto y la ley en la mano. No es la primera vez, ni será la última, que los conservadores moralmente derrotados utilizan la difamación y el influyentísimo para detenerme. Los puntos resolutivos emitidos por el tribunal no se pueden considerar definitivos ya que estos no han causado estado”, dice el comunicado.

“Hoy solo quiero decirles que estoy tranquilo, no vamos a renunciar a nuestra lucha y a nuestros derechos más elementales de participación en la vida pública para transformar de verdad a nuestro país”, agregó.

Según el boletín, Rentería detalla que “buscará todas las instancias para alcanzar la justicia” y reiteró su respeto absoluto por los juzgados y tribunales en los que hará valer la garantía de audiencia y debido proceso.

Recalcó que en un estado de Derecho debe prevalecer la garantía de presunción de inocencia, hasta en tanto no se determine que una resolución quede firme (es decir, cause ejecutoria).

“Esto solo ha sido la respuesta mediática de quien se ostenta como el único poder en el Estado; es una intromisión más de los que quieren enrarecer el panorama electoral en Baja California Sur. Mi respuesta para ellos es ‘tranquilícense, serénense’; no somos iguales, en el cambio verdadero que está por venir no habrá injusticias, pero tampoco habrá impunidad”, compartió.

Autor(a)

Gilberto Santiesteban
Gilberto Santiesteban
Reportero sudcaliforniano, egresado de la Universidad Autónoma de Baja California Sur (UABCS). Me dedico sobre todo a dar voz y cobertura a las causas ciudadanas en mi estado. Ante todo creo en la libertad de expresión y la libertad de prensa, incluyendo las responsabilidades y retribuciones que estas conllevan.
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