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viernes, febrero 16, 2024
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Senado aprueba, en lo general, uso lúdico de la marihuana

Con 82 votos a favor, 18 en contra y siete abstenciones de legisladores de todos los partidos, el Pleno del Senado de la República aprobó este jueves 19 de noviembre, en lo general, la regulación para el uso adulto de la mariguana, que permitirá a los consumidoes tener hasta seis plantas de cannabis en su domicilio particular, así como portar, sin restricción, hasta 28 gramos de dicha planta para consumo personal.

El dictamen de la Ley Federal para la Regulación del Cannabis será enviado a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para su aprobación, cumpliendo así con la resolución que emitió hace dos años la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), para legislar al respecto.


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Por lo que se crea el Instituto de Regulación de la Cannabis, el cual otorgará las licencias a los establecimientos, así como a las personas físicas y morales para el consumo y venta de mariguana, además de su plantación, cosecha, transportación, entre otras acciones.

Asimismo, se establecen restricciones para evitar el consumo de la planta, frente a menores de edad; por lo que los consumidores deberán tener en sus viviendas características específicas y barreras físicas para evitar que otras personas tengan contacto con su cannabis; y se les obligará a adquirir la marihuana psicoactiva tan solo en los lugares autorizados.

Además, se elimina la fracción V del artículo 60 de la Ley General de Salud, el cual prohibía, ‘el consumo del cannabis para fines médico, farmacéutico o paliativo”.


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De igual manera, se elimina el cáñamo de la lista de sustancias psicoactivas; y se señala que la Ley Federal para la Regulación del Cannabis garantiza el derecho al libre desarrollo de la personalidad.

También se permite la comercialización de la cannabis a mayores de edad y a personas jurídicas colectivas y legalmente constituidas.

El dictamen suprime los artículos de la Ley General de Salud y del Código Penal que prohíben el consumo lúdico de la marihuana para cumplir un mandato de la SCJN, que estableció que el Congreso de la Unión debía regular su uso recreativo antes del 30 de abril pasado, por considerar inconstitucional su prohibición.

Sin embargo, los legisladores pidieron una prórroga por la pandemia del coronavirus SARS-CoV-2 (que causa la enfermedad COVID-19) y el plazo definitivo se movió hasta el 15 de diciembre.

Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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